Autorización de cursos de formación Higiénico-Sanitaria de los aplicadores de tatuajes, micropigmentación, anillado o perforado u otras técnicas similares

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Objeto

Autorizar al interesado para impartir cursos de formación higiénico-sanitaria destinada a aplicadores de tatuajes, micropigmentación, anillado, perforado u otras técnicas similares.

¿Quién lo puede solicitar?

Todas personas físicas o jurídicas que vayan a impartir cursos de formación higiénico-sanitaria destinada a aplicadores de tatuajes, micropigmentación, anillado, perforado u otras técnicas similares.

Lugar y Forma de presentación

Presencial:

Electrónico:

¿Qué requisitos debo cumplir?

Los establecidos en el Decreto 44/2003, por el que se aprueban las condiciones higiénico-sanitarias que han de cumplir los establecimientos dedicados a la práctica del tatuaje, la micropigmentación, el anillado o perforado u otras técnicas similares y en la Orden SBS/778/2003, en materia de formación higiénico-sanitaria de los aplicadores de tatuajes, micropigmentación, anillado o perforado («piercing») u otras técnicas similares.

¿Qué documentos necesito?

Se deberá cumplimentar el formulario de solicitud, acompañado de la siguiente DOCUMENTACION:

  • D. N. I. / C. I. F.
  • Documentación acreditativa de la representación, en su caso.
  • Copia de las escrituras de constitución de la entidad.
  • Memora explicativa, con el siguiente contenido:
    • 1.-Razón social de la entidad organizadora y estatutos de la misma.
    • 2.-Objetivos del curso.
    • 3.-Identificación del coordinador del curso.
    • 4.-Programa del curso, especificando las unidades didácticas y el número de horas tanto teóricas como prácticas.
    • 5.-Relación de profesorado, señalando su titulación sanitaria, experiencia y/o currículos firmados.
    • 6.-Previsión de convocatorias y características de las mismas.
    • 7.-Número de alumnos por convocatoria, que en ningún caso podrá ser superior a treinta.
    • 8.-Modelo de certificado, incluyendo el contenido mínimo previsto en el artículo 7 de la Orden SBS/778/2003.
    • 9.-Otras consideraciones complementarias de interés, en su caso

PARA RENOVACIONES: Variaciones o cambios respecto a la memoria original.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto de forma permanente.

Plazo de resolución

  • 3 MESES.

Notificación

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.

Recursos

  • Alzada.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Legislación aplicable

  • DECRETO 44/2003, de 15 de abril, por el que se aprueban las condiciones higiénico-sanitarias que han de cumplir los establecimientos dedicados a la práctica del tatuaje, la micropigmentación, el anillado o perforado u otras técnicas similares (BOCyL 22-04-2003).
  • ORDEN SBS/778/2003, de 9 de junio, por la que se desarrolla el Decreto 44/2003, de 15 de abril, en materia de formación higiénico-sanitaria de los aplicadores de tatuajes, micropigmentación, anillado o perforado («piercing») u otras técnicas similares (BOCyL 17-06-2003).

Organismo

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Sanidad Ambiental

Órgano que resuelve:

Directora General de Salud Pública

Protección de los datos de carácter personal

Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal

Tramitación electrónica

Descargar formulario

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Calle Valentín Calderón 2, 34001, Palencia

Sección Agraria Comarcal de Alba de Tormes-Salamanca

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Plaza Herrasti 1, 37500, Ciudad Rodrigo

Sección Agraria Comarcal de Sahagún-León

Calle El Rastro 2, 24320, Sahagún

Sección Agraria Comarcal de Ciudad Rodrigo-Salamanca

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Calle Alejandro Rodríguez Valcarcel S/N, 09142, Valle de Sedano

Equipo General Villafranca del Bierzo

Avenida Paradaseca 7, 24500, Villafranca del Bierzo

Gerencia de Servicios Sociales Camp de Salamanca

Paseo Lunes de Aguas S/N, 37008, Salamanca

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