Tramitación de solicitudes de Arbitraje de Consumo (código 720)

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000

Objeto

El Sistema Arbitral de Consumo es el arbitraje institucional de resolución extrajudicial, de carácter vinculante y ejecutivo para ambas partes, de los conflictos surgidos entre los consumidores o usuarios y las empresas o profesionales en relación a los derechos legal o contractualmente reconocidos al consumidor.

- Previo a la interposición de la Solicitud de Arbitraje, se debe de reclamar a la empresa o profesional. Una vez recibida la negativa o el transcurso de 1 mes, se puede presentar dicha solicitud.

- No se pueden trámitar solicitudes de arbitraje entre particulares ni entre empresas.

- No podrán ser objeto de arbitraje de consumo las siguientes cuestiones:

a) Aquellas sobre las que haya recaído resolución judicial firme y definitiva, salvo los aspectos derivados de su ejecución.

b) Las materias inseparablemente unidas a otras sobre las que las partes no tengan poder de disposición.

c) Las cuestiones en que, con arreglo a las leyes, debe intervenir el Ministerio Fiscal en representación y defensa de quienes, por carecer de capacidad de obrar o de representación legal, no pueden actuar por sí mismos.

d) Aquellas en las que concurran intoxicación, lesión, muerte o existan indicios racionales de delito.

Destinatarios

Ciudadanía.

Consumidores finales en su ámbito doméstico o particular.

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Continuo

Plazo de Presentación

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCÍA
DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO, CONSUMO Y ARTESANÍA (A14028273)

Requisitos de solicitud o iniciación

Que el conflicto resulte de una relación entre consumidores o usuarios, por un lado, y empresarios o profesionales, por otro. (A tales efectos son consumidores o usuarios las personas físicas o jurídicas que actúan en un ámbito ajeno a una actividad empresarial o profesional.)

Que previamente se reclame a la empresa o profesional, y este conteste negativamente o transcurra 1 mes desde la misma interposición de la misma sin contestación.

Que no concurra intoxicación, lesión, muerte o indicios racionales de delito.

Solicitud de Arbitraje

  • Factura
    (Obligatorio / No original)
    Facturas objeto de reclamación y resto documentación relacionada con el asunto.
  • Contrato
    (Obligatorio / No original)
    Contrato celebrado entre el consumidor y la empresa
  • Presupuesto
    (Obligatorio / No original)
    Presupuesto en caso de disponer, asi como cualquier otra documentación relacionada con el asunto de la reclamación

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Solicitud de Arbitraje

    Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.


    Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Solicitar Presencialmente

  • Cumplimentación manual

    La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: Junta Arbitral de Consumo
Presidente de la Junta Arbitral de Consumo de la Región de Murcia

Plazo de resolución: 90 Día/s natural/es

Efectos del silencio. Por el interesado: No tiene / De oficio: Negativo

Información adicional sobre recursos

Contra la resolución de inadmisión de la reclamación cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Presidente de la Junta Arbitral de Consumo o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de la Contencioso-Administrativo de Murcia.El laudo firme produce efectos de cosa juzgada y frente a él sólo cabrá interponer recurso de anulación ante la Audiencia Provincial por los motivos expuestos en el art. 41 de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje o solicitar la revisión conforme a lo establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil paralas sentencias firmes.

Normativa

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.