Pruebas selectivas para la obtención del carné profesional en instalaciones térmicas de edificios, en centros públicos dependientes de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte.

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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  • ¿Qué se puede solicitar?

    Nombre del trámite

    Pruebas selectivas para la obtención del carné profesional en instalaciones térmicas de edificios, en centros públicos dependientes de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte.

    Objeto del trámite

    Durante el curso 2017-2018 el examen teórico-práctico para la obtención del carné profesional en instalaciones térmicas en edificios se podrá realizar en los centros docentes públicos, con alumnado matriculado en 2º curso del CFGS Desarrollo de Proyectos de Instalaciones Térmicas y de Fluidos, dependientes de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte.

  • ¿Quién puede iniciarlo?

    Interesados/Solicitantes

    Para ser admitido a la realización de los exámenes en el correspondiente instituto de educación secundaria (en adelante IES), el aspirante debe reunir los siguientes

    Requisitos

    a) Ser alumno/a matriculado/a en régimen presencial en el mismo IES durante el curso 2017-2018, donde debe haber aprobado y finalizado los módulos profesionales que corresponden a la titulación de Técnico Superior en Desarrollo de Proyectos de Instalaciones Térmicas y de Fluidos, especificada en el anexo I de la presente resolución.
    b) Haber abonado la oportuna tasa administrativa relativa a los derechos de examen.

  • ¿Qué tasas se deben pagar y cómo hacer su pago?

    Tasas 2018:
    El importe de 31,39 euros correspondiente a los derechos de examen se ingresará en cualquier banco, o entidades de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación con la Generalitat. La falta de justificación del abono en el plazo establecido de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante. El impreso para el pago de la tasa correspondiente al procedimiento administrativo solicitado, podrá ser rellenado y obtenido a través de internet siguiendo la siguiente ruta de enlaces:
    - Acceder a la dirección electrónica: http://www.indi.gva.es/Tasasw/index.htm?language=es
    - Seleccionar en tipo de tasa «Exámenes para nuevos carnés e instalaciones. Renovaciones» y la tasa «Térmicas en edificios: Carné profesional de instalaciones térmicas en edificios», posteriormente, «envia».
    El sistema mostrará por pantalla un formulario del modelo 046 que se deberá cumplimentar y seguir el resto de pasos que la aplicación indica e imprimirlo.
    Las formas y lugares de pago del recibo asociado a la tasa también se encuentran en dicho sitio web.
    La dirección de cada uno de los IES, en colaboración con el departamento didáctico de la correspondiente familia profesional, facilitará los impresos mencionados de solicitud y de pago de la correspondiente tasa así como su cumplimentación al alumnado interesado.
    En el caso de que no hubiese alumnado preinscrito, la dirección de cada uno de los IES en colaboración con el departamento didáctico de la familia profesional lo pondrá en conocimiento del inspector coordinador de la correspondiente dirección territorial de Educación, Investigación, Cultura y Deporte con una anterioridad de al menos un día a la fecha de realización del examen, quien deberá comunicarlo a la Subdirección General de Formación y Cualificación Profesional de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial.

    Enlace relacionado con el pago de las tasas

    http://www.indi.gva.es/Tasasw/index.htm?language=es

  • ¿Cuándo solicitarlo?

    Plazo de presentación

    El plazo de presentación de solicitudes será desde la fecha en que se cumplan los requisitos y hasta el día 11 de julio de 2018, inclusive.

  • ¿Dónde dirigirse?

    Presencial

    Quienes deseen tomar parte en este examen deberán cumplimentar la solicitud que aparece como anexo II de la Resolución de 21 de junio de 2018, presentándola en el IES donde estén matriculados en el segundo curso del mencionado ciclo formativo, durante el curso 2017-2018.

  • ¿Qué documentación se debe presentar?

    Anexo II de la Resolución de 21 de junio de 2018, acompañado de la siguiente documentación:
    - En el caso de extranjeros que no sean nacionales de la UE, tarjeta de identidad de extranjero o visado de estudios o tarjeta de estudiante extranjero, en vigor, con fotocopia del documento para ser cotejada.
    - Justificante, debidamente validado por cualquier banco o entidad de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación con la Generalitat, de haber abonado la oportuna tasa administrativa relativa a los derechos de examen, siendo el plazo de presentación desde la fecha en que se cumplan los requisitos de la anterior instrucción 2.a hasta el día 11 de julio de 2018 inclusive.

    Impresos asociados

    [ANEXO II] PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA OBTENCIÓN DEL CARNÉ PROFESIONAL EN INSTALACIONES TÉRMICAS EN LOS EDIFICIOS

  • ¿Cómo se tramita?

