Subvenciones a Ayuntamientos para la realización de acciones destinadas a prevenir y paliar el absentismo y el abandono escolar (código 8442)

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

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012 y 968 362 000

Objeto

Convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a los ayuntamientos de la Región de Murcia para la realización de actuaciones destinadas a la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar y a la reducción del abandono escolar.

Período de realización de actividades: desde el 1 de septiembre de 2019 hasta el 31 de julio de 2020.

Las actuaciones para las que se solicite la subvención se adecuarán a la modalidad:

a) Contratación de personal técnico especializado en intervención social, preferentemente titulados en Educación Social, Trabajo Social o Pedagogía.

Importes de las subvenciones y gastos subvencionables (o elegibles):

Para la dotación económica se establecerá el siguiente procedimiento, y tendrán la consideración de baremos estándar de costes unitarios:

Para la contratación de técnicos especializados en intervención social, se subvencionará 22 €/hora de trabajo efectivo.

El importe a subvencionar se calculará conforme al siguiente procedimiento:

1. Una cuantía fija mínima en función del número de alumnos en edad de enseñanza obligatoria escolarizado en los centros educativos del municipio conforme a la siguiente tabla:
Nº de alumnos escolarizados en edad escolar obligatoria (6 a 16 años) e importe a subvencionar:

    • Municipios con menos de 400 alumnos escolarizados 900 €
    • Municipios entre 400 y 1.500 alumnos escolarizados 2.800 €
    • Municipios entre 1.501 y 3.000 alumnos escolarizados 4.650 €
    • Municipios entre 3.001 y 6.000 alumnos escolarizados 6.500 €
    • Municipios con más de 6.000 alumnos escolarizados 8.350 €

2. El crédito restante, una vez aplicado el apartado anterior, se repartirá entre los ayuntamientos solicitantes en función de la valoración de los proyectos de actuación, conforme a los criterios de valoración establecidos en el artículo 7.2 de la Orden de 11 de julio de 2016, de la Consejería de Educación y Universidades, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a ayuntamientos de la Región de Murcia para la realización de acciones de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar y a la reducción del abandono escolar y según el módulo resultante de dividir el importe de dicho crédito entre el sumatorio total de puntos obtenidos en los proyectos.

Justificación de los fondos:

El beneficiario deberá aportar la información correspondiente a los participantes en las actividades financiadas de acuerdo con lo recogido en la disposición adicional única. Dicha información se materializará en el soporte informático y en los términos que el Servicio de Atención a la Diversidad le facilite que recoge los indicadores de realización y de resultados de la acción desarrollada, tomando como base el cuestionario establecido en el anexo VIII.

Los ayuntamientos son los responsables de cumplimentar esta base de datos de participantes que remitirán encriptada al Servicio de Atención a la Diversidad a través de la cuenta de correo diversidad@murciaeduca.es, junto con la documentación justificativa señalada en los apartados 3 y 4 anteriores.
Cada uno de los cuestionarios deberá ser custodiado por los ayuntamientos acompañados de la propuesta o demanda de intervención de los servicios sociales municipales por parte de los centros educativos (Anexo IX de la Orden PRAE), partes de derivación a aulas alternativas a la expulsión, propuesta de alumnado por parte de los centros educativos, fichas de solicitud de incorporación a algún servicio municipal, etc, que justifique la intervención con cada participante.

Destinatarios

Administración.

Ayuntamientos de la Región de Murcia.

Tramitación inmediata

No

Plazo de Presentación

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA Y ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (A14028758)

Requisitos de solicitud o iniciación

Que el ámbito de actuaciones para las que se solicita la subvención radique en el territorio de esta Comunidad Autónoma, y que reúnan los siguientes requisitos:

a) No estar incurso en las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

b) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y de sus obligaciones económicas frente a la Seguridad Social, así como no tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.

Solicitud de participación

  • Declaración responsable
    (Obligatorio / Original)
    Declaración responsable sobre el cumplimiento de sus obligaciones tributarias ycon la Seguridad Social, según modelo establecido en anexo II, de conformidad con el artículo 24 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y del artículo 5 de la Orden de 1 de abril de 2008, de la Consejería de Hacienda por la que se regula el procedimiento para la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
  • Proyecto Técnico
    (Obligatorio / Original)
    Proyecto de actuación, según modelo establecido en el anexo III, que incluya las actividades que se pretenden llevar a cabo por parte del personal técnico especializado en intervención social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1.2.a) de la Orden de 11 de julio de 2016, de la Consejería de Educación y Universidades, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a ayuntamientos de la Región de Murcia para la realización de acciones de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar y a la reducción del abandono escolar.
  • Certificación acreditativa del cumplimiento de obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
  • Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias para solicitud de ayudas y subvenciones. (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

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Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA

Plazo de resolución: 3 Mes/es

Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA
Recursos que proceden ante la Administración Justicia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.