Becas o ayudas a la formación (código 484)

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Información Básica

Requisitos

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Objeto

Incentivar la asistencia y participación de los trabajadores desempleados, en las acciones formativas y en las prácticas profesionales no laborales, programadas por el Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF), mediante becas y/o ayudas de carácter económico.

Destinatarios

Ciudadanía.

Trabajadores desempleados que participen en acciones formativas programadas por el SEF.

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Continuo

Plazo de Presentación

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE EMPLEO, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDADES
SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACION (SEF) (A14028270)

Requisitos de solicitud o iniciación

Con carácter general y en todos los casos sin excepción, para la concesión de becas y/o ayudas se deberá estar en situación de desempleo, siendo el plazo de presentación de solicitud desde la incorporación del alumno a la acción formativa subvencionada y antes de su finalización. Se establecen plazos excepcionales para las Becas de los apartados 1 y 2. Además, según el tipo de beca y/o ayuda solicitada será necesario reunir los siguientes requisitos:

1- Beca por asistencia para alumnos con discapacidad. Se podrán percibir 9 euros por día de asistencia, siempre que el número de horas diarias de la acción formativa sea igual o superior a cuatro, y el alumno acredite mediante certificado de la Administración competente la condición de discapacitado con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33%. Plazo de presentación de la solicitud de los trabajadores desempleados con discapacidad que participen en los módulos de formación práctica en centros de trabajo previstos en los certificados de profesionalidad y en las prácticas profesionales no laborales autorizadas se realizará en un plazo no superior a 7 días hábiles desde la finalización de las mismas

2- Beca por asistencia a Programas Mixtos de Empleo y Formación dirigido a Jóvenes menores de 25 años y Garantía Juvenil. La cuantía será de 9 € por día de asistencia. Plazo de presentación de la solicitud se realizará dentro de los dos meses a la incorporación del alumno al programa o desde la fecha en que se hubiera agotado la prestación o subsidio por desempleo, en su caso.

3- Ayuda de transporte. Los alumnos que participen en las acciones formativas y en los módulos de formación práctica en centros de trabajo previstos en los certificados de profesionalidad podrán percibir ayudas en concepto de transporte por importe de 0,19 €/km, cuando la acción formativa se desarrolle en una localidad distinta a la del domicilio del trabajador desempleado y la distancia entre ambas localidades sea igual o superior a 10 kilómetros, con un límite máximo diario de 12 euros/día.

4- Ayuda por manutención. Podrán percibir ayuda por manutención en la cuantía de 12 euros por día lectivo los alumnos que participen en acciones formativas con horario de impartición de mañana y tarde, siempre que la distancia entre la localidad del domicilio del alumno y la localidad en la que se desarrolle la acción sea igual o superior a 50 km.

5- Ayuda por alojamiento y manutención. La cuantía será de hasta 80 euros por día natural. Podrán percibirla los alumnos que no puedan efectuar diariamente los desplazamientos al lugar de impartición de la acción formativa, y siempre que la distancia entre la localidad del domicilio del alumno y la localidad en la que se desarrolle la acción sea igual o superior a 100 km. Excepcionalmente, el SEF podrá valorar situaciones en las que no concurra la distancia mínima anterior. En este tipo de ayuda, el alumno tendrá derecho a percibir el importe de los billetes de transporte en clase económica de los desplazamientos inicial y final El gasto real de alojamiento se justificará por medio del contrato de arrendamiento, factura de hospedaje o cualquier otro medio documental acreditativo. La cuantía máxima de la ayuda de manutención no excederá de 24 € por día natural.

6- Ayuda para alumnos que participen en acciones de formación transnacionales y/o prácticas profesionales que se desarrollen en otros países. Podrán solicitar una ayuda en concepto de alojamiento y manutención de hasta 158,40 euros por día natural. Percibirán además el importe del billete inicial y final en clase económica. Dichos alumnos podrán recibir en concepto de anticipo y sin necesidad de prestación de garantía, hasta el 75 por cien del importe global de la ayuda que les corresponda, abonándose el resto tras finalizar la acción y la presentación de la justificación de los gastos correspondientes.

7- Ayudas a la conciliación por una cuantía del 75 por ciento del IPREM diario por día de asistencia.

7.1- Ayudas para trabajadoras desempleadas en situación de violencia de género, incluidas en el “Protocolo de Coordinación SEF-Dirección General de la Mujer para mejorar la inserción sociolaboral de mujeres víctimas de violencia de género de la Región de Murcia”, que participen en las acciones formativas y estén al cuidado de hijos menores de doce años o familiares dependientes hasta el segundo grado, podrán percibir la ayuda para conciliar su asistencia a la formación.

