Declaración responsable para al inicio de actividad de centro lucrativo para el desarrollo de actividades náuticas de Piragüismo
Ejercicio de actividades náuticas de piragüismo
Personas destinatarias
Empresas interesadas en el ejercicio de la actividad
Plazo máximo para la resolución y notificación
6 meses
Silencio administrativo
Negativo
Forma de inicio
Instancia de parte
Fin de la via administrativa
No
Órgano competente para resolver
Dirección General de Transporte Marítimo y Aéreo
Simplificación documental
Documentos relacionados con el procedimiento
Trámites
X
Declaración responsable para al inicio de actividad de centro lucrativo para el desarrollo de actividades náuticas de Piragüismo
Requisitos
1. Tener el material de seguridad y el botiquín debidamente homologados.
2. Tener una embarcación de salvamento para cada diez artefactos flotantes o fracción.
3. Disponer de los monitores titulados adecuados con el número de artefactos flotantes.
4. Disponer de un domicilio o razón social del centro y estar dado de alta en el impuesto de actividades económicas.
5. Disponer de una póliza de seguro de la actividad que cubra la responsabilidad civil de la empresa, el usuario y el técnico por un valor no inferior a 120.000 euros, como también los accidentes de los ocupantes, incluida la asistencia sanitaria.
6. La persona responsable de los artefactos flotantes que tiene que utilizar el centro tiene que ser una persona en posesión al menos de uno de los títulos que se especifican:
- Monitor o monitora de piragüismo expedido por la Federación Española de Piragüismo o título equivalente de acuerdo con la normativa vigente.
- Guía de piragüismo de recreo, de kayak de mar, expedido por la Federación Española de Piragüismo o título equivalente de acuerdo con la normativa vigente.
7. El centro tiene que disponer de los artefactos flotantes adecuados al desarrollo de las actividades, por lo cual es necesario que tengui los elementos indispensables para garantizar la flotabilidad. Además, tiene que tener en las extremidades los dispositivos necesarios para su remolque (asas de seguridad).
8. El número de tripulantes en los artefactos flotantes tiene que ser el que autorice el certificado de seguridad o lo que recomiende al fabricante. Siempre tienen que estar equipados por un chaleco de flotabilidad permanente, debidamente homologado para cada tripulante.
9. Los artefactos flotantes tienen que ir equipados con un silbato y una cuerda de remolque. En las excursiones que se efectúen, se tiene que tener una embarcación de seguridad para cada diez artefactos flotantes o fracción
Documentación a presentar
Modelos:
Plazo máximo
6 meses
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Transporte Marítimo y Aéreo
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio Marítimo
C/ Gremi de Corredors, 10 (Polígon Son Rossinyol). Tel.: 971177300
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Consorcio para el Fomento de Insfraestructuras Universitarias
Calle D'Alfons el Magnànim 29, 07004, Palma
Fundación Es Baluard Museo de Arte Moderno y Contemporáneo
Plaça Porta de Santa Catalina 10, 07012, Palma
Archivo y Museo de la Educación de Les Illes Balears
Calle Mestre Torrandell 59 bajos, 07300, Inca
Tel. 971504279
Consorcio de Aguas de Les Illes Balears
Carrer Gremi Corredors 10, 07009, Palma
Fundación Robert Graves
Carretera De Deià a s/n, 07179, Sóller
Subdirección de Atención Primaria y Atención a las U.
Calle Reina Esclaramunda 9, 07003, Palma
Tel. 971175600
Consorcio Eivissa Patrimonio de la Humanidad
Plaça D'Espanya 1, 07800, Eivissa
Esad Escola Sup. D'Art Dramàtic Illes Balears (ESADIB)
Carrer Del Morer 6, 07001, Palma
Tel. 971713628
Consorcio Plan D-Llucmajor
Calle Constitució 6, 07620, Llucmajor
Consorcio para la Mejora y el Embellecimiento de la Playa de Palma
Calle De L'Uruguay s/n, 07010, Palma
Dirección General de Comunicación
Passeig De Sagrera 2, 07012, Palma
Tel. 971176565
Consejería de Educación y Universidad
Carrer D'Alfons el Magnanim 29, 07004, Palma