Devolución de tasas de la D.G. Industria, Energía y Minas

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Plazo indefinido 
  • Referencia


    3322
  • ¿Qué es?


    Devolución de ingresos indebidos de tasas en materia de ordenación industrial, energética y minera.
  • ¿Quién puede?

    Podrán solicitar devolución de ingresos indebidos por pago de tasas los destinatarios que hayan incurrido en alguno de los siguientes supuestos:
    1. Por duplicidad de pago.
    2. Por realización del pago en cuantía superior a la que corresponda.
    3. Errores materiales de hecho o aritméticos.
    4. Cuando no se realice la actividad por causas no imputables al obligado al pago, (art. 10 Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre ).
  • ¿Qué necesitas presentar?


    1. Solicitud, ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha.
    2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que el interesado expresamente lo desautorice, así como los que deberán aportarse.

    Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesado se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”

  • Tramitación


    Sólo se tramitarán los expedientes sujetos a alguno de los requisitos anteriormente detallados y siempre basándose en el informe emitido por el Servicio al que competa el procedimiento objeto de devolución.
  • Presentación de solicitudes



    En el apartado “Gestión" de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.
    Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2, Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
    a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)
    Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los
    Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid

    Dentro del apartado “Gestión" de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
    Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
    Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
    Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

    b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
    Además de su presentación por internet, los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el citado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro
    de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

  • Normativa aplicable



    * Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por la que se aprueba el texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Comunidad de Madrid (texto consolidado).
    * R.D. 520/2005, de 13 de mayo que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa (texto consolidado).
    * Orden 3097/1996, de 9 de diciembre, del Consejero de Hacienda sobre recaudación de ingresos (texto consolidado).
    * Resolución de 6 de febrero de 2013, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se publica modelo de impreso correspondiente a la “Solicitud de devolución de tasas de la Dirección General de Industria, Energía y Minas (BOCM nº 49, de 27 de febrero)
      Órgano responsable
    • Consejería de Economía, Empleo y Hacienda
      D. G. de Industria, Energía y Minas

    Gestión


    Oficinas de la administración

    Intervención Delegada de la C. de Medio Ambiente, Admon. Local y Ord. del Territorio

    Calle Alcala 16, 3ª PLANTA, 28014, Madrid

    Tel. 914382275

    D.G. de Industria, Energía y Minas

    Calle Cardenal Marcelo Spinola 14, 28016, Madrid

    Tel. 915802100

    Consejería de Cultura, Turismo y Deportes

    Calle Caballero de Gracia 32, 28013, Madrid

    Tel. 917208002

    Intervención Delegada de Políticas Sociales y Familia

    Calle O'Donnell 50, 28009, Madrid

    Tel. 913925526

    D.G. de Trabajo

    Calle Princesa 5, 28008, Madrid

    D.G. de Administración Local (CABRERA)

    Avenida De la Cabrera 36, 28751, Cabrera, La

    Centros Docentes del Area Territorial Madrid Oeste

    Carretera De la Granja 4, 28400, Collado Villalba

    D.G. de Vivienda y Rehabilitación

    Calle Braganza S/N, 28025, Madrid

    Tel. 915804474

    D.G. de Transportes

    Calle Orense 60, 28020, Madrid

    Tel. 915802898

    D.G. de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano

    Calle Gran Vía 43, 28013, Madrid

    D.G. de Función Pública

    Plaza Conde de Valle de Suchill 20, 28015, Madrid

    D.G. de Emergencias

    Avenida De los Bomberos 2, 28232, Rozas de Madrid, Las

    Tel. 914207642

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