Admisión y matrícula en el Conservatorio Superior de Música Manuel Massotti Littel (código 502)

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Objeto

Convocar la admisión y matrícula del alumnado en el Conservatorio Superior de Música "Manuel Massotti Littel" de Murcia para el curso académico 2019-2020.

ADMISION

La admisión del alumnado en el Conservatorio Superior de Música “Manuel Massotti Littel” se podrá efectuar por las siguientes vías:

Acceso a primer curso, con las siguientes opciones:

a) Realizando la prueba específica de acceso a los estudios superiores de música en el Conservatorio Superior de Música “Manuel Massotti Littel”.
b) Habiendo realizado la prueba específica de acceso a los estudios superiores de música en otro centro.

Traslado de centro.

Readmisión.

El traslado y la readmisión en el centro sólo se admitirán para alumnado procedente de planes de estudios desarrollados al amparo del Real Decreto 631/2010, de 14 de mayo. En su caso, los alumnos con estudios incompletos de planes de estudios anteriores deberán haber obtenido, de la Administración educativa a la que pertenezca el centro en el que dichos estudios quedaron inconclusos, autorización para continuarlos según el citado Real Decreto.
Una vez admitidos, se incorporarán al plan de estudios regulado por el Real Decreto 631/2010, de 14 de mayo, y establecido por la Resolución de 25 de julio de 2013 arriba mencionada.

MATRÍCULA

Matrícula para el alumnado de nueva admisión

Quienes obtengan plaza en el proceso de admisión deberán formalizar su matrícula en los plazos que se indican en el anexo I.
La no formalización de la matrícula en las fechas previstas conllevará la pérdida de la plaza adjudicada.

Quienes estuvieran cursando los estudios superiores de música y, tras superar la prueba específica de acceso en otra especialidad, pudieran obtener plaza en esta última se atendrán a lo recogido en el punto trigésimo sexto de la Resolución de 25 de julio de 2013, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Personas Adultas, por la que se establece para la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia el plan de estudios y la ordenación de los estudios superiores de Música, se completan los planes de estudios iniciados en los años académicos 2010-2011 y 2011-2012 y se regula la prueba específica de acceso.

Matrícula para el alumnado actual del Conservatorio Superior de Música “Manuel Massotti Littel”.
El alumnado actual del Conservatorio Superior de Música “Manuel Massotti Littel” formalizará su matrícula en los plazos que se indican en el anexo II.
Al término de los exámenes correspondientes al primer cuatrimestre se abrirá un plazo para la solicitud de ampliación de matrícula en los términos establecidos en la Resolución de 29 de enero de 2013, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Personas Adultas, por la que se autoriza un período extraordinario para proceder a la ampliación de matrícula en las enseñanzas artísticas superiores.

Destinatarios

Ciudadanía.

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA Y ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (A14028758)

Requisitos de solicitud o iniciación

Para acceder a estos estudios será preciso estar en posesión del título de bachiller o haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años y superar una prueba específica de acceso, (consultar procedimiento 1913 Prueba específica de acceso a los estudios superiores de Música en el Conservatorio Superior de Música Manuel Massotti Littel), regulada por las Administraciones educativas en la que el aspirante demuestre los conocimientos y habilidades profesionales necesarios para cursar con aprovechamiento las enseñanzas correspondientes.

Solicitud de admisión al Conservatorio Superior de Música "Manuel Massotti Littel" de Murcia

  • Certificaciones académicas / Certificado de titulaciones académicas expedidas por Comunidades Autónomas distintas de la de Murcia
    (Obligatorio / Original)
    Certificación académica del centro de origen en la que se expresen las asignaturas cursadas así como las calificaciones obtenidas y los créditos ECTS correspondientes. La certificación deberá hacer referencia a la norma reguladora del plande estudios.
  • Acreditación
    (Obligatorio / Original)
    Documentación justificativa, en su caso, de participación en un programa educativo transnacional, enfermedad grave u otras causas de fuerza mayor que motivaronel abandono de los estudios.
  • Certificado
    (Obligatorio / Original)
    Certificación emitida por el centro en que el solicitante hubiera realizado la prueba o por el órgano responsable de la convocatoria y gestión de la misma (según determine su propia normativa reguladora), en la que se haga constar:a) Enseñanza y especialidad en la que se ha realizado la prueba, así como, si procede, itinerario o modalidad.b) Calificación obtenida en la prueba específica, diferenciada de la que pudiera corresponder a la ponderación con la nota media de las enseñanzas profesionales de música.c) Que la prueba ha sido superada en la convocatoria efectuada para el año 2018-2019.
  • Certificación
    (No obligatorio / No original)
    Certificación emitida por el centro en que el solicitante hubiera realizado la prueba o por el órgano responsable de la convocatoria y gestión de la misma (según determine su propia normativa reguladora), en la que se haga constar:a) Enseñanza y especialidad en la que se ha realizado la prueba, así como, si procede, itinerario o modalidad.b) Calificación obtenida en la prueba específica, diferenciada de la que pudiera corresponder a la ponderación con la nota media de las enseñanzas profesionales de música.c) Que la prueba ha sido superada en la convocatoria efectuada para el año 2018-2019.
  • Documentación justificativa
    (No obligatorio / No original)
    Documentación justificativa, en su caso, de participación en un programa educativo transnacional, enfermedad grave u otras causas de fuerza mayor que motivaronel abandono de los estudios.
  • Consulta de Datos de Identidad (*)
  • Consulta de datos de Discapacidad en Intermediación (*)
  • Documentación obrante en el fichero de personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
  • Documentación acreditativa del título de familia numerosa reconocido y expedidopor la Administración de la Comunidad Autónoma de Murcia. (*)
  • Consulta del título de familia numerosa en Intermediación (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Solicitar Presencialmente

  • Cumplimentación manual

    La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL EVALUAC.EDUCATIVA Y FORM.PROF.

Plazo de resolución: 0

Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA

Información adicional sobre recursos

Contra la relación definitiva de aspirantes se podrá presentar recurso de alzada ante la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de su publicación definitiva. La presentación del recurso de alzada no paralizará el desarrollo de los procedimientos de acceso.

Normativa

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.