    Pasos

    1. Tanto el examen como los criterios de corrección serán remitidos a los IES examinadores por la Subdirección General de Formación y Cualificación Profesional.
    2. Los conocimientos exigibles en el examen teórico-práctico, como se recoge en el anexo I, son los relacionados en el anexo III del citado Acuerdo de 2 de julio de 2004 con las modificaciones introducidas por la legislación que ha entrado en vigor con posterioridad.
    3. Estructura del examen
    El examen tendrán dos partes diferenciadas: una teórica y otra práctica.
    La parte teórica se formulará en forma de test, cada pregunta con 4 respuestas alternativas, solo una de ellas cierta. Las preguntas abarcarán de forma racional las diferentes partes del programa objeto de examen.
    La parte práctica se planteará en forma de uno o dos supuestos, consistentes en el análisis o diseño reglamentario de una instalación incluida en el campo del carné/certificación acreditativa al que se opta con la prueba.
    4. Calificación del examen
    La calificación final del examen se expresará en los términos de apto o no apto. Para alcanzar la calificación de apto los aspirantes deberán superar por separado la parte teórica y la práctica.
    Las preguntas tipo test de la parte teórica, valdrán todas igual y penalizarán las respuestas incorrectas descontándose por cada tres preguntas respondidas de forma errónea una contestación correcta, prorrateándose proporcionalmente en caso de que esta regla se verifique en forma fraccionada. La calificación de esta parte teórica del examen se expresará mediante la escala numérica de 0 a 10, y se considerará superada cuando se obtenga una puntuación mínima de 5 puntos (sobre 10).
    La puntuación total máxima de la parte práctica será de 10 puntos. La calificación de esta parte práctica del examen se expresará mediante la escala numérica de 0 a 10, y se considerará superada cuando se obtenga una puntuación mínima de 5 puntos (sobre 10).
    5. Material que pueden utilizar los aspirantes en el examen
    En la parte teórica no se permitirá el uso de calculadora ni de ningún material complementario. Será anulado el examen de quienes incumplan esta norma.
    En la parte práctica se permitirá el uso de calculadora no programable y de las disposiciones reglamentarias objeto de examen.
    6. Supervisión del examen
    En cada provincia el correspondiente director/a territorial de Educación, Investigación, Cultura y Deporte nombrará un inspector/a de educación para supervisar el desarrollo del examen y atender las consultas que al respecto realicen los IES.
    7. Comisión evaluadora
    El control de la realización y la evaluación del examen estará a cargo de comisiones evaluadoras integradas por un presidente y dos vocales que serán miembros del departamento didáctico de la familia profesional correspondiente. El presidente será preferentemente el jefe del departamento didáctico de la correspondiente familia profesional del IES donde se realice el examen y actuará de secretario el vocal de menor edad. A propuesta del presidente, podrán incorporarse a la comisión evaluadora los vocales que se consideren oportunos que en todo caso deberán pertenecer al departamento didáctico de la familia profesional correspondiente.
    La dirección del IES donde actúe la correspondiente comisión evaluadora designará a sus miembros.
    La comisión evaluadora tendrá además del control de la realización y la evaluación del examen las siguientes funciones:
    . Cumplimentar las actas de evaluación según modelo del anexo III de la presente resolución y publicación de los resultados en el tablón de información del correspondiente IES.
    . Resolución de las reclamaciones de calificaciones estimadas incorrectas.
    . Informar, por medio de su presidente, al inspector/a que supervisa el examen de las incidencias relevantes que se produzcan durante el desarrollo de las mismas. Así como remitirle un informe sobre el resultado de las pruebas y de las observaciones que pudieran ser relevantes para futuras actuaciones.
    8. Procedimiento de reclamación
    Los resultados serán publicados en un plazo máximo de tres días hábiles después de la finalización del examen en el tablón de información del correspondiente IES.
    Los aspirantes podrán presentar, sobre las calificaciones obtenidas, las reclamaciones que consideren oportunas. Para ello deberán seguir el procedimiento establecido por la Orden 32/2011, de 20 de diciembre, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se regula el derecho del alumnado a la objetividad en la evaluación, y se establece el procedimiento de reclamación de calificaciones obtenidas y de las decisiones de promoción, de certificación o de obtención del título académico que corresponda.
    El presidente de la comisión evaluadora remitirá un informe al correspondiente inspector/a de Educación sobre las reclamaciones presentadas, así como del resultado de las mismas.
    9. Custodia de las actas y los exámenes realizados
    Las actas y los exámenes realizados deberán ser custodiadas por el IES donde se hayan realizado.
    10. Calendario para la realización del examen correspondiente a la convocatoria del año 2018.
    El calendario para la realización del examen correspondiente a la convocatoria del año 2018 es el establecido en el anexo IV