7.2- Ayudas para trabajadores/as desempleado/as en situación o riesgo de exclusión social, acreditado/as por los Servicios Sociales Públicos competentes, que participen en las acciones formativas y estén al cuidado de hijos menores de doce años o familiares dependientes hasta el segundo grado.

7.3- Ayudas para trabajadoras desempleadas que participen en las acciones formativas y estén al cuidado de hijos de hijos de cero a tres años (Sólo a partir de acciones formativas concedidas en el ejercicio 2018).

Tendrá derecho a las ayudas para conciliar la asistencia a la formación siempre que, en el momento de la solicitud de la ayuda, cumplan los requisitos siguientes:

a. Carecer de rentas de cualquier clase superiores al 75 por ciento del IPREM. Se entenderá cumplido este requisito siempre que la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad familiar, incluida la solicitante, dividida por el número de miembros que la componen no supere el 75 por ciento del IPREM. A estos efectos, computará como renta el importe de los salarios sociales, las rentas mínimas de inserción o las ayudas análogas de asistencia social concedidas por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

b. No haber rechazado ofertas de trabajo adecuadas, ni de participación en actividades de promoción o reconversión profesional, en el plazo de un mes desde que se agotase el subsidio por desempleo o la prestación contributiva.

c. Disponer de un itinerario de inserción en el que se incluya la formación como servicio requerido tras el análisis del perfil y diagnóstico de necesidades de la mujer.

La solicitud de este tipo de ayuda se realizará a través del empleado público del Servicio de Orientación del SEF responsable del seguimiento del Protocolo.

Solicitud de ayudas y/o becas para apoyo a la formación

  • Factura
    (Obligatorio / No original)
    Sólo en caso de solicitar ayuda para el transporte público y/o alojamiento. En caso de transporte, alojamiento y manutención se debe presentar factura de hospedaje o contrato de arrendamiento que coincida con el periodo de inicio y fin de la acción formativa. Los pagos de dichos contratos o facturas deberán justificarse por medio de transferencia o certificado bancario.
  • Certificado municipal de residencia y/o convivencia
    (Obligatorio / No original)
    Sólo cuando la dirección recogida en el NIF no coincida con su vivienda de residencia durante la acción formativa.
  • Documento de identidad: NIF
    (No obligatorio / No original)
    Para extranjeros NIE
  • Certificado
    (Obligatorio / No original)
    SOLO PARA BECAS DE CONCILIACIÓN 1.- Documentación para la acreditación de tener a su cargo hijos menores de 12 años o familiares dependientes hasta el segundo grado: a) Libro de familia o documento justificativo del grado de parentesco. b) Grado de dependencia del familiar atendido por el solicitante (informe sanitario de valoración del grado de dependencia, etc.). c) Acreditación de familiar dependiente a cargo del solicitante (certificado empadronamiento que integre todas las personas que conviven en el domicilio, certificado del Centro de Servicios Sociales o resolución Programa Individual de Atención). 2.- Documentación para la acreditación de rentas no superiores al 75 por ciento del IPREM, mediante copia completa del impreso de declaración de la renta o certificado de rentas expedido por la Agencia Tributaria. 3.- Certificado acreditativo de la oficina de empleo de no haber rechazado ofertas de trabajo adecuadas ni de participación en actividades de promoción o reconversión profesional (un mes después de agotar prestación/subsidio) 4.- Certificado acreditativo de la oficina de empleo de disponer de un itinerario de inserción en el que se incluya la formación como servicio requerido tras el análisis del perfil y diagnóstico de necesidades de la mujer.
  • IBAN Código Internacional de Cuenta Bancaria
    (Obligatorio / No original)
    Certificado Bancario o fotocopia de la libreta en el que consten el solicitante como titular o cotitular de la misma.
  • Certificado del impuesto sobre las rentas de las personas físicas (*)
  • Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias para solicitud de ayudas y subvenciones. (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
  • Certificado de estar al corriente de pago de obligaciones tributarias para percibir ayudas y subvenciones de la CCAA (*)
  • Consulta de datos de Discapacidad en Intermediación (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Solicitar Presencialmente

  • Cumplimentación manual

    La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

Modelos para solicitudes
Lugares presentación

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL SERVIC.REG.EMPLEO Y FORMACION

Plazo de resolución: 6 Mes/es

Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER

Normativa

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.