Solicitud de incorporación al Programa Cheque Senior
Solicitud por parte de los trabajadores desempleados mayores de 45 años, para incorporarse el programa "Cheque Joven" de contratación de trabajadores en desempleo.
Requisitos
Requisitos de los solicitantes
Podrán incorporarse al Programa Cheque Sénior todos aquellos desempleados mayores de 45 años en los que concurran las siguientes circunstancias, referidas al momento de solicitar su adscripción:
- Tener más de 45 años en el momento de solicitar su incorporación al Programa Cheque Sénior.
- Estar desempleado e inscrito en las oficinas de empleo de la Comunidad Autónoma de La Rioja durante los 6 meses inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
- Estar empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja durante los 365 días previos a la solicitud.
Procedimiento de incorporación al programa
- La persona desempleada que, cumpliendo los requisitos arriba señalados, desee incorporarse al programa deberá solicitarlo mediante la cumplimentación del formulario, que acompañará con un certificado de empadronamiento expedido dentro de los 30 días anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
- Una vez recibida la solicitud, se citará al solicitante para elaborar su itinerario de inserción profesional, que se iniciará con una entrevista personalizada con un técnico de empleo de las Oficinas de Empleo o con un orientador de las entidades colaboradoras con la Dirección General con competencia en materia de empleo, que se celebrará en el lugar y fecha que se le indique.
- En dicha entrevista se realizará el diagnóstico y la valoración técnica de la adecuación del solicitante a las demandas actuales del mercado de trabajo aplicándose la Escala de Empleabilidad determinada por la Dirección General competente en materia de empleo para valorar las competencias para la búsqueda de empleo, las competencias profesionales y las habilidades personales, motivación y disponibilidad del demandante.
- No obstante lo anterior, si al trabajador se le hubiera realizado una valoración técnica en los 6 meses inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud, quedará exonerado de realizar dicha entrevista.
- Si como resultado de la entrevista personalizada se constatase que el solicitante presenta importantes limitaciones o plantea condicionantes que impidan o comprometan seriamente sus posibilidades de contratación al amparo de la presente orden, el técnico de empleo u orientador consensuará con el trabajador la medidas necesarias de carácter personalizado previas a su incorporación al programa.
- Los técnicos de empleo y los orientadores comunicarán periódicamente a la unidad gestora de este programa de ayudas los resultados de las actuaciones realizadas con los solicitantes entrevistados, para su inclusión, si procede, en el Programa Cheque Sénior.
- La unidad administrativa competente en materia de inserción laboral expedirá y remitirá al solicitante participante en el programa un certificado de su inclusión en el Programa Cheque Sénior.
Documentación
- Solicitud, escrito o comunicación
Junto a la solicitud, Modelo Anexo II, se presentará Certificado de estar empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja durante los 365 días previos a la solicitud.
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Modelo de solicitud ( 127.5 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
- Plazo de resolución y notificación
El plazo máximo para dictar resolución y notificarla será de SEIS MESES desde la recepción de la solicitud
Más información
- Normativa:
Orden 19/2016, de 27 de diciembre, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas al fomento de la contratación de mayores de 45 años (Programa Cheque Sénior) desempleados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Negativo
- Recurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Educación y Cultura
- Órgano competente: Dirección General de Formación Profesional y Empleo
- Unidad tramitadora: Servicio de la Red de Empleo
- Cargo que resuelve: Consejero/a
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- María Alvarez Pastor
- Teresa Gómez-Cadiñanos Sainz
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
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Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro
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