Ayudas destinadas al fomento de la agricultura ecológica
DAR APOYO A LOS AGRICULTORES QUE PRACTICAN LA AGRICULTURA ECOLÓGICA
Personas destinatarias
PERSONAS FÍSICAS, JURÍDICAS, O AGRUPACIONES SIN PERSONALIDAD JURÍDICA.
Plazo máximo para la resolución y notificación
6 MESES
Silencio administrativo
Negativo
Forma de inicio
De oficio
Fin de la via administrativa
No
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (Fogaiba)
Simplificación documental
Documentos relacionados con el procedimiento
Trámites
X
Presentación de solicitudes
Requisitos
.
Documentación a presentar
a) En caso de personas físicas:
- Si ocurre, documentación que acredite la representación legal, que tendrá que ser vigente en el momento de la presentación de lasol·licitud de ayuda.
b) En caso de personas jurídicas:
- NIF de la entidad.
- Estatutos sociales debidamente inscritos en el registro correspondiente o certificado de inscripción registral de los documentos mencionados. - Documentación que acredite la representación de la persona que firma la solicitud, que tendrá que ser vigente en el momento dela presentación de la solicitud de ayuda.
c) En el caso de agrupaciones sin personalidad jurídica, también se tiene que aportar:
- Documento en que se reflejen las normas o la reglamentación de funcionamiento que hayan suscrito todos los miembros.
- Fotocopia compulsada del NIF de la agrupación, si se dispone. En caso de que alguno de los asociados sea una persona jurídica,ha de aportar además, fotocopia compulsada del NIF y del documento acreditativo de su representación.
- Documento suscrito por todos los miembros de la agrupación en que haya constancia expresa de los compromisos de execucióque asume cada uno de ellos, así como el número de DNI y de la cuenta bancaria (24 dígitos IBAN) de cada uno de ellos.
- Nombramiento de una persona en representación de la agrupación con poder suficiente para cumplir las obligaciones quecorresponen a la agrupación como beneficiaria. - Documento suscrito por todos los miembros de la agrupación en que se haga constar el compromiso de no disolver el agrupaciófins que no haya transcurrido el plazo de prescripción que prevé el artículo 24 de la Ley 14/2014, de 29 de diciembre, deFinances de la Comunidad Autónoma de las Islas Balear y los artículos 57 y 60 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de desembre,pel qual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.
Modelos:
Plazo máximo
Hasta el día 30/04/16
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (Fogaiba)
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Ayudas Al Desarrollo Rural
C/ de la Reina Constança, 4. Tel.: 971787312 - Fax: 97176881
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Consorcio para el Fomento de Insfraestructuras Universitarias
Calle D'Alfons el Magnànim 29, 07004, Palma
Fundación Es Baluard Museo de Arte Moderno y Contemporáneo
Plaça Porta de Santa Catalina 10, 07012, Palma
Archivo y Museo de la Educación de Les Illes Balears
Calle Mestre Torrandell 59 bajos, 07300, Inca
Tel. 971504279
Consorcio de Aguas de Les Illes Balears
Carrer Gremi Corredors 10, 07009, Palma
Fundación Robert Graves
Carretera De Deià a s/n, 07179, Sóller
Subdirección de Atención Primaria y Atención a las U.
Calle Reina Esclaramunda 9, 07003, Palma
Tel. 971175600
Consorcio Eivissa Patrimonio de la Humanidad
Plaça D'Espanya 1, 07800, Eivissa
Esad Escola Sup. D'Art Dramàtic Illes Balears (ESADIB)
Carrer Del Morer 6, 07001, Palma
Tel. 971713628
Consorcio Plan D-Llucmajor
Calle Constitució 6, 07620, Llucmajor
Consorcio para la Mejora y el Embellecimiento de la Playa de Palma
Calle De L'Uruguay s/n, 07010, Palma
Dirección General de Comunicación
Passeig De Sagrera 2, 07012, Palma
Tel. 971176565
Consejería de Educación y Universidad
Carrer D'Alfons el Magnanim 29, 07004, Palma
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