Solicitud de certificado de convalidación de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente
Las empresas que realicen inversiones en bienes del activo material destinadas a la protección del medio ambiente, podrán efectuar la correspondiente deducción de acuerdo con lo dispuesto en artículo 39 del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto de Sociedades y disposiciones concordantes.
Requisitos
Requisitos previos
Haber realizado inversiones dentro de los programas de gestión de residuos, de emisiones o de vertidos de los contemplados en los anexos 2 al 4 de la Orden 33/2000, de 11 de septiembre, del Consejero de Turismo y Medio Ambiente, por el que se establece el procedimiento para la obtención del certificado de convalidación de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente.
De acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente, las empresas que realicen inversiones en bienes del activo material destinadas a la protección del medio ambiente podrán efectuar la correspondiente deducción de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 92 la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible. Título III: Sostenibilidad Medioambiental. Capítulo II: Reducción de emisiones, que modifica el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto de Sociedades (artículo 39.- Deducciones por inversiones medioambientales) y la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
- Artículo 92 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible: «1. Las inversiones realizadas en bienes del activo material destinadas a la protección del medio ambiente consistentes en instalaciones que eviten la contaminación atmosférica o acústica procedente de instalaciones industriales, o contra la contaminación de aguas superficiales, subterráneas y marinas, o para la reducción, recuperación o tratamiento de residuos industriales propios, siempre que se esté cumpliendo la normativa vigente en dichos ámbitos de actuación pero se realicen para mejorar las exigencias establecidas en dicha normativa, darán derecho a practicar una deducción en la cuota íntegra del 8 por ciento de las inversiones que estén incluidas en programas, convenios o acuerdos con la Administración competente en materia medioambiental, quien deberá expedir la certificación de la convalidación de la inversión.»
- Capitulo II de la Ley del Impuesto de Sociedades. El apartado 1 de la disposición adicional décima del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, queda redactado de la siguiente forma:
- «1. Las deducciones reguladas en los artículos 36, los apartados 4, 5 y 6 del artículo 38, apartados 2 y 3 del artículo 39, artículos 40 y 43 de esta Ley, se determinarán multiplicando los porcentajes de deducción establecidos en dichos artículos por el coeficiente siguiente:
- 0.8, en los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2007.
- 0.6, en los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2008.
- 0.4, en los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2009.
- 0.2, en los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2010.
- El porcentaje de deducción que resulte se redondeará en la unidad superior.»
Documentación
- Solicitud
- Modelo de solicitud normalizado: Anexo I de la Orden 33/2000, de 11 de septiembre.
- Declaración de que los elementos objeto de la inversión realizada se encuentra en perfecto estado de funcionamiento y permite alcanzar los niveles de protección previstos en los programas establecidos.
- la memoria presentada en la ADER para su obtención
- el certificado de aprobación de la subvención solicitada.
En el caso de inversiones aprobadas o subvencionadas por la ADER:
Aportación de documentos junto con la solicitud
Si el trámite se hace de forma presencial
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Si se hace de manera electrónica
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Solicitud CIMA ( 339 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 128.8 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
Consultar con el Servicio competente
Más información
- Normativa:
Orden 33/2000, de 11 de septiembre, del Consejero de Turismo y Medio Ambiente, por la que se establece el procedimiento para la obtención del certificado de convalidación de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente.
Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto de Sociedades.
Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Según normativa aplicable
- Recurso que procede:
Alzada
- Observaciones:
Algunas actuaciones de protección al medio ambiente son objeto de subvención por parte de la Agencia de Desarrollo de La Rioja (ADER)
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente
- Órgano competente: Dirección General de Calidad Ambiental y Agua
- Unidad tramitadora: Servicio de Gestión y Control de Residuos
- Cargo que resuelve: Director/a
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Mª Jesús Sáenz del Campo
- David Alonso Sáenz
- Mª Jesús Mallada
- residuos.industriales@larioja.org
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
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Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo
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Calle El Mazo 11, 26200, Haro
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Oficina de Empleo de Logroño
Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño
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