Reembolso de gastos por alojamiento, manutención y desplazamiento en transporte no concertado de pacientes del Servicio Canario de la Salud y sus acompañantes.

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Trámite electrónico

Objeto

  • Regulación del régimen de compensaciones derivadas del desplazamiento, previamente autorizado, por razón de la asistencia sanitaria prestada fuera del Area de Salud en la que se encuentre el municipio de residencia del beneficiario.
A quién está dirigido:
Ciudadanos
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Ser beneficiario en cada caso y estar autorizado por el Area de Salud que corresponda. En los supuestos de urgencia vital en los que no sea posible solicitar autorización previa, el paciente estará obligado a comunicar dicho traslado a la Dirección de Área una vez realizada la actuación. En el caso de abonos anticipados será requisito previo la insuficiencia de recursos para atender a los gastos de los beneficiarios y la estancia del paciente debe tener una duración mínima estimada de cinco días, pudiendo computarse como tal el tiempo de desplazamiento.
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Presencial:
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Periodo cada año

Fecha Inicio: 1/1/

Fecha Fin: 31/12/

  • Condición:
    • Para la forma de pago "Reembolso de gastos" el plazo máximo para presentar la solicitud de reembolso será de tres meses a contar desde que concluya la asistencia en el centro de destino, transcurrido el cual prescribirá el derecho a la solicitud. En caso de forma de pago por "abonos anticipados" éstos se solicitarán con anterioridad al comienzo de la asistencia sanitaria que origine el traslado. Cuando se requiera la asistencia sanitaria con carácter urgente no pudiéndose solicitar el anticipo antes de su inicio, podrá presentarse la solicitud de abono anticipado por los restantes gastos contemplados en el presente Decreto en el plazo de 10 días a contar desde que comenzó la asistencia sanitaria, tramitándose por el sistema de reembolsos los gastos ya efectuados.
  • Por internet

      • Documento de alta de terceros,cuando se solicite por primera vez el reembolso, en el que se incluirán los datos bancarios del beneficiario. (Para la forma de pago "reembolso" y también para forma de pago "abonos anticipados").
      • Fotocopia de la declaración del IRPF de los miembros de la unidad familiar o certificación de la Agencia tributaria de que no tributan (para la forma de pago "abonos anticipados").
      • Fotocopia de la tarjeta sanitaria o, en su defecto, documento acreditativo del derecho del paciente a la asistencia sanitaria pública. (Para la forma de pago "reembolso" y también para forma de pago "abonos anticipados").
      • Solicitud
      • Justificante
      • Justificante
      • Informe
      • Solicitud anticipo

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • Documento de alta de terceros,cuando se solicite por primera vez el reembolso, en el que se incluirán los datos bancarios del beneficiario. (Para la forma de pago "reembolso" y también para forma de pago "abonos anticipados").
      • Fotocopia de la declaración del IRPF de los miembros de la unidad familiar o certificación de la Agencia tributaria de que no tributan (para la forma de pago "abonos anticipados").
      • Fotocopia de la tarjeta sanitaria o, en su defecto, documento acreditativo del derecho del paciente a la asistencia sanitaria pública. (Para la forma de pago "reembolso" y también para forma de pago "abonos anticipados").
      • Solicitud
      • Justificante
      • Justificante
      • Informe
      • Solicitud anticipo

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Direcciones de Áreas de Salud

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Direcciones de Áreas de Salud
      Plazo de resolución:
      En el caso de "pago anticipado" el plazo será de 15 días. En el caso de reembolso de gastos el plazo será de 2 meses.
      El órgano que resuelve es la Dirección de Área de Salud en la que radique el municipio de residencia del paciente. El plazo para resolver depende de la forma de pago. En el caso de "pago anticipado" el plazo será de 15 días. En el caso de reembolso de gastos el plazo será de 2 meses.
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio Artículo 24 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
      Recursos:
      Reclamación administrativa previa a la vía judicial laboral

    Observaciones

    • Las unidades administrativas responsables son las Áreas de Salud.
      A fin de centralizar las actualizaciones de los datos de esta ficha en el SICAC se realiza por el Servicio de Normativa y Estudios
      El órgano gestor es la Dirección del Área de Salud correspondiente al domicilio del paciente.

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Ley 7/2017, 27 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018 (Disposición adicional 53)

      Decreto 173/2009, de 29 de diciembre, por el que se regulan las compensaciones por alojamiento, manutención y desplazamiento en transporte no concertado de pacientes del Servicio Canario de la Salud y sus acompañantes.(BOC nº 4, de 08.01.2010)

      ORDEN de 4 de junio de 2018, por la que se actualizan las cuantías de las compensaciones por alojamiento y manutención de pacientes del Servicio Canario de la Salud y sus acompañantes por razón de la asistencia sanitaria prestada fuera del área de salud en la que se encuentra el municipio de residencia de la persona beneficiaria ( BOC num 112, de 12 de junio de 2018)

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        2622
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220662

    Oficinas de la administración

    Agencia Canaria de Protección del Medio Natural

    Rambla De Santa Cruz 149, 38071, Santa Cruz de Tenerife

    Parque Nacional de Timanfaya

    Calle La Mareta 9, 35560, Tinajo

    Instituto Canario de la Vivienda en Arrecife

    Via Medular 99, 35500, Arrecife

    Eei las Rosas

    Calle LAS AGÜITAS 2, 38428, San Juan de la Rambla

    Secretaría General del Servicio Canario de la Salud

    Avenida Juan XXIII 17, 35071, Pájara

    Dirección General de Seguridad y Emergencias

    Calle León y Castillo 57, 35071, Palmas de Gran Canaria, Las

    Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife

    Avenida José Manuel Guimerá 10, 35071, Santa Cruz de Tenerife

    Oficina de Empleo de Primero de Mayo

    Avenida Primero de Mayo 11, 35071, Palmas de Gran Canaria, Las

    Oficina de Empleo Descentralizada de Tegueste

    Calle El Carmen 7, 38280, Tegueste

    Oficina de Empleo de Arucas

    Calle Médico Anastasio Escudero Ruíz 1, 35400, Arucas

    Oficina de Empleo de Gran Tarajal

    Calle Maxorata 18, 35627, Tuineje

    Direccion de Area de Salud de la Gomera

    Avenida José Aguiar s/n, 38071, San Sebastián de la Gomera

    Tel. 922141558

    Cinco Días
    Expansión
    EFE Emprende
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    Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.