Certificación de empresas que manejen gases fluorados de efecto invernadero en sistemas fijos de protección contra incendios y extintores

Actualizado el 28 de abril de 2020
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Consiste en

Obtener la certificación de empresa habilitada (nueva o renovación) para realizar las actividades de instalación y/o mantenimiento/revisión de sistemas fijos de protección contra incendios y extintores que contengan determinados gases fluorados de efecto invernadero, con sujeción al Real Decreto 795/2010, de 16 de junio, y al Reglamento (CE) nº 304/2008 de la Comisión, de 2 de abril de 2008.

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Requisitos

1.

Aquellas empresas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Emplear personal certificado, de acuerdo con el artículo 5 del Reglamento (CE) nº 304/2008 de la Comisión, de 2 de abril de 2008, en número suficiente para cubrir el volumen previsto de actividades de la empresa.
  • Demostrar que el personal dedicado a las actividades que requieren certificación puede tener acceso a los instrumentos y procedimientos necesarios.

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Necesitas

  1. Formulario de solicitud.

  2. Declaración responsable según modelo establecido.

  3. Carta de pago de tasa en modelo 046-A1 (tarifa 2.5-certificaciones administrativas de inscripción…).

  4. Certificado Digital oDNI electrónico

Tasas

Modelo 046

Te interesa saber

  1. EMPRESAS HABILITADAS

    A efectos de lo dispuesto en el RD 795/2010, se consideran empresas habilitadas aquellas facultadas para la instalación y mantenimiento de aquellos sistemas que empleen fluidos organohalogenados en equipos de protección contra incendios, por el Reglamento de Instalaciones de protección contra incendios (aprobado por RD 1942/1993, de 5/11).

    Los distribuidores de gases fluorados se asegurarán de que los halones únicamente se ceden o venden a fabricantes o recargadores de equipos de protección contra incendios específicamente autorizados para este gas. En el caso de otros agentes extintores, distintos de los halones, los distribuidores solo los cederán o venderán a fabricantes o recargadores de equipos basados en dichos fluidos.

  2. TASAS

    Se abonará una tasa por cada una de las actividades solicitadas, pudiendo utilizar la misma carta de pago (modelo 046).

    La cuantía de la tasa se ajustará a la tarifa 2.5 - certificaciones administrativas de inscripción y/o no sanción - de las tasas de industria (art. 39), atendiendo a lo dispuesto en el vigente Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio, por le que se aprueba el texto refundido de las Leyes de Tasas y de Precios Públicos. (Cuantía ejercicio 2016: 28.89€).

  3. EMISIÓN DEL CERTIFICADO DE EMPRESA DE GASES FLUORADOS

    • Una vez revisada la documentación presentada, la Secretaría General Técnica de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo procederá, en el caso de que se ajuste a lo exigido, a emitir una certificación acreditativa para las actividades solicitadas y a incluir el certificado en el registro correspondiente.
    • Se emitirá una certificación por cada una de las actividades.
    • La certificación tiene validez en el ámbito de la Unión Europea.
    • La vigencia de la certificación es de 5 años, debiendo proceder a su renovación antes de la fecha de caducidad que figura en la misma.
    • Durante al vigencia de la certificación, la empresa debe cumplir con los requisitos y condiciones en base a los cuales se le otorgó.
    • La inexactitud, falsedad u omisión de cualquier dato de carácter esencial, contenido en cualquier documento aportado con la solicitud podrá dar lugar a la suspensión o retirada de la certificación otorgada.
    • La Consejería de Empleo, Industria y Turismo en el ejercicio de sus competencias de verificación y control, podrá, en cualquier momento, requerir a la empresa que acredite el cumplimiento de los requisitos exigibles para la posesión de la certificación de empresa de gases fluorados.
    • La posesión de la certificación de empresa de gases fluorados no habilita, por sí sola, para el ejercicio de instalación y/o mantenimiento-revisión de sistemas de protección contra incendios, sujetas al Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios (aprobado por RD 1942/1993, de 5/11).
  4. RENOVACIÓN DE CERTIFICADOS

    El trámite administrativo de la renovación de los certificados ya emitidos será el mismo que para la obtención de un nuevo certificado, en la solicitud deberá indicarse claramente el número de registro de la empresa certificada en el apartado correspondiente.

Plazo de solicitud

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