Autorización para impartir módulos profesionales individualizados

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Objeto

Obtención de autorización por parte de los centros docentes para impartir módulos profesionales en la oferta modular específica de las enseñanzas de Formación Profesional Inicial en régimen presencial en la Comunidad de Castilla y León. Se diferenciará cuando el centro disponga de medios propios o cuando la oferta no se pueda realizar con recursos propios.

¿Quién lo puede solicitar?

Centros docentes que deseen impartir módulos profesionales individualizados

Lugar y Forma de presentación

Electrónico:

¿Qué requisitos debo cumplir?

Se deberá comunicar previamente al consejo escolar o consejo social , en el caso de los centros públicos, la intención de impartir modulos profesionales individualizados.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud de autorización en modelo normalizado.

Cuando el centro disponga de medios propios, la solicitud se dirigirá a la dirección provincial de educación por el director del centro público o el titular del centro privado. A la solicitud deberá acompañarse un proyecto con el siguiente contenido:

  1. Interés de la oferta basada en las necesidades de cualificación profesional del sistema productivo del entorno, de la demanda del alumnado o la relación de personas interesadas, en el caso que se disponga de ella.
  2. Recursos personales y materiales disponibles en el centro para el desarrollo del proyecto.
  3. Documento en el que se recoja el interés mutuo del centro y la empresa, organización sindical o empresarial para desarrollar una acción formativa dirigida a un grupo de trabajadores, en el caso de existir.
  4. Período y horario en los que se va a desarrollar el módulo o módulos profesionales.
  5. Número de plazas que se van a ofertar.
  6. Otros datos de interés a juicio del centro solicitante.

Cuando la oferta no se pueda realizar con recursos propios, se dirigirá al Director General de Formación Profesional y Régimen Especial por el director del centro público. El proyecto que acompañe a la solicitud deberá incluir, además del contenido previsto en el apartado anterior, la descripción de las dotaciones de personal o de material necesarias.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

La solicitud de autorización para impartir módulos profesionales individualizados, cuando el centro disponga de medios propios, se presentará con una antelación mínima de 1 MES al inicio de las actividades lectivas del módulo.
La solicitud de autorización, cuando la oferta no se pueda realizar con recursos propios, se presentará con una antelación mínima de 2 MESES al inicio de las actividades lectivas del módulo.

Plazo de resolución

  • En el caso de centros que dispongan de recursos propios, el director provincial de educación valorará y resolverá la autorización, previo informe de área de inspección educativa, que tendrá en cuenta si el centro dispone de recursos personales y materiales para llevar a cabo el proyecto de oferta parcial, y si se pueda llevar a cabo sin interferir en el funcionamiento normal del centro, entre otros. La autorización se comunicará a la dirección general competente en materia de formación profesional.
  • En el caso de centros públicos, si la puesta en marcha de la oferta modular específica no se pudiera realizar con recursos propios, la dirección general competente en materia de formación profesional elevará la propuesta de resolución al titular de la consejería competente en materia de educación, que resolverá, visto el expediente emitido por la dirección provincial y con el visto bueno de las direcciones generales implicadas. La resolución incluirá, las dotaciones adicionales de recursos humanos y materiales que se adjudicarán a los centros, y su efectividad quedará condicionada a la puesta en marcha de los módulos autorizados.

Recursos

  • Alzada.

Legislación aplicable

  • ORDEN EDU/556/2016, de 15 de junio, por la que se regula la oferta parcial de las enseñanzas de Formación Profesional Inicial en régimen presencial en la Comunidad de Castilla y León y se establece el procedimiento de admisión en centros docentes sostenidos con fondos públicos (BOCyL 23-06-2016)
  • RESOLUCIÓN de 17 de abril de 2019, de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se establece el calendario del proceso de admisión del alumnado a los ciclos de Formación Profesional Inicial, y el procedimiento de autorización para impartir módulos profesionales individualizados en oferta parcial mediante la opción modular específica, en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad de Castilla y León, para el curso escolar 2019/2020 (BOCyL 03-05-2019)

Organismo

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Formación Profesional

Órgano que resuelve:

Protección de los datos de carácter personal

Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (47 kbytes)

Tramitación electrónica

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