Modificaciones de los programas y fondos operativos durante la anualidad en curso, de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas con sede social en la Región de Murcia (código 206)

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

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Resolución, Recursos y Normativa

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012 y 968 362 000

Objeto

Solicitar y comunicar las modificaciones para su posterior aprobación de los programas operativos de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas con sede social en la Región de Murcia durante la anualidad en curso y la presentación de la comunicación resumen con todas las modificaciones.

Destinatarios

Empresas y otras Entidades.

Organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas con sede social en la Región de Murcia y que tengan aprobado un programa operativo.

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Sujeto a plazos

Plazo de Presentación

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA AGROALIMENTARIA Y COOPERATIVISMO AGRARIO (A14028784)

Requisitos de solicitud o iniciación

Estar reconocida como Organización de Productores del sector de Frutas y Hortalizas.

Tener la sede social en la Región de Murcia.

Tener aprobado un programa operativo para la anualidad en curso.

Solicitud de modificaciones de programas operativos durante la anualidad en curso

  • Declaración
    (Obligatorio / Original)
    En su caso,declaración de la Organización de Productores en de la que se compromete a no comenzar la ejecución de las inversiones hasta que no exista un acta emitida por la autoridad competente de la Comunidad Autónoma donde se vayan a realizar las inversiones en la que se haga constar que no se han iniciado o, o en su defecto un acta notarial, en la que se haga constar que la inversión a realizar no se ha iniciado en la parcela correspondiente. Será de aplicación para cambios de ubicación de inversiones, adelanto de la ejecución de las mismas, incremento del número de unidades si la unidad es de superficie, inclusión de nuevas inversiones, inclusión de nuevas actuaciones medioambientales o sustitución de actuaciones.
  • Certificado de cuenta bancaria
    (Obligatorio / Original)
    Cuando se modifique la forma de gestión de los fondos operativos y se escoja laopción contenida en la letra a) del artículo 5 del presente real decreto, se deberá aportar el certificado de la entidad financiera depositaria de la cuenta bancaria para el movimiento exclusivo del fondo, con indicación de su sucursal, elnúmero de cuenta y la denominación de esta: «Fondo operativo de la organizaciónde productores o de la asociación de organizaciones de productores... (denominación de la organización o asociación)».
  • Certificado
    (Obligatorio / Original)
    En caso de haberse aportado en la aprobación del Proyecto de Programa Operativo(PPO) o en la solicitud de la modificación de la anualidades no comenzada, certificación del secretario de la organización de productores o de la asociación deorganizaciones de productores por la que se aporta acuerdo de la asamblea general de la entidad, o el órgano equivalente de la sección si dicha entidad está organizada en secciones, u órgano equivalente de la organización de productores o de la asociación de organizaciones de productores en función de su personalidad jurídica, por el que se delega la competencia en la presentación de solicitudes de modificación del programa operativo, previstas en los artículos 14 y 15 del presente real decreto, en una determinada instancia de la organización de productores.
  • Certificado
    (Obligatorio / Original)
    Certificado en el que conste que las modificaciones solicitadas sobre el programa operativo, han sido aprobados por el órgano competente según su personalidad jurídica o instancia en que haya delegado.
  • Certificación
    (No obligatorio / No original)
    En caso de haberse aportado en la aprobación del Proyecto de Programa Operativo(PPO) o en la solicitud de la modificación de la anualidades no comenzada, certificación del secretario de la organización de productores o de la asociación deorganizaciones de productores por la que se aporta acuerdo de la asamblea general de la entidad, o el órgano equivalente de la sección si dicha entidad está organizada en secciones, u órgano equivalente de la organización de productores o de la asociación de organizaciones de productores en función de su personalidad jurídica, por el que se delega la competencia en la presentación de solicitudes de modificación del programa operativo, previstas en los artículos 14 y 15 del presente real decreto, en una determinada instancia de la organización de productores.
  • Documentación justificativa
    (No obligatorio / No original)
    Justificantes en los que se expongan los motivos, naturaleza y consecuencia de las modificaciones solicitadas, así como de aquellos justificantes que fueran necesarios para su aprobación.
  • Descriptiva y Grafica del catastro (*)
  • Certificados de Títulos Universitarios (*)
  • Certificados de Títulos No Universitarios (*)
  • Consulta de Certificación de Titularidad del Catastro (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.

Plazo de resolución: 3 Mes/es

Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
Recursos que proceden ante la Administración Justicia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Normativa

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.