Nombramiento y toma de posesión de funcionarios/as de carrera en la Administración Pública de la Región de Mu

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

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012 y 968 362 000

Objeto

Regular el procedimiento para el nombramiento y toma de posesión, tras la superación del correspondiente proceso selectivo, de los funcionarios/as de carrera de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (excepto SMS y personal docente).

Proceso cronológico de toma de posesión de funcionarios/as de carrera:

1) Publicación de la relación definitiva de aspirantes seleccionados con plaza, en el proceso selectivo.

2) Presentación por los seleccionados de la documentación requerida en el apartado “documentación a adjuntar ” de esta guia, en el plazo de 20 días naturales. La documentación requerida para el nombramiento y toma de posesión, se presentará preferentemente en la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios.- Servicio de Gestión de Recursos Humanos.- Sección de Registro General de Personal. Avda. Infante D. Juan Manuel nº 14, 4ª planta.- 30011.-

3) Cerrado el plazo anterior, se entregará a los seleccionados, la información correspondiente a las plazas disponibles.

4) Citación a los interesados/as para la elección de puestos (día, hora y lugar).

5) Elección de vacantes en la fecha indicada.

6) Publicación en el BORM de la Orden del Consejero/a de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se nombran funcionarios/as de carrera al personal que ha superado las pruebas selectivas.

7) Realización del acto de juramento de la Constitución, al día siguiente al de la publicación de la Orden de nombramiento, en el lugar indicado en la mencionada Orden. La incorporación y toma de posesión del puesto de trabajo, tendrá un plazo máximo de 30 días desde el juramento a la Constitución.

Destinatarios

Ciudadanía y Administración.

Personas que, habiéndose presentado a procesos selectivos convocados por la Administración Regional, resulten seleccionadas con plaza, por el tribunal calificador de los mencionados procesos.

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Continuo

Plazo de Presentación

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y HACIENDA
DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA (A14028737)

Requisitos de solicitud o iniciación

Ser un aspirante seleccionado, con plaza, en un proceso selectivo.

  • Certificación de título universitario (Universidad de Murcia)
    (No obligatorio / Original)
  • Informe médico
    (Obligatorio / Original)
    Informe médico de poseer capacidad física y psíquica para el desempeño de las tareas, este informe se realizará en el Servicio de Prevención y Riesgos Laborales de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, trasla petición de los interesados.
  • Declaración jurada
    (Obligatorio / Original)
    Declaración jurada o promesa de no haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario de ninguna Administración, ni hallarse inhabilitado parael ejercicio de funciones públicas. En la Sección de Registro General de Personal podrá cumplimentar esta declaración.(puede descargar el modelo de declaraciónjurada que se encuentra en el apartado
  • Acreditación
    (Obligatorio / Original)
    Número de afiliación a la Seguridad Social.
  • Certificado
    (Obligatorio / Original)
    Los aspirantes extranjeros deberán aportar en su caso, diploma de español, certificado de aptitud español o haber prestado servicios durante al menos un año, en cualquier Administración Pública.
  • Documentación obrante en el fichero de personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
  • Consulta de Inexistencia de Antecedentes Penales por Delitos Sexuales (*)
  • Certificados de Títulos Universitarios (*)
  • Certificados de Títulos No Universitarios (*)
  • Consulta de Datos de Identidad (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Presentación de solicitud de inicio

    Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Solicitar Presencialmente

  • Cumplimentación manual

    La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio

Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA

Plazo de resolución: 3 Mes/es

Efectos del silencio.

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA
Recursos que proceden ante la Administración Justicia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia
Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.