Subvenciones por Atenciones Protocolarias
Ayudas o compensaciones económicas a determinados municipios y entidades locales menores, para colaborar en el pago de indemnizaciones por razón de servicio a los miembros de las mismas y gastos por atenciones protocolarias y representativas, con sujeción al límite del crédito presupuestario disponible en cada ejercicio.
Requisitos
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las ayudas, los municipios y entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de La Rioja cuya población de derecho no supere los 1.000 habitantes, con arreglo a las cifras oficiales del último censo del Instituto Nacional de Estadística.
Requisitos
Serán requisitos para obtener la condición de beneficiario de estas ayudas, además de los establecidos en el artículo 13 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, los siguientes:
- Consignar en los presupuestos de las entidades locales las partidas correspondientes a los conceptos de indemnizaciones por razón del servicio o gastos por atenciones protocolarias y representativas, de conformidad con lo dispuesto en la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales, modificada por la Orden HAP/419/2014, de 14 de marzo.
- Que los miembros de las entidades locales no perciban ninguna retribución por el ejercicio del cargo en régimen de dedicación exclusiva o parcial al servicio de la gestión pública local.
Sin perjuicio de lo establecido en el punto anterior, y de acuerdo con lo previsto en el articulo 14.2.c), en relación con el artículo 14.1.e) del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, las entidades locales solicitantes de estas ayudas estarán exentas de la obligación de acreditar que se hallan al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Documentación
- Solicitud
Con la solicitud de la ayuda se acompañará una certificación expedida por el secretario de la entidad, con arreglo al modelo definido en la web https://www.larioja.org/portal-ayuntamientos/es/programas-informaticos, relativa al cumplimiento de los requisitos establecidos en la Orden reguladora.
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará, exclusivamente, de forma electrónica, desde el botón Tramitar
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
Del 23 de febrero al 29 de marzo, ambos incluidos
Fin de plazo: 29 de marzo de 2019
Más información
- Normativa:
Orden 8/2014, de 19 de noviembre, de la Consejería de Obras Públicas, Política Local y Territorial, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a percibir por las entidades locales de La Rioja para el pago de indemnizaciones por razón del servicio a los miembros de las mismas y gastos de representación
Resolución de 8 de febrero de 2019, de la Consejería de Fomento y Política Territorial, por la que se convocan para el ejercicio 2019 las ayudas a las entidades locales de La Rioja para el pago de indemnizaciones por razón del servicio a los miembros de las mismas y gastos de representación (Texto íntegro)
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
No tiene
- Recurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Fomento y Política Territorial
- Órgano competente: Dirección General de Política Local
- Unidad tramitadora: Servicio de Modernización de la Administración Local
- Cargo que resuelve: Sr./a Director/a
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Servicio de Modernización de la Administración Local
Emma Trincado Ortega
Oficinas de la administración
Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.
Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño
Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo
Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño
Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo
Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo
Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro
Calle El Mazo 11, 26200, Haro
Servicio de Comercio
Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño
Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas
Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño
Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local
Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño
Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca
Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño
Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada
Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada
Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García
Calle República Argentina 68, 26006, Logroño
Oficina de Empleo de Logroño
Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño
Sección de Coordinación y Promoción Deportiva
Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño