FARMACIA: Fórmulas magistrales y preparados oficinales
Objeto
Autorizar a la oficina de farmacia para elaborar fórmulas magistrales y preparados oficinales a dispensar en el establecimiento o para que se dispensen en otras oficinas de farmacia.
¿Quién lo puede solicitar?
El titular de una oficina de farmacia.
Lugar y Forma de presentación
Electrónico:
- ¿Quiénes están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración?
- Tramitación electrónica: ver requisitos técnicos.
Presencial:
- Oficinas de asistencia en materia de registros de la Junta de Castilla y León. .
- En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP). .
¿Qué requisitos debo cumplir?
Ser titular de una oficina de farmacia que elabore fórmulas magistrales y preparados oficinales a dispensar en el establecimiento o que elabore fórmulas magistrales y preparados oficinales para terceros.
¿Qué documentos necesito?
Para la elaboración en el PROPIO ESTABLECIMIENTO: Plano del local y memoria descriptiva; Relación de equipamiento y utillaje; PNT de atribuciones de personal; Modelo de etiquetado; Modelo de hoja de información al paciente.
Para ELABORAR PARA TERCEROS una o varias fases de fórmulas magistrales y preparados oficinales: Plano del local y memoria descriptiva; Relación de equipamiento y utillaje; PNT de atribuciones del personal; Listado del resto de PNT; Modelos de registros; Modelos de etiquetado; Modelo de Hoja de Información al paciente; Modelo de Contrato.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Abierto de forma permanente.
Plazo de resolución
- 6 meses.
Notificación
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
Recursos
- Alzada.
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Legislación aplicable
- Ley 13/2001, de 20 de diciembre, de Ordenación Farmaceútica de la Comunidad de Castilla y León.
- Real Decreto 175/2001, de 23 de Febrero, por el que se aprueban las normas de correcta elaboración y control de calidad de fórmulas magistrales y preparados oficiales.
- Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.
- Orden SAN/844/2004, de 28 de mayo, por la que se regula la autorización y acreditación para la elaboración de fórmulas magistrales y preparados oficinales. (BOCyL 18-06-2004).
Organismo
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Dirección General de Salud Pública
Tramitación electrónica
- Solicitud de Acreditación Acceder
- Solicitud de Autorización Acceder
- Solicitud de Renovación de Acreditación Acceder
- Solicitud de Renovación de Autorización Acceder
- Acuerdo de encargo Acceder
Descargar formulario
- Solicitud de Acreditación 770 kbytes Descargar
- Solicitud de Autorización 1.006 kbytes Descargar
- Solicitud de Renovación de Acreditación 722 kbytes Descargar
- Solicitud de Renovación de Autorización 913 kbytes Descargar
- Acuerdo de encargo 1.262 kbytes Descargar
Descargas
- Ley 13/2001, de 20 de diciembre, de Ordenación Farmaceútica de la Comunidad de Castilla y León 170 kbytes Descargar
- Real Decreto 175/2001, de 23 de Febrero, por el que se aprueban las normas de correcta elaboración y control de calidad de fórmulas magistrales y preparados oficiales 77 kbytes Descargar
- Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios 1.287 kbytes Descargar
- Orden SAN/844/2004, de 28 de mayo, por la que se regula la autorización y acreditación para la elaboración de fórmulas magistrales y preparados oficinales 23.788 kbytes Descargar
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