Autorización para la realización de concursos o competiciones de pesca deportiva
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Objeto
Conceder autorización para la realización de concursos o competiciones de pesca deportiva marítima
La solicitud de la autorización deberá realizarse con al menos 15 días hábiles de antelación a la fecha de la celebración.
Destinatarios
Empresas y otras Entidades y Administración.
Federaciones y asociaciones deportivas/recreativa o administraciones
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Sujeto a plazos
Plazo de Presentación
Cerrado
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA, GANADERA Y DEL MEDIO MARINO (A14028782)
Requisitos de solicitud o iniciación
Para la celebración de concursos de pesca marítima será necesario disponer de una autorización que, de conformidad con el artículo 17 del Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo, será expedida:
a) Por el órgano de la Administración del Estado establecido en dicho precepto, para aquellos concursos que tengan como especies objetivo las de protección diferenciada incluidas en el Anexo II del indicado Real Decreto, ya se celebren en aguas interiores o exteriores.
b) Por la Consejería competente en materia de pesca marítima en el resto de concursos que se celebren tanto en aguas interiores como en aguas exteriores.
Las solicitudes formuladas para competiciones deportivas federadas deberán ser tramitadas a través de las Federaciones correspondientes de la Región de Murcia que las organicen. En dicha solicitud se indicará si se pretende rebasar el tope máximo de capturas establecido.
Requisitos posteriores
La entidad organizadora del concurso está obligada a remitir las actas con los resultados del mismo en el plazo máximo de 10 días desde la fecha de su celebración. En las actas deberá figurar al menos el número de participantes/embarcaciones, así como las capturas obtenidas, diferenciando el peso conseguido por especie, o al menos, el porcentaje estimado de cada especie respecto al total de capturas.
Autorización para la realización de concursos o competiciones de pesca deportiva
Modelos e información para solicitudes
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL PROD.AGRIC.GANAD Y MED. MARINO
Gestiona Servicio de Pesca y Acuicultura
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A. |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Normativa
- Ley 2/2007, de 12 de marzo, de Pesca Marítima y Acuicultura de la Región de Murcia.
- Decreto n.º 72/2016, de 20 de julio, por el que se regula la pesca marítima de recreo en las aguas interiores de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores.