Subvenciones dirigidas a fomentar la contratación indefinida de trabajadores con discapacidad, adaptación de puestos de trabajo y al tránsito del empleo protegido de enclaves laborales al mercado ordinario de trabajo (2016)
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Ayudas:
- Programa II.? Fomento de la adaptación del puesto de trabajo o dotación de medios de protección personal de trabajadores con discapacidad (2016)
- Programa III.? Fomento del tránsito del empleo protegido de los enclaves laborales al mercado de trabajo ordinario (2016)
- Programa I.? Fomento de la contratación indefinida y transformación en indefinidos de contratos de trabajadores con discapacidad (2016)
Fecha de publicación:
26 de abril de 2016
BDNS (Identificador):
304326
Objeto:
Convocar para el año 2016 subvenciones dirigidas a fomentar la contratación indefinida y la transformación en indefinidos de contratos temporales de trabajadores con discapacidad, adaptación de sus puestos de trabajo o dotación de medios de protección personal y al tránsito del empleo protegido de los enclaves laborales al mercado ordinario de trabajo, en los siguientes programas y de acuerdo con su regulación específica:
- Programa I.? Fomento de la contratación indefinida y transformación en indefinidos de contratos de trabajadores con discapacidad (2016)
- Programa II.? Fomento de la adaptación del puesto de trabajo o dotación de medios de protección personal de trabajadores con discapacidad (2016)
- Programa III.? Fomento del tránsito del empleo protegido de los enclaves laborales al mercado de trabajo ordinario (2016)
¿Quién lo puede solicitar?:
- a) Las entidades sin ánimo de lucro y las empresas que contraten indefinidamente a trabajadores con discapacidad o transformen sus contratos temporales de fomento del empleo para personas con discapacidad en indefinidos.
- b) Las «empresas colaboradoras», que incorporen a trabajadores procedentes de los enclaves laborales.
- c) Las Cooperativas de Trabajo Asociado que incorporen a trabajadores con discapacidad como socios.
¿Qué requisitos debo cumplir?:
a) Estar legalmente constituidas e inscritas a la fecha de finalización del plazo subvencionable para la incorporación de socios trabajadores o de trabajo.
b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
c) No estar incurso en ninguno de los supuestos contemplados en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
d) Cumplir la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad en los términos previstos en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de personas con discapacidad y de su inclusión social. («B.O.E.» n.º 289 de 3 de diciembre) y acreditar dicho cumplimiento conforme al Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. («B.O.C. y L.» n.º 214 de 5 de noviembre de 2008). A estos efectos deberá presentar declaración responsable conforme Anexo III.
¿Para qué es la ayuda?:
Serán subvencionables las contrataciones, transformaciones o adaptaciones de puestos de trabajo que, cumpliendo los requisitos y condiciones previstas en esta orden, que se hayan realizado desde el 31 de agosto de 2015 hasta el 31 de agosto de 2016.
Cuantía:
- La celebración de contratos de duración indefinida o la transformación en indefinidos de contratos temporales en los términos señalados en la orden se subvencionará con 3.907 euros por contrato celebrado a jornada completa.
- Cuando el contrato por tiempo indefinido se concierte a tiempo parcial, la cantidad anterior se reducirá en proporción a la jornada pactada que resulte de aplicar sobre la jornada aplicable en la empresa o sector, el número de horas de trabajo correspondientes a la jornada del contrato establecido por convenio.
- La adaptación del puesto de trabajo o dotación de medios de protección personal de trabajadores con discapacidad se subvencionará por una cuantía máxima de 901,52 euros, con el límite, en todo caso, de la inversión realizada.
- El fomento del tránsito del empleo protegido en los enclaves laborales al mercado de trabajo ordinario se subvencionará con 7.814 ? por cada contratación indefinida de personas con discapacidad que presenten especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario celebrado a jornada completa. Si el contrato fuera a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente según la jornada de trabajo pactada.
- El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
- El importe total de las ayudas de minimis concedidas a una única empresa no excederá de 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales, según lo dispuesto en el Reglamento (UE) 1407/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:
Desde el 27 de abril de 2016 hasta el 2 de septiembre de 2016
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Lugar y Forma de presentación:
Presencial:
- Registro de las Oficinas Territoriales de Trabajo
- Oficinas de Información y Registro de la Junta de Castilla y León.
- En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP).
Electrónico:
- Por internet, desde esta misma página Tramitación electrónica: ver requisitos técnicos.
Organismo:
Responsable:
Gestor:
Oficinas Territoriales de Trabajo
Que resuelve:
Plazo de resolución:
El plazo de resolución y notificación será de 3 MESES a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que haya dictado y notificado resolución expresa se entenderán DESESTIMADAS por silencio administrativo
Notificaciones:
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dichos aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.
Recursos:
- Contencioso-administrativo
- Reposición
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Gerencia Territorial de Servicios Sociales de Palencia
Calle Valentín Calderón 2, 34001, Palencia
Sección Agraria Comarcal de Alba de Tormes-Salamanca
Calle Sánchez Llevot 10, 37800, Alba de Tormes
Oficina del Servicio Público de Empleo de Ciudad Rodrigo-Salamanca
Plaza Herrasti 1, 37500, Ciudad Rodrigo
Sección Agraria Comarcal de Sahagún-León
Calle El Rastro 2, 24320, Sahagún
Sección Agraria Comarcal de Ciudad Rodrigo-Salamanca
Calle Clemente Velasco 50-80, 37500, Ciudad Rodrigo
Unidad Veterinaria de Sedano-Burgos
Calle Alejandro Rodríguez Valcarcel S/N, 09142, Valle de Sedano
Equipo General Villafranca del Bierzo
Avenida Paradaseca 7, 24500, Villafranca del Bierzo
Gerencia de Servicios Sociales Camp de Salamanca
Paseo Lunes de Aguas S/N, 37008, Salamanca
Gerencia de Atención Especializada de Miranda de Ebro (Hospital Santiago Apostol)
Calle Orón S/N, 09200, Miranda de Ebro
Unidad Veterinaria de Castrojeriz-Burgos
Calle Arco Sardina S/N, 09110, Castrojeriz
Gerencia de Servicios Sociales Residencia Asistida de Segovia
Carretera De Soria-Plasencia Km. 193,4, 40002, Segovia
Sección Agraria Comarcal de Lerma-Burgos
Calle Góngora 1, 09340, Lerma
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