Declaración Responsable para la inscripción o renovación voluntaria en el Registro Artesano (Individual y Empresa) de la Región de Murcia (código 1767)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Objeto
Inscribir o renovar en el Registro Artesano de la Región de Murcia, de carácter público, a artesanos individuales o empresas artesanas no individuales.
Destinatarios
Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.
Artesanos Individuales y Empresas Artesanas no individuales
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Continuo
Plazo de Presentación
AbiertoArtículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015 del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCÍA
DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO, CONSUMO Y ARTESANÍA (A14028273)
Requisitos de solicitud o iniciación
Para los autónomos:
- Estar el artesano empadronado, con una antelación mínima de un año, como residente en algunos de los municipios de la Región de Murcia.
- Estar ejerciendo como artesano en la Región de Murcia por un período mínimo de un año, en el oficio para el que se solicita la inscripción.
- Que dicho oficio esté incluido en el Repertorio de Artesanía Regional.
Para empresas:
- Que la empresa esté ubicada en la Región de Murcia.
- Que la actividad de la empresa esté incluida en el Repertorio de Oficios Artesanos de la Región de Murcia.
Requisitos posteriores
Documentación para la renovación:
Documentación que haya sufrido una variación significativa.
- Fotografía
(Obligatorio / Original)
o Catálogos que ilustran claramente el/los producto/s que realiza. - Memoria
(Obligatorio / Original)
de las materias primas y proceso productivo, adjuntando fotografías. - Certificación de alta/baja en IAE.
(Obligatorio / Original) - Certificado de la inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual
(Obligatorio / Original)
Inscripción en el Registro General Sanitario de Alimentos de los artesanos de la sección de Artesanía de Bienes de Consumo (Alimentación) y/o en el Registro deIndustrias Agrarias, para los confiteros y panaderos en el caso en que vendan fuera de su establecimiento. - Proyecto Técnico
(Obligatorio / Original)
o receta tradicional o innovadora sobre el proceso artesano, indicando los ingredientes y condimentos, así como el proceso natural de elaboración, para los artesanos de la sección de Artesanía de Bienes de Consumo (Alimentación) - Licencia de actividad
(Obligatorio / Original)
si procede. - Escritura pública
(Obligatorio / Original)
de constitución con estatutos debidamente inscritos en el Registro correspondiente, para las empresas artesanas. - Boletín de cotización abonado por la Empresa a la Seguridad Social
(Obligatorio / Original)
Copia del último recibo (TC-1 y TC-2) - Acreditación
(Obligatorio / Original)
del Representante Legal o Acreditación de la Representación. - Documento de identidad: NIF
(Obligatorio / Original)
del artesano individual o empresa artesana y del/de la representante legal. - Certificado
(Obligatorio / Original)
de inocuidad los productos para la salud, expedido por la D. G. de Farmacia y Productos Sanitarios del Ministerio de Sanidad y Consumo;para los artesanos en eloficio de elaborador de cosméticos naturales, perfumista y herborista. - Certificado
(Obligatorio / Original)
de empadronamiento (antelación mínima de un año como residente en alguno de losmunicipios de la Región de Murcia), estar ejerciendo como artesano un mínimo deun año en el oficio por el que solicita inscripción e informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social,para los autónomos. - Certificado
(Obligatorio / Original)
reglamentario de seguridad de los productos para su puesta en el mercado. - Escritura
(No obligatorio / No original)
de constitución con estatutos debidamente inscritos en el Registro correspondiente, para las empresas artesanas