Autorización y visado de tarjetas de transporte público discrecional de ...

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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Tramita por Internet

Consiste en

Obtener la autorización y visado de tarjetas de transporte público discrecional de viajeros en autobús (VD).

Requisitos

  1. Ser persona física (no pudiendo otorgarse las autorizaciones de forma conjunta a más de una persona ni a comunidades de bienes) o bien persona jurídica, debiendo revestir en este caso la forma de sociedad mercantil, sociedad laboral o cooperativa de trabajo asociado. En el caso de ser persona física deberá tener la nacionalidad española o la de otro Estado de la Unión Europea o de otro país extranjero con el que, en virtud de lo dispuesto en los tratados o convenios internacionales suscritos por España no sea exigible el citado requisito.

  2. Disponer de Firma digital autorizada de la persona física o jurídica solicitante. En caso de representantes, es necesaria la previa acreditación de la representación ante el Servicio de Transportes.

  3. Cumplir el requisito de capacitación profesional por parte de, al menos, una de las personas que realice la dirección efectiva de la empresa, en caso de que el titular de la misma no tenga reconocida dicha capacitación.

  4. Cumplir el requisito de honorabilidad. Poseerán el requisito de honorabilidad las personas en quienes no concurra ninguna de las circunstancias siguientes:

    • Haber sido condenadas, por sentencia firme, por delitos dolosos con pena igual o superior a 6 meses, en tanto no se haya extinguido la responsabilidad penal.
    • Haber sido condenadas, por sentencia firme, a las penas de inhabilitación o suspensión, salvo que se hubieran impuesto como accesorias y la profesión de transportista no tuviera relación directa con el delito cometido, durante el tiempo por el que se hubiere impuesto la pena.
    • Haber sido sancionadas de forma reiterada, mediante resolución firme, por la comisión de infracciones muy graves en materia de transportes de conformidad con lo previsto en el artículo 38 del Reglamento de Ordenación de Transportes Terrestres (BOE Nº 241, de 8 de octubre de 1990).
    • Incumplimiento muy grave y reiterado de las normas fiscales, laborales, de Seguridad Social, seguridad vial o medio ambiente
  5. Cumplir las obligaciones de carácter fiscal, laborales y sociales establecidas en la legislación vigente.

  6. Disponer de un capital desembolsado y de reservas de, al menos, 9.000 euros cuando utilicen un solo vehículo a los que se añadirán 5.000 euros más por cada vehículo adicional.

  7. Disponer en todo momento de, al menos, 5 autobuses en propiedad o en régimen de arrendamiento financiero tipo "leasing" u ordinario, que no tengan más de 2 años de antigüedad contados desde su primera matriculación. La suma de las plazas del conjunto de vehículos de que disponga la empresa no podrá ser inferior a 90. Los vehículos deberán: Estar matriculados y habilitados para circular y hallarse vigente la última inspección técnica de vehículos (ITV) que les corresponda.

  8. Abonar la tasa correspondiente.

Necesitas

  1. Justificación de abono de la tasa correspondiente.

  2. Declaración de honorabilidad.

  3. Título de capacitación profesional, expedido a favor del titular de la autorización. En el caso de que dicho titular no sea el titular de la empresa, será necesario, adicionalmente, documento público o certificación registral en que se acredite que dicha persona tiene conferidos poderes generales para representar a la empresa en las operaciones propias de su tráfico ordinario y poder de disposición de fondos en las principales cuentas bancarias; y justificante de alta en la Seguridad Social como personal directivo de la empresa, o de ser titular de, al menos, el 15% del capital de la empresa.

  4. Requisito de capacidad económica:

    • En caso de ser persona física, habrá de presentarse alguno de los siguientes documentos: impuesto sobre el patrimonio o certificación expedida por entidad financiera, según modelo adjunto.
    • En caso de ser persona jurídica y siempre que la capacidad económica que necesite la empresa no sea igual al capital desembolsado inicial de la sociedad, habrá de presentarse la última declaración del impuesto de sociedades.
    • Seguros de los vehículos
  5. Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  6. Escritura de constitución de la sociedad, así como de sus sucesivas modificaciones.

  7. Alta en la Seguridad Social.

  8. Último recibo de autónomos o último TC1 y TC2.

  9. Permisos de circulación de 5 vehículos con menos de 2 años, expedidos a nombre del titular de la autorización junto con las tarjetas de inspección técnica periódica de los autobuses.

  10. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

  11. Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria

Tasas

El pago de las tasas para este servicio se realizará desde esta misma página

Te interesa saber

  1. SOLICITUD

    La solicitud debe realizarse en la sede electrónica del Ministerio de Fomento.

    Para iniciar la solicitud será imprescindible haber abonado anteriormente la tasa correspondiente.

    • El importe de la Tasa es de 19,70 euros por vehículo y debe figurar en la misma el código de concepto 327002
  2. VIGENCIA

    La validez de la autorización no tiene un plazo prefijado, si bien queda condicionada a la comprobación periódica del mantenimiento de las condiciones de obligado cumplimiento, a través del correspondiente visado, que se efectuará cada 2 años, previa solicitud acompañada de documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos y abono de la correspondiente tasa.

  3. HONORABILIDAD

    Poseerán el requisito de honorabilidad las personas en quienes no concurra ninguna de las circunstancias siguientes:

    • Haber sido condenadas, por sentencia firme, por delitos dolosos con pena igual o superior a 6 meses, en tanto no se haya extinguido la responsabilidad penal.
    • Haber sido condenadas, por sentencia firme, a las penas de inhabilitación o suspensión, salvo que se hubieran impuesto como accesorias y la profesión de transportista no tuviera relación directa con el delito cometido, durante el tiempo por el que se hubiere impuesto la pena.
    • Haber sido sancionadas de forma reiterada, mediante resolución firme, por la comisión de infracciones muy graves en materia de transportes de conformidad con lo previsto en el artículo 38 del Reglamento de Ordenación de Transportes Terrestres (BOE Nº 241, de 8 de octubre de 1990).
    • Incumplimiento muy grave y reiterado de las normas fiscales, laborales, de Seguridad Social, seguridad vial o medio ambiente.
  4. REGISTRO

    Las empresas que obtengan el título habilitante para la realización del transporte público discrecional de viajeros en autobús serán inscritas en el Registro General de Empresas y Actividades de Transporte.

  5. DOCUMENTACION DE LA AUTORIZACIÓN

    La autorización y sus copias se documentarán en tarjetas de la clase VD.

    Una vez otorgada la autorización, se expedirá un número de copias certificadas de la autorización igual al de autobuses de que disponga el solicitante para la realización de su actividad.

Plazo de solicitud

Todo el año

Cómo solicitarlo

Paso 1:

Realiza el trámite desde aquí.

Iniciar solicitud

Te respondemos mediante

1. Notificación personal: la autorización de transportes se entregará personalmente al interesado.

En el plazo de 15 días.

Recursos

1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

Tu solicitud será tramitada por

Servicio de Transportes

Tu solicitud será resuelta por

CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE

Código: 20022861

Más información


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Calle Alferez Provisional S/N, 33005, Oviedo

Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales

Calle Coronel Aranda 2, 33005, Oviedo

Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada"

Avenida Julián Clavería 11, 33006, Oviedo

Tel. 985108400

Consejería de Educación y Cultura

Calle Coronel Aranda 2, 33071, Oviedo

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