Subvenciones a entidades locales para evitar el corte de los suministros de energía a familias en riesgo de exclusión social
Subvenciones a entidades locales, mediante concurrencia competitiva, para evitar el corte del suministro de energía eléctrica y gas a familias en riesgo de exclusión social, especialmente en los casos en que haya menores a cargo.
Requisitos
Beneficiarios y exclusiones
Podrán acogerse a las convocatorias que se regulen por esta Orden:
- Los municipios de la Comunidad Autónoma de la Rioja.
- Las mancomunidades de municipios para la prestación de servicio sociales de la Comunidad Autónoma de la Rioja.
No podrán acogerse a las convocatorias que se regulen por esta Orden los municipios menores de 500 habitantes y los que formen parte de una mancomunidad de municipios para la prestación de servicios sociales.
Destinatarios finales de la subvención
Serán destinatarios finales de la ayudas, quienes siendo titulares de un contrato de suministro de energía eléctrica o gas, tengan una deuda pendiente de pago y se les realice el requerimiento fehaciente de pago previsto por la normativa aplicable al tipo de suministro, siempre que se encuentren en cualquiera de las siguientes situaciones:
- Ser beneficiario él o cualquiera de los miembros de su unidad familiar de convivencia de una pensión no contributiva
- Ser beneficiario él o cualquiera de los miembros de su unidad familiar de convivencia del ingreso mínimo de inserción o de las ayudas de inclusión social
- Ser beneficiario él o cualquiera de los miembros de su unidad familiar de convivencia de un subsidio por agotamiento de la prestación contributiva con responsabilidades familiares
- Ser beneficiario él o cualquiera de los miembros de su unidad familiar de convivencia de una renta activa de inserción.
También podrán ser destinatarios finales de las ayudas, los titulares del contrato de suministro referidos en el apartado anterior que se encuentren en situación de exclusión social, en los supuestos que contemplen, en su caso, los reglamentos u ordenanzas que establezcan las entidades locales, según establece el artículo 4.a) de la Orden reguladora.
Modalidades y Cuantía de las ayudas
- Los destinatarios de las ayudas podrán acceder a las dos modalidades de ayuda y varias veces en cada convocatoria, siempre que no se exceda del importe máximo anual regulado en el artículo 5.
- Las ayudas para evitar el corte del suministro de gas ascenderá a un máximo de 120 euros por recibo mensual y de 400 euros por consumidor y año. Si en la unidad familiar hay menores a cargo el importe máximo será de 175 y 500 euros respectivamente.
- Las ayudas para evitar el corte del suministro eléctrico ascenderá a un máximo de 60 euros por recibo mensual y de 200 euros por consumidor y año. Si en la unidad familiar hay menores a cargo el importe máximo será de 125 y 300 euros respectivamente.
- A efectos de lo dispuesto en los apartados anteriores, en el caso de recibos impagados que correspondan a dos mensualidades, se imputará el 50% a cada mes.
- Las entidades locales podrán conceder ayudas por importe superior con cargo a sus propios presupuestos.
Documentación
- Solicitud, escrito o comunicación
Junto con la solicitud, únicamente deberá aportarse certificación del Acuerdo del órgano competente de la Corporación que autoriza la solicitud.
Aportación de documentos junto con la solicitud
Si el trámite se hace de forma presencial
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Si se hace de manera electrónica
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Modelo de solicitud ( 1623.2 Kb)
Cuenta justificativa. Familias con menores a cargo ( 1246.2 Kb)
Cuenta justificativa. Familias sin menores a cargo ( 1243.2 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 128.8 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
UN MES, contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (fecha de publicación en el BOR: 30 de mayo de 2016).
Fin de plazo: 30 de junio de 2016
- Plazo de resolución y notificación
La resolución se dictará y notificará en el plazo máximo de un mes. El plazo se computará en la forma prevista en el artículo 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Transcurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución expresa, las solicitudes podrán entenderse desestimadas por silencio administrativo.
- Otros plazos
Plazo de justificación de la subvención
15 de diciembre de 2016
Más información
- Normativa:
Orden 6/2014, de 30 de mayo, de la Consejería de Salud y Servicios Sociales por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales para evitar el corte del suministro de energía eléctrica y gas a familias en riesgo de exclusión social.
Resolución, Convocatoria 2016
Orden 5/2016, de 13 de mayo, por la que se modifica la Orden 6/2014, de 30 de mayo
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Negativo
- Recurso que procede:
Requerimiento previo/Contencioso Administrativo
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa conforme al artículo 45.1.e)de la Ley 4/2005, de 1 de junio (BOR 7-06), de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Contra la misma se puede interponer recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su notificación, según se dispone en los artículos 10.1.a) y 46.1 y 4 de la Ley 29/ 1998 de 13 de julio (BOE 14-07), reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.
No obstante, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la notificación, podrá requerir previamente a este órgano, en los términos del artículo 44 de la Ley 29/1998 citada, para que anule o revoque el acto.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia
- Órgano competente: Dirección General de Servicios Sociales
- Unidad tramitadora: Servicio de Prestaciones Sociales
- Cargo que resuelve: Sr./a Consejero/a
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Valvanera Pina Lería
- Victor Navajas Gómez
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.
Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño
Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo
Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño
Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo
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Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro
Calle El Mazo 11, 26200, Haro
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Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño
Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas
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Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño
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Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño