Inspección de comercio interior (código 3258)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Objeto
Controlar el mercado: verificando el cumplimiento de las obligaciones y deberes impuestos a los comerciantes por la legislación vigente.
Investigación de mercado: Para la obtención de información y datos que permitan conocer y realizar estudios de mercado y determinar sectores de los que pudieran derivar perjuicios para el mercado y sus agentes y también en relación con las posibles situaciones atentatorias a la libre competencia.
Asesoramiento e información a los agentes del mercado: Favoreciendo el cumplimiento de la normativa vigente y la extensión de las buenas prácticas comerciales que redunden en beneficio del comercio.
Comprobación de la aplicación de las ayudas de los programas presupuestarios de la Dirección General competente en materia de comercio.
Tramitación de los expedientes sancionadores derivados de actividades de inspección, vigilancia y control de esta Dirección General.
Plazo de prescripción de las infracciones: Las leves a los 6 meses, las graves a los 2 años, y las muy graves a los 3 años.
Destinatarios
Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.
Comerciantes
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Continuo
Plazo de Presentación
Abierto
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCÍA
DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO, CONSUMO Y ARTESANÍA (A14028273)
Requisitos de solicitud o iniciación
Adecuación de los comerciantes, sus establecimientos comerciales y sus actividades, a las obligaciones impuestas por la normativa de comercio interior.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL COMERCIO,CONSUMO Y ARTESANIA
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio.
Información adicional sobre recursos
El procedimiento inspector puede llevar aparejado el inicio del procedimiento sa
ncionador, por la constatación de aquellas conductas tipificadas como infraccion
es en la legislación de comercio interior, contra cuyas resoluciones podrán inte
rponerse los correspondientes recursos.