El Botiquín Casero

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

    ¿Qué es? >


  • Consejos y recomendaciones para tener el material sanitario de uso doméstico en buen estado en caso de accidentes leves. Se debe tener presente que un botiquín no es una farmacia ni un almacén de medicamentos.
  • ¿Qué debe contener?


    - Medicinas
    - Termómetro de fácil lectura y en buenas condiciones.
    - Material para hacer curas.

    Recomendaciones
    ¿Qué no debe contener?

    - Medicamentos caducados.
    - Restos de tratamientos anteriores.
    - Tratamientos habituales de la familia que deben guardarse en otro sitio para evitar confusiones.
    - Medicamentos sin prospecto.
    - Tijeras y pinzas oxidadas.
    Donde colocarlo

    - En un lugar limpio, fresco y seco protegido de la luz fuera del alcance de los niños.
    - Debe permanecer siempre cerrado y en un lugar conocido por toda la familia.
    - Nunca se debe colocar en el baño o en la cocina.
    - No debe estar cerrado con llave.
    Revisión del botiquín

    Periódicamente, retirando los medicamentos en mal estado entregando los caducados en la farmacia.
    Puede ampliar la información en el Portal de Salud pinchando en el siguiente enlace

    Órgano Responsable >

    Plazos y efectos del silencio administrativo >

  • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

    Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.

    Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.

    RECURSO DE ALZADA:

    Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

    Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

    RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

    Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

    Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

    POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:

    Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

    Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

    RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

    Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

    ¿Qué es? >


  • Consejos y recomendaciones para tener el material sanitario de uso doméstico en buen estado en caso de accidentes leves. Se debe tener presente que un botiquín no es una farmacia ni un almacén de medicamentos.
  • ¿Qué debe contener?


    - Medicinas
    - Termómetro de fácil lectura y en buenas condiciones.
    - Material para hacer curas.

    Recomendaciones
    ¿Qué no debe contener?

    - Medicamentos caducados.
    - Restos de tratamientos anteriores.
    - Tratamientos habituales de la familia que deben guardarse en otro sitio para evitar confusiones.
    - Medicamentos sin prospecto.
    - Tijeras y pinzas oxidadas.
    Donde colocarlo

    - En un lugar limpio, fresco y seco protegido de la luz fuera del alcance de los niños.
    - Debe permanecer siempre cerrado y en un lugar conocido por toda la familia.
    - Nunca se debe colocar en el baño o en la cocina.
    - No debe estar cerrado con llave.
    Revisión del botiquín

    Periódicamente, retirando los medicamentos en mal estado entregando los caducados en la farmacia.
    Puede ampliar la información en el Portal de Salud pinchando en el siguiente enlace

    Órgano Responsable >

    Plazos y efectos del silencio administrativo >

  • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

    Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.

    Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.

    RECURSO DE ALZADA:

    Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

    Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

    RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

    Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

    Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

    POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:

    Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

    Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

    RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

    Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

    ¿Qué es? >


  • Consejos y recomendaciones para tener el material sanitario de uso doméstico en buen estado en caso de accidentes leves. Se debe tener presente que un botiquín no es una farmacia ni un almacén de medicamentos.
  • ¿Qué debe contener?


    - Medicinas
    - Termómetro de fácil lectura y en buenas condiciones.
    - Material para hacer curas.

    Recomendaciones
    ¿Qué no debe contener?

    - Medicamentos caducados.
    - Restos de tratamientos anteriores.
    - Tratamientos habituales de la familia que deben guardarse en otro sitio para evitar confusiones.
    - Medicamentos sin prospecto.
    - Tijeras y pinzas oxidadas.
    Donde colocarlo

    - En un lugar limpio, fresco y seco protegido de la luz fuera del alcance de los niños.
    - Debe permanecer siempre cerrado y en un lugar conocido por toda la familia.
    - Nunca se debe colocar en el baño o en la cocina.
    - No debe estar cerrado con llave.
    Revisión del botiquín

    Periódicamente, retirando los medicamentos en mal estado entregando los caducados en la farmacia.
    Puede ampliar la información en el Portal de Salud pinchando en el siguiente enlace

    Órgano Responsable >

    Plazos y efectos del silencio administrativo >

  • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

    Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.

    Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.

    RECURSO DE ALZADA:

    Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

    Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

    RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

    Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

    Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

    POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:

    Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

    Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

    RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

    Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.


Oficinas de la administración

Intervención Delegada de la C. de Medio Ambiente, Admon. Local y Ord. del Territorio

Calle Alcala 16, 3ª PLANTA, 28014, Madrid

Tel. 914382275

D.G. de Industria, Energía y Minas

Calle Cardenal Marcelo Spinola 14, 28016, Madrid

Tel. 915802100

Consejería de Cultura, Turismo y Deportes

Calle Caballero de Gracia 32, 28013, Madrid

Tel. 917208002

Intervención Delegada de Políticas Sociales y Familia

Calle O'Donnell 50, 28009, Madrid

Tel. 913925526

D.G. de Trabajo

Calle Princesa 5, 28008, Madrid

D.G. de Administración Local (CABRERA)

Avenida De la Cabrera 36, 28751, Cabrera, La

Centros Docentes del Area Territorial Madrid Oeste

Carretera De la Granja 4, 28400, Collado Villalba

D.G. de Vivienda y Rehabilitación

Calle Braganza S/N, 28025, Madrid

Tel. 915804474

D.G. de Transportes

Calle Orense 60, 28020, Madrid

Tel. 915802898

D.G. de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano

Calle Gran Vía 43, 28013, Madrid

D.G. de Función Pública

Plaza Conde de Valle de Suchill 20, 28015, Madrid

D.G. de Emergencias

Avenida De los Bomberos 2, 28232, Rozas de Madrid, Las

Tel. 914207642

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.