Impuesto sobre Sucesiones (código 2135)

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

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012 y 968 362 000

Objeto

Autoliquidar el Impuesto sobre Sucesiones (adquisiciones mortis causa) en los siguientes supuestos:

- la adquisición de bienes y derechos por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio.

- la percepción de cantidades por los beneficiarios de contratos de seguro de vida, para caso de muerte del asegurado, cuando el contratante sea persona distinta del beneficiario.

1. Entre otras, existen reducciones según grupo de parentesco, minusvalía del adquirente, por seguro de vida y por vivienda habitual (consultar anexos).

2. La cuota tributaria se obtendrá aplicando la escala de gravamen y el coeficiente multiplicador (consultar anexos).

3. El ingreso de la autoliquidación ha de realizarse en el plazo establecido para la presentación de documentos, en las entidades que prestan el Servicio de Caja, en la actualidad Bankia y SabadellCAM.

4. En las transmisiones por causa de muerte, en general, la presentación ha de efectuarse en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, cuando el fallecido tuviera su residencia habitual en dicha Comunidad, a la fecha del devengo.

Si el causante no hubiese tenido residencia habitual en España, en la Delegación de Hacienda de Madrid.

5. La presentación se hará en el modelo oficial 650D y 650I, acompañado de la documentación que se adjunta en el archivo anexo. El modelo 650 está disponible en nuestra Web, en el siguiente enlace: Modelos preimpresos e instrucciones.

Para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, el contribuyente puede acudir personalmente, en horario de mañana de 9 a 14h, de lunes a viernes no festivos, a las dependencias de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia en:

- En Murcia, Avda. Teniente Flomesta, nº 3 - bajo.

El servicio de ayuda en la cumplimentación de declaraciones de herencias en la Oficina de Murcia solamente se prestará con cita previa en la siguiente dirección http://www.carm.es/, o contactando al teléfono 012 si llama dentro de la Región de Murcia y al 968 36 20 00 si llama fuera de Murcia.

- En Cartagena, C/ Campos, nº 4.

En las oficinas de Murcia y Cartagena se presta el servicio de ayuda en la cumplimentación de las autoliquidaciones al interesado, y la presentación de las mismas, así como, en las siguientes Oficinas de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia de Abarán, Aguilas, Jumilla, Librilla, Lorca, Los Alcázares, Mazarrón, Molina de Segura, Mula, San Pedro del Pinatar, Torre Pacheco y Yecla.

En el resto de las Oficinas de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia se pueden presentar autoliquidaciones del impuesto realizadas con el programa PACO pero no se prestará el servicio de ayuda en la cumplimentación de dichas autoliquidaciones. Consultar direcciones y horarios en el anexo.

Destinatarios

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Están obligados al pago del impuesto, a título de contribuyente, en las adquisiciones mortis causa, los beneficiarios de la herencia o legado.
En los casos de seguro sobre la vida para caso de muerte del asegurado, el beneficiario.

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Continuo

Plazo de Presentación

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y HACIENDA
AGENCIA TRIBUTARIA REGION DE MURCIA (ATRM) (A14028289)

Requisitos de solicitud o iniciación

El impuesto se devengará el día del fallecimiento del causante.

El régimen de autoliquidación del impuesto es obligatorio en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

El plazo de presentación es de seis meses, contados desde el día del fallecimiento del causante. Los herederos pueden solicitar una prórroga, por un plazo igual al señalado para su presentación, dentro de los cinco primeros meses del plazo de presentación.

LA PRESENTACIÓN DE ESTE IMPUESTO HA DE REALIZARSE FÍSICAMENTE EN LA OFICINA GESTORA.

  • Ficha técnica
    (Obligatorio / Original)
    Respecto a los vehículos: documentación del vehículo.
  • Escritura pública
    (Obligatorio / Original)
    ESCRITURA PÚBLICA DE ADJUDICACIÓN DE HERENCIA: - Documento notarial de adjudicación de herencia (original y copia simple).En defecto de Escritura Pública de adjudicación de herencia, se acompañará documento privado (original y fotocopia), SUSCRITO POR TODOS LOS HEREDEROS, BENEFICIARIOS O LEGATARIOS, en el que deberán figurar los siguientes datos:Datos personales del causante y fecha del fallecimiento.Relación de herederos o presuntos con detalle de sus datos personales y relación de parentesco, en su caso con el fallecido.Detalle de los bienes o derechos del fallecido, con indicación de su valor individualizado, asícomo las cargas y deudas que pesan sobre los mismos (será necesaria fotocopia de las escrituras de los bienes inmuebles).Relación de los gastos de entierro, funeral y, en su caso, última enfermedad, con sus correspondientes importes.
  • Acreditación
    (Obligatorio / Original)
    - Gastos de entierro, funeral y/o última enfermedad: fotocopia de la factura delos mismos.- Fotocopia de los justificantes de las cargas, gravámenes, deudas y gastos cuya deducción se solicita.
  • Acreditación
    (Obligatorio / Original)
    - Respecto a las cuentas bancarias y Títulos valores: certificado de la entidadfinanciera acreditativo del importe de los saldos de cuentas y valores depositados, referido a la fecha de fallecimiento. Tratándose de saldos en cuentas bancarias, el certificado emitido por la entidad deberá reflejar la fecha de aperturade la cuenta y los titulares de la misma. Cuando el único titular de la cuenta sea el fallecido, ésta será considerada privativa salvo que los interesados demuestren lo contrario.- Respecto a los contratos de seguro: preferentemente original del certificado expedido por la Entidad Aseguradora o en su defecto fotocopia de los contratos de seguro (póliza), haciendo constar la fecha de contratación, contratante, beneficiarios y cuantía de la misma.
  • Certificado
    (Obligatorio / Original)
    Certificado bancario de seguro de amortización de cuotas.
  • Certificado
    (Obligatorio / Original)
    Original del Certificado de actos de última voluntad del fallecido, en su caso.
  • Documento Nacional de Identidad
    (Obligatorio / Original)
    Fotocopia del DNI (Documento Nacional de Identidad) o NIF (Número de Identificación Fiscal) del fallecido y de cada uno de los sujetos pasivos (herederos, beneficiarios, legatarios).
  • Certificado de estar al corriente en el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)
    (Obligatorio / Original)
    Respecto a los bienes inmuebles de naturaleza rústica y urbana: copia del recibo del IBI (Impuesto Sobre Bienes Inmuebles), (el más reciente) de cada uno de los bienes, que acredite la referencia catastral de los mismos. En caso de no disponer de ellos, se deberá acompañar certificado con la referencia catastral expedido por la Oficina del Catastro. Sin este requisito no se podrá confeccionar la declaración en las mesas, ni se podrá presentar la declaración en mostrador. Fotocopia del título de adquisición de los mismos.NOTA SOBRE LOS BIENES INMUEBLES: Al objeto de valorar los bienes inmuebles que formen parte del caudal hereditario podrán acogerse, si lo desean y siempre que no se trate de bienes excluidos, al sistema de precios medios de mercado debiendo aportar fotocopia de la documentación acreditativa de los datos y características del inmueble:Urbano: año de construcción, metros cuadrados construidos para uso de vivienda, garaje, trastero, ascensor, etc. En viviendas unifamiliares será también necesario el total de superficie no construida, así como los metros cuadrados destinados a sótano, garaje, etc. En el caso de solares tendrá que adjuntar la cédula urbanística.Rústico (cuyos linderos o inmediaciones no constituya un supuesto de exclusión): situación, superficie, tipo de cultivo, etc.Si el inmueble está afectado por una situación especial, documentación acreditativa de la misma.
  • Testamento
    (Obligatorio / Original)
    Copia simple del último testamento del fallecido si lo hubiere o en su defecto copia simple del acta de declaración de herederos.
  • Balance
    (Obligatorio / Original)
    Justificación del valor teórico de las participaciones en el capital de Entidades Jurídicas cuyos títulos no cotizan en bolsa, último balance aprobado y presentado ante la Administración Tributaria.
  • Certificación
    (No obligatorio / No original)
    Certificado bancario de seguro de amortización de cuotas.
  • Ficha técnica de vehículos
    (No obligatorio / No original)
    Respecto a los vehículos: documentación del vehículo.
  • Documentación justificativa
    (No obligatorio / No original)
    - Gastos de entierro, funeral y/o última enfermedad: fotocopia de la factura delos mismos.- Fotocopia de los justificantes de las cargas, gravámenes, deudas y gastos cuya deducción se solicita.
  • Documentación acreditativa del título de familia numerosa reconocido y expedidopor la Administración de la Comunidad Autónoma de Murcia. (*)
  • Documentación obrante en el fichero de personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
  • Certificados de actos inscribibles al registro de asociaciones de la CARM (*)
  • Certificado de Impuesto de Actividades Económicas 10 epígrafes (*)
  • Consulta de Datos Catastrales (*)
  • Descriptiva y Grafica del catastro (*)
  • Consulta de Certificación de Titularidad del Catastro (*)
  • Consulta de Datos de Identidad (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Presentación de solicitud de inicio

    Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Solicitar Presencialmente

  • Cumplimentación manual

    La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

Modelos para solicitudes
Lugares presentación

EL IMPUESTO SOBRE SUCESIONES OBLIGATORIAMENTE SE DEBERÁ PRESENTAR EN LAS OFICINAS DE ATENCIÓN AL CONTRIBUYENTE DE LA AGENCIA TRIBUTARIA DE LA REGIÓN DE MURCIA

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Normativa

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.