Informe de puesta en funcionamiento de una captación, conducción, estación de tratamiento agua potable, red de abastecimiento o depósito (código 6308)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Objeto
Emitir el informe sanitario de puesta en funcionamiento de una captación, conducción, estación de tratamiento de agua potable, red de abastecimiento (con una longitud superior a 500 metros) o depósito.
Se realizará visita de inspección para comprobar los requisitos sanitarios de la infraestructura.
En acta de inspección se recogerán las deficiencias encontradas o la ausencia de ellas. Indicándose en el acta, si procede, la puesta en funcionamiento de la infraestructura condicionado a los resultados analíticos solicitados.
Si la documentación aportada es correcta, el acta es favorable y los resultados analíticos tras el seguimiento cumplen el anexo I y anexo X del R. D. 140/2003, se procederá a emitir el informe sanitario de puesta en funcionamiento.
En la Carta de servicios de la Dirección General de Salud Pública y Drogodependencias figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:
3. Los procedimientos solicitados incluidos en la guía de servicios serán resueltos y comunicados al interesado en un plazo inferior del 10% del que tengan legalmente establecido en el 100 % de los casos.
Destinatarios
Empresas y otras Entidades y Administración.
Titulares o gestores de las infraestructuras hidráulicas
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Continuo
Plazo de Presentación
Abierto
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE SALUD
DIRECCION GENERAL SALUD PUBLICA Y ADICCIONES (A14013905)
Requisitos de solicitud o iniciación
Disponer del informe sanitario favorable al proyecto técnico de construcción o remodelación de infraestructuras de captación, trasporte, tratamiento, almacenamiento y distribución del agua destinada al consumo humano.
informe de puesta en funcionamiento infraestructura hidráulica
- Documento fin de obra
(Obligatorio / Original)
Que certifique que la obra ejecutada se ajusta al proyecto informado favorablemente. - Justificante del pago de la tasa
(No obligatorio / Original) - Documentación acreditativa
(No obligatorio / Original)
-Sobre idoneidad sanitaria de los materiales en contacto con el agua. -Sobre cumplimiento normativo de los productos utilizados en el tratamiento de desinfección del agua de consumo humano (PT5)-Sobre cumplimiento normativo de las sustancias utilizadas en el tratamiento del agua de consumo humano (REACH y CLP) - Certificación de Cumplimiento de Especificaciones Técnicas.
(Obligatorio / No original)
Que acredite su estanqueidad. - Certificado de limpieza y desinfección
(No obligatorio / Original)
Que acredite la limpieza y desinfección de la infraestructura. Puede presentarse en le momento de realizar la solicitud o en la visita de inspección.
Modelos e información para solicitudes
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- informe de puesta en funcionamiento infraestructura hidráulica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
-
T010.. Tasa General de la Administración
H00005 - Emisión de informes de carácter técnico
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Normativa
- Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.
- Real Decreto 314/2016, de 29 de julio, por el que se modifican el Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano, el Real Decreto 1798/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula la explotación y comercialización de aguas minerales naturales y aguas de manantial envasadas para consumo humano, y el Real Decreto 1799/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula el proceso de elaboración y comercialización de aguas preparadas envasadas para el consumo humano.
- Real Decreto 902/2018, de 20 de julio, por el que se modifican el Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano, y las especificaciones de los métodos de análisis del Real Decreto 1798/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula la explotación y comercialización de aguas minerales naturales y aguas de manantial envasadas para consumo humano, y del Real Decreto 1799/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula el proceso de elaboración y comercialización de aguas preparadas envasadas para el consumo humano.