Exención de evaluación a los alumnos con necesidades educativas especiales en Bachillerato LOGSE.
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¿Qué se puede solicitar?
Nombre del trámite
Exención de evaluación a los alumnos con necesidades educativas especiales en Bachillerato LOGSE.
Objeto del trámite
Exención de evaluación a los alumnos con necesidades educativas especiales en Bachillerato LOGSE.
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¿Cuándo solicitarlo?
Plazo de presentación
En cualquier momento antes del proceso de evaluación final de cada curso académico.
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¿Dónde dirigirse?
Presencial
En el centro docente donde cursa los estudios.
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¿Qué documentación se debe presentar?
- Impreso de solicitud del alumno o sus padres o tutores legales dirigida al director general de Enseñanza.
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¿Cómo se tramita?
Pasos
- Presentación de la solicitud en el centro.
- Incorporación de los informes que el centro (tutor y/o Departamento de Orientación) estime oportunos.
- Remisión a la Dirección Territorial de Cultura, Educación y Deporte para el informe de la Inspección Educativa.
- Remisión del expediente a la Dirección General de Enseñanza.
- Estudio del expediente, propuesta de resolución y resolución del director general de Enseñanza.
- Remisión de la resolución al centro docente, al interesado y a la Dirección Territorial de Cultura, Educación y Deporte.Recursos que proceden contra la resolución
Los previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27/11/92) y la nueva redacción dada a su articulado por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14/01/99).
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Información complementaria
En casos excepcionales este procedimiento se aplica a alumnos con problemas graves de audición, visión o motricidad durante la ESO, cuando la gravedad de sus dificultades aconseja no proseguir con adaptaciones curriculares por afectar al nivel básico de los contenidos exigidos.
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Fuentes jurídicas y/o documentales
Normativa
- Decreto 39/1998, de 31 de marzo, del Gobierno Valenciano, de ordenación de la educación para la atención del alumnado con necesidades educativas especiales (DOGV nº 3224, de 17/04/98).
- Orden de 17 de enero de 1995, de la Conselleria de Educación y Ciencia, sobre evaluación en Bachillerato (DOGV nº 2460, de 1/03/95).Lista de normativa
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
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Tel. 961925700
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Tel. 961209322
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Tel. 963108802
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Calle C/ en Bou, 9 - 11 9, 46001, Valencia
Tel. 963131000
Intervención Delegada en Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas
Calle C/ Castán Tobeñas,77. Ciudad Administrativa 9 de Octubre-Torre 4 77, 46018, Valencia
Tel. 961209003
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