Inscripción de puesta en servicio de ascensores
Inscripción de puesta en servicio de ascensores
Requisitos
El titular del ascensor, o persona que actúa en su cuenta, a efectos de la puesta en servicio, tal como se establece en el apartado 4 de la ITC-AEM-1, aprobada por Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero, presenta en esa Dirección General:
- Ficha Técnica de la instalación. (Comprende, además, las Declaraciones de conformidad de los componentes de seguridad).
- Declaración CE de conformidad de la instalación.
- Actas de los ensayos relacionados con el control final. En el caso de ascensores de velocidad hasta 0,15 m/s, se sustituirán por copia del informe de ensayo de las pruebas estáticas y dinámicas (apartado 4.4.2 anexo I del R.D. 1644/2008).
- Copia del contrato de conservación.
- Planos de situación, ubicación en el edificio y características de instalación.
- Esquemas eléctricos de alumbrado, potencia y circuitos de seguridad.
- Otros
Documentación
- Solicitud, escrito o comunicación
- Ficha técnica de la instalación (Comprende, además, las Declaraciones de conformidad de los componentes de seguridad)
- Declaración CE de conformidad de la instalación
- Actas de los ensayos relacionados con el control final. En el caso de ascensores de velocidad hasta 0,15 m/s, se sustituirán por copia del informe de ensayo de las pruebas estáticas y dinámicas (apartado 4.4.2 anexo I del RD 1644/2008)
- Copia del contrato de conservación
- Planos de situación, ubicación en el edificio y características de instalación
- Esquemas eléctricos de alumbrado, potencia y circuitos de seguridad
- Otros
Solicitud ( 59.5 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Para descargar los impresos a cumplimentar y aportar junto con su solicitud consulte el siguiente enlace
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
Para la autorización de la instalación ( Real Decreto 2135/1980, de liberalización industrial)
La administración dispone de un mes, contado desde la presentación del proyecto, para señalar o pedir aclaraciones que considere necesarias. Si transcurrido dicho plazo y el Organismo competente no hubiera realizado ninguna observación, se entenderá que no hay inconveniente para la ejecución del proyecto, sin que ello suponga, en ningún caso, la aprobación técnica del proyecto por parte de la Administración. - Plazo de resolución y notificación
El plazo máximo de resolución será de TRES MESES, teniendo la falta de resolución en plazo efectos estimatorios.
Más información
- Normativa:
Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 "Ascensores" del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, aprobado por Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre.
Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención de los mismos.
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Positivo
- Recurso que procede:
Alzada
- Observaciones:
El contenido de la información recogida en este documento tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Desarrollo Autonómico
- Órgano competente: Secretaría General Técnica
- Unidad tramitadora: Servicio de Industria
- Cargo que resuelve: Director General de Innovación, Trabajo, Industria y Comercio
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Enrique Campos Leza. Ext. 33047
- Ana Rosa Cillero Heras. Ext.35030
- Mª Pilar Urraca Fernández.Ext. 35058
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.
Calle General Urrutia 10-12, 26005, Logroño
Instituto de Educación Secundaria Batalla de Clavijo
Calle General Urrutia 4, 26005, Logroño
Centro de Día Ciudad de Arnedo de Arnedo
Avenida Polideportivo 18, 26580, Arnedo
Instituto de Educación Secundaria Ciudad de Haro
Calle El Mazo 11, 26200, Haro
Servicio de Comercio
Calle Marqués de la Ensenada 13-15, 26003, Logroño
Sección de Colocación y de Asesoramiento a Empresas
Calle Calvo Sotelo 28, 26003, Logroño
Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local
Calle Presidente Leopoldo Calvo Sotelo 8-10, 26003, Logroño
Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca
Calle Prado Viejo 62 bis, 26007, Logroño
Oficina de Atención al Ciudadano de Santo Domingo de la Calzada
Calle Sor María de Leiva 14-16, 26250, Santo Domingo de la Calzada
Instituto de Educación Secundaria Inventor Cosme García
Calle República Argentina 68, 26006, Logroño
Oficina de Empleo de Logroño
Calle Calvo Sotelo 27, 26003, Logroño
Sección de Coordinación y Promoción Deportiva
Calle Muro de Francisco de la Mata 8, 26005, Logroño