Marca "Empresa Comprometida con la Seguridad y Salud Laboral" (código 414)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

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012 y 968 362 000

Objeto

Obtener la autorización administrativa, otorgada por la Dirección General de Relaciones Laborales y Economía Social, para utilizar la marca "Empresa Comprometida con la Seguridad y Salud Laboral", por las empresas con centro de trabajo en la Región de Murcia, que tengan integrada la prevención de riesgos laborales en sus actividades de gestión y que manifiesten una especial preocupación por preservar la integridad de los trabajadores a su servicio.

En cuanto a los plazos de presentación, este es un procedimiento abierto permanentemente.

Destinatarios

Empresas y otras Entidades.

Empresas cuyo domicilio social se encuentre en la Región de Murcia o que tengan un centro de trabajo en esta Comunidad Autónoma. En este caso, sólo podrán utilizar la marca en ese centro de trabajo.

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Continuo

Plazo de Presentación

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE EMPLEO, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDADES
DIRECCIÓN GENERAL DE DIÁLOGO SOCIAL Y BIENESTAR LABORAL (A14028266)

Requisitos de solicitud o iniciación

a) Tener integrada la prevención de riesgos laborales en el sistema general de gestión de la empresa, tanto en el conjunto de actividades, como en todos sus niveles jerárquicos. Dicha circunstancia se acreditará mediante certificación de su sistema de gestión de seguridad y salud, con arreglo al estándar OHSAS 18001, por entidad acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), para el sector de actividad de la empresa.

b) Acreditar una tasa de siniestralidad, relativa al año precedente a la solicitud, que sea inferior a la del promedio del sector de actividad [el cual se determinará conforme a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas CNAE 2009 (R. D. 475/2007 de 13 de abril), por tres dígitos].

c) No haber sido objeto de sanción por infracción muy grave, en materia de prevención de riesgos laborales, y con carácter firme, durante los tres últimos años, referidos al momento de la solicitud.

d) No haber tenido ningún accidente en jornada de trabajo, grave o mortal, durante los tres últimos años, referidos al momento de la solicitud. Para su consideración, en los referidos accidentes deberá haber mediado una presunta responsabilidad de la empresa (acreditada mediante el inicio del correspondiente procedimiento sancionador).

e) No haber sido objeto de sanción firme por infracción muy grave en materia de seguridad industrial (artículo 31.1 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria), durante los últimos tres años, referidos al momento de la solicitud.

f) Tener establecido un protocolo para la prevención del acoso laboral, consensuado con la representación de los trabajadores de la empresa.

g) Haber implantado un plan de movilidad y seguridad vial, como medida para prevenir los accidentes laborales de tráfico.

h) Acreditar el cumplimiento de la obligación de dar participación a los trabajadores a través del Comité de Seguridad y Salud Laboral o, en caso de no tener obligación de constituirlo, a través de los delegados de prevención. En caso de no disponer de esta figura, este requisito se entenderá cumplido con la acreditación de haber informado a sus trabajadores de los riesgos que conlleva su actividad profesional, para su seguridad y salud laboral, así como de las medidas y actividades de protección aplicables.

Requisitos posteriores

a) Disponer, en todo momento, de una certificación de su sistema de gestión de seguridad y salud, con arreglo al estándar OHSAS 18001, emitido por entidad acreditada por la ENAC, para el sector de actividad de la empresa, que no haya expirado.

b) Tener una tasa de siniestralidad, a la fecha de vencimiento de cada uno de los años en cuestión, que sea inferior a la del promedio del sector de actividad.

c) No haber sido objeto de sanción por infracción grave o muy grave, en materia de prevención de riesgos laborales, y con carácter firme, desde la autorización del uso de la marca.

d) No haber tenido ningún accidente en jornada de trabajo, grave o mortal, desde la autorización del uso de la marca, que hubiera derivado en la imposición de una sanción firme por infracción en materia de prevención de riesgos laborales.

e) No haber sido objeto de sanción firme por infracción muy grave, en materia de seguridad industrial, desde la autorización del uso de la marca.

f) Mantener la aplicación del protocolo para la prevención del acoso laboral.

g) Continuar con la implantación del plan de movilidad y seguridad vial.

h) Acreditar la realización de reuniones trimestrales del Comité de Seguridad y Salud o con el o los delegados de prevención según proceda. De no disponer de estas figuras, deberá acreditar que informa debidamente a sus trabajadores de los riesgos que conlleva su actividad profesional, para su seguridad y salud laboral, así como de las medidas y actividades de protección aplicables.

  • Certificación de alta/baja en IAE.
    (Obligatorio / Original)

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Presentación de solicitud de inicio

    Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DIALOGO SOCIAL Y BIEN.LABORAL

Plazo de resolución: 0

Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER

Información adicional sobre recursos

Contra las resoluciones que se dicten por la Dirección General de Relaciones laborales y Economía Social, se podrá interponer Recurso de Alzada ante el Consejero de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación deaquellas.

Normativa

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.