Inspección de comercio interior (código 3258)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000

Objeto

Controlar el mercado: verificando el cumplimiento de las obligaciones y deberes impuestos a los comerciantes por la legislación vigente.

Investigación de mercado: Para la obtención de información y datos que permitan conocer y realizar estudios de mercado y determinar sectores de los que pudieran derivar perjuicios para el mercado y sus agentes y también en relación con las posibles situaciones atentatorias a la libre competencia.

Asesoramiento e información a los agentes del mercado: Favoreciendo el cumplimiento de la normativa vigente y la extensión de las buenas prácticas comerciales que redunden en beneficio del comercio.

Comprobación de la aplicación de las ayudas de los programas presupuestarios de la Dirección General competente en materia de comercio.

Tramitación de los expedientes sancionadores derivados de actividades de inspección, vigilancia y control de esta Dirección General.

Plazo de prescripción de las infracciones: Las leves a los 6 meses, las graves a los 2 años, y las muy graves a los 3 años.

Destinatarios

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Comerciantes

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Continuo

Plazo de Presentación

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCÍA
DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO, CONSUMO Y ARTESANÍA (A14028273)

Requisitos de solicitud o iniciación

Adecuación de los comerciantes, sus establecimientos comerciales y sus actividades, a las obligaciones impuestas por la normativa de comercio interior.

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio

Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL COMERCIO,CONSUMO Y ARTESANIA

Plazo de resolución: 6 Mes/es

Efectos del silencio.

Información adicional sobre recursos

El procedimiento inspector puede llevar aparejado el inicio del procedimiento sa
ncionador, por la constatación de aquellas conductas tipificadas como infraccion
es en la legislación de comercio interior, contra cuyas resoluciones podrán inte
rponerse los correspondientes recursos.

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.