  • Información complementaria

    * CALENDARIO (Única convocatoria del curso 2017-2018)
    Con el fin de dar cumplimiento a los dispuesto en la cláusula tercera del punto primero del Acuerdo del 2 de julio de 2004, la Comisión Evaluadora deberá ajustarse a la fecha y al horario de inicio y de finalización de cada uno de los exámenes que se indican a continuación:
    Calendario exámenes correspondientes a Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE-07)
    FECHA: Única convocatoria del curso 2017-2018: 12 de julio de 2018
    HORARIO:
    - Inicio: 9:55 - Fin: 10:30 (parte teórica).
    - Inicio: 10:40 - Fin: 11:40 (parte práctica).
    CARNÉ / CERTIFICACIÓN ACREDITATIVA: Instalaciones térmicas en los edificios (RITE-07)
    * ADMISIÓN DE ASPIRANTES A REALIZAR EL CORRESPONDIENTE EXAMEN
    1. Con la finalidad de acreditar su personalidad los aspirantes que se presenten al examen teórico-práctico deberán ir provistos de su documento nacional de identidad o documento oficial acreditativo de su identidad. El presidente de la comisión evaluadora solicitará a los aspirantes que se identifiquen antes de acceder a los lugares donde se realicen el examen teórico-práctico. En cualquier momento durante la prueba, los aspirantes podrán ser requeridos para que acrediten su personalidad por los miembros de la comisión evaluadora o por miembros pertenecientes a la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo o de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, que puedan haber sido designados para la supervisión del examen.
    2. El presidente de la correspondiente comisión evaluadora solo permitirá el acceso a la realización del correspondiente examen a aquellos aspirantes que cumplan los requisitos de estar en posesión, o en condiciones de obtener la correspondiente titulación académica y haber abonado la correspondiente tasa. La dirección del IES pondrá a disposición de la correspondiente comisión evaluadora los expedientes académicos de los aspirantes para facilitar cuantos datos sean necesarios.
    3. Queda totalmente prohibido al alumnado la entrada de cualquier dispositivo electrónico en el aula donde vaya a realizarse el examen.

  • Fuentes jurídicas y/o documentales

    Normativa

    - RESOLUCIÓN de 21 de junio de 2018, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, para el desarrollo, en el curso escolar 2017-2018, del Acuerdo de 2 de julio de 2004 entre la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo y la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte, por el que se encomienda a esta la gestión de ciertas actividades relacionadas con la obtención de determinados carnés profesionales establecidos por la normativa de seguridad industrial y se otorga autorización administrativa para impartir los cursos adicionales previstos en tal reglamentación a los centros educativos públicos dependientes de la última que realicen las enseñanzas de formación profesional que permiten el acceso a los citados carnés. (DOGV nº 8327, de 28/06/2018).

    Lista de normativa

    Ver Resolución de 21 de junio de 2018


Oficinas de la administración

Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica de la Comunitat Valenciana

Avenida Cataluña 21, 46020, Valencia

Tel. 961925700

Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo

Calle C/ CASTÁN TOBEÑAS, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 2 77, 46018, Valencia

Tel. 961209322

Dirección General de Administración Local

Plaza PL. MANISES, 1 1, 46003, Valencia

Tel. 963868061

Subdirección General del Instituto Valenciano de Administración Pública (IVAP)

Plaza PL. CARMEN, 4 4, 46003, Valencia

Tel. 963108802

Secretaría General Administrativa - Presidencia de la Generalitat

Calle C/ en Bou, 9 - 11 9, 46001, Valencia

Tel. 963131000

Intervención Delegada en Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas

Calle C/ Castán Tobeñas,77. Ciudad Administrativa 9 de Octubre-Torre 4 77, 46018, Valencia

Tel. 961209003

Departamento de Salud de la Ribera

Carretera Corbera Km. 1, 46600, Alzira

Tel. 962458100

Departamento de Salud de Gandia

Avinguda de la Medicina 6, 46702, Gandia

Tel. 962849500

Entidad de Infraestructuras de la Generalitat

Calle Vinatea 14, 46001, Valencia

Tel. 961964700

Departamento de Salud de Alicante - Hospital General

Calle pintor baeza 12, 03010, Alicante/Alacant

Tel. 965933000

Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Valenciana

Calle C/ CRONISTA RIVELLES, 1 1, 46009, Valencia

Tel. 963175400

Centro Territorial de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) - Alicante

Calle C/ HONDÓN DE LOS FRAILES, 1 1, 03005, Alicante/Alacant

Tel. 965934922

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