Programas «MADRUGADORES» y «TARDES EN EL COLE»: Solicitud para las FAMILIAS (Curso 2019/2020)
Objeto
Se trata de un servicio complementario, enmarcado en las lineas de apoyo a la familia y conciliación de la vida laboral.
El Programa «MADRUGADORES», consiste en la ampliación del horario de apertura, durante todos los días lectivos, de los centros docentes públicos en los que se implante el programa. El programa "Madrugadores" se desarrollará en el periodo anterior al inicio de las actividades docentes sin que su duración pueda ser superior a 90 minutos, no pudiendo comenzar antes de las 7:30 horas. Excepcionalmente se podrá ampliar el tiempo máximo de duración, a solicitud del centro docente, por causa debidamente justificada.
Programa «TARDES EN EL COLE», consiste en la ampliación del horario, desde la finalización de las actividades docentes, durante todos los días lectivos, en los centros docentes públicos en los que se implante el programa.
Las actividades desarrolladas son actividades de carácter sociocultural y lúdico: juegos y deportes, animación lectora, actividades plásticas, de entretenimiento, audiovisuales...).
¿Quién lo puede solicitar?
- Familias con niños que cursen enseñanzas de 2º ciclo de educación infantil (3 a 6 años) y educación primaria (6-12 años) en centros docentes ordinarios de titularidad pública de la Comunidad en los que estén implantados los programas.
- Los usuarios de los programas podrán ser:
- a) Usuarios habituales, los que utilicen el programa con regularidad, esto es, la mayoría de los días que se preste el servicio y abonen un precio/mes por los meses de participación.
- b) Usuarios esporádicos, los que utilicen el programa ocasionalmente y abonen un precio/día por los días de participación.
Lugar y Forma de presentación
Presencial:
- Preferentemente en la Secretaría de los Centros Educativos de Castilla y León en los que se desarrolla la actividad.
- Oficinas de asistencia en materia de registros de la Junta de Castilla y León.
- En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP).
Electrónico:
* En el supuesto de usuarios esporádicos, únicamente podrá presentarse solicitud en la secretaria del centro.
¿Qué requisitos debo cumplir?
La necesidad de conciliar la vida familiar, escolar y laboral por los padres o tutores podrá estar motivada por cualquier causa que afecte a las familias y que requiera, para su satisfacción, la cobertura horaria que ofrecen los programas «Madrugadores» y «Tardes en el Cole».
¿Qué documentos necesito?
Solicitud, en modelo normalizado, que se formalizará por los padres o tutores de los alumnos, y que se podrá recoger también en el centro educativo.
Los solicitantes de bonificación o exención deberán autorizar expresamente a la Consejería de Educación, marcando la casilla correspondiente, a cruzar datos de familia, discapacidad o renta. En caso contrario deberán aportar, dependiendo de la tipología de bonificación o exención que soliciten, copia del título de familia numerosa, copia de la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad, documentación acreditativa de los ingresos de la unidad familiar (declaración de la renta de todos los miembros de la unidad familiar o, en caso de no estar obligado a presentar declaración, certificado de imputaciones de renta expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria).
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
? EN EL SUPUESTO DE USUARIOS HABITUALES:
1.-ALUMNOS YA MATRICULADOS en el centro en el CURSO ANTERIOR:
Las solicitudes de participación en el Programa y las solicitudes de bonificación/exención para el CURSO ESCOLAR 2019/2020 se presentarán del 15 de ABRIL al 8 de MAYO de 2019.
2.- Para ALUMNOS de NUEVA MATRICULACIÓN en el centro en el curso escolar para el que se presenta la solicitud, en el momento en que formalicen la matrícula.
3.- Cuando la necesidad de conciliar la vida familiar, escolar y laboral sobrevenga en un momento posterior a los establecidos, en cualquier momento durante el curso escolar en que se vaya a hacer uso del programa.
? EN EL SUPUESTO DE USUARIOS ESPORÁDICOS: las solicitudes se presentarán con una antelación mínima de 3 días lectivos a la fecha solicitada de asistencia.
? CENTROS EN LOS QUE SE IMPLANTA EL PROGRAMA PARA EL CURSO ESCOLAR CORRESPONDIENTE: las solicitudes se presentarán durante la primera semana lectiva del curso escolar.
Plazo de resolución
La resolución se dictará en los siguientes plazos:
- Las solicitudes para el curso 2019/2020, se resolverán antes del 5 de junio de 2019. En lo que respecta a las solicitudes de bonificación/exención, se publicará la propuesta de resolución en los tablones de anuncios de los centros el 6 de junio de 2019, se establecerá un plazo de alegaciones hasta el 20 de junio y la resolución definitiva se publicará en el mes de septiembre de 2019.
- Las solicitudes para alumnos de nueva matriculación, antes del primer día lectivo del curso escolar.
- Las solicitudes presentadas con posterioridad a los períodos ordinarios, a partir del día siguiente al de la presentación de la solicitud.
Notificación
- USUARIOS HABITUALES: La resolución del director se publicará en el tablón de anuncios del centro y contendrá una relación de los alumnos admitidos y otra de los alumnos excluidos, con especificación de la causa de exclusión.
- USUARIOS ESPORÁDICO: El director del centro comunicará a los solicitantes, el día siguiente lectivo al de la presentación de las solicitudes, la inexistencia de plazas vacantes para participar en el programa el día o días solicitados. En caso de que existan plazas vacantes no será necesaria dicha comunicación.
Recursos
- Alzada.
Legislación aplicable
- DECRETO 29/2009, de 8 de abril, por el que se regulan los programas de conciliación de la vida familiar, escolar y laboral en el ámbito educativo (BOCyL 15-04-2009)
- ORDEN EDU/736/2014, de 21 de agosto, por la que se desarrollan los programas de conciliación de la vida familiar, escolar y laboral en el ámbito educativo «Madrugadores» y «Tardes en el Cole» (BOCyL 29-08-2014)
- ACUERDO 39/2017, de 24 de agosto, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban los precios por participación en los programas «Madrugadores» y «Tardes en el Cole» durante los cursos escolares 2017/2018, 2018/2019, 2019/2020 y 2020/2021 (BOCyL 25-08-2017)
Organismo
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Información adicional
TARIFAS
- Precios por participación usuarios habituales. "Madrugadores": 16/mes. "Tardes en el cole": 16 /mes.
- Precios por participación usuarios esporádicos. "Madrugadores": 3,00/día. "Tardes en el cole": 3,00/día.
- Números de cuenta «Madrugadores» y «Tardes en el Cole» con código IBAN (Curso 2019/2020) (19 kbytes)
- Bonificaciones y exenciones (97 kbytes)
- PREGUNTAS FRECUENTES "Madrugadores" y "Tardes en el Cole" Curso 2019/2020 (Actualizado 12-04-2019) (39 kbytes)
Protección de los datos de carácter personal
- Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal - Solicitud de plaza (44 kbytes)
- Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal - Solicitud de bonificación o exención (45 kbytes)
Tramitación electrónica
Descargar formulario
- Solicitud usuarios habituales curso 2019/2020 231 kbytes Descargar
- Primera solicitud usuarios esporádicos curso 2019/2020 66 kbytes Descargar
- Sucesivas solicitudes usuarios esporádicos curso 2019/2020 53 kbytes Descargar
- Solicitud Bonificación/Exención curso 2019/2020 122 kbytes Descargar
Descargas
Oficinas de la administración
Gerencia Territorial de Servicios Sociales de Palencia
Calle Valentín Calderón 2, 34001, Palencia
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Sección Agraria Comarcal de Ciudad Rodrigo-Salamanca
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Equipo General Villafranca del Bierzo
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