Ayudas a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo del sector artesanal,ejercicio 2009. (código 1627)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Objeto
1. Financiar inversiones o actividades de carácter artesano y en particular las siguientes:
a. Cursos de formación artesanal.
b. Actividades de información y orientación artesana: conferencias, jornadas técnicas, mesas redondas, etc. que aborden aspectos fundamentales de la artesanía, profundicen en temas monográficos y contribuyan a sensibilizar el elemento humano que desarrolla su actividad profesional en el sector artesanal para que su obra o producto se adapte a la evolución del mercado.
c. Creación de página web.
d. Demostraciones en vivo referentes a los diferentes oficios artesanos.
e. Realización de publicaciones y catálogos sobre Artesanía.
f. Inversiones en el inmovilizado del local asociativo.
g. Adquisición de compra de bienes de equipo, maquinaria, instalaciones, utillaje y mobiliario necesario para las actividades artesanas, para el local asociativo.
h. Procesos tendentes a la realización de estudios o normas de aplicación en el sector artesano.
i. Cualquier otra actividad o inversión que suponga la promoción, fomento y modernización del sector artesanal, así como su adaptación a las nuevas demandas del mercado.
j. La inscripción en cursos de formación en el exterior de la Región de Murcia.
k. Los gastos de transporte de material.
2. Tendrán preferencia los cursos y demostraciones que sean realizados en los Centros para la Artesanía de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
3. No serán subvencionables las siguientes actividades:
a) La asistencia a ferias y certámenes dentro y fuera de la Región de Murcia.
b) Rifas, sorteos y similares.
c) Los gastos de alojamiento y manutención, incluidos los de las ferias artesanas oficiales.
d) Los gastos de desplazamiento personal.
e) Los gastos generales ligados al funcionamiento de la asociación o entidad sin ánimo de lucro (agua, gas, teléfono y electricidad, gastos diversos de gestión, objetos o Artículos de escritorio, etc.)
Destinatarios
Ciudadanía.
Asociaciones de Artesanos de la Región de Murcia
Tramitación inmediata
No
Plazo de Presentación
Cerrado
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCÍA
DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO, CONSUMO Y ARTESANÍA (A14028273)
Requisitos de solicitud o iniciación
1. Estar inscritas en la Sección 5ª. del Registro Artesano de la Región de Murcia.
2. Cumplir los restantes requisitos exigidos en el Artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. No tener, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión, deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, salvo que estén suspendidas.
- Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias para solicitud de ayudas y subvenciones. (*)
- Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
- Certificación acreditativa del cumplimiento de obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Modelos e información para solicitudes
- Anexo I. Solicitud.
- Anexo II. Acuerdo de la Asociación facultando al Presidente.
- Anexo III. Certificado del Secretario de la entidad sin ánimo de lucro con la relación de asociados.
- Anexo IV. Declaración de otras ayudas.
- Anexo V. Modelo de declaración responsable de incompatibilidades y de no estar incurso en las prohibiciones establecidas en la Ley General de Subvenciones.
- Anexo VI. Modelo subsanación de deficiencias subvención.
- Anexo VII. Modelo de presentación alegaciones de la solicitud.
- Anexo VIII. Modelo aceptación/rechazo de la subvención.
- Anexo IX. Modelo de justificación de subvención.
- Anexo X. Memoria justificativa.
- Anexo XI. Modelo de listado de asistentes a cursos de formación y similares.
- Anexo XII. Modelo de solicitud de ampliación de plazo de inversión.
- Anexo XIII. Modelo de solicitud de ampliación de plazo de justificación.
- Anexo XIV. Cuantías máximas de los gastos subvencionables. (Cursos, jornadas técnicas, mesas redondas).
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Solicitar Presencialmente
- Cumplimentación manual
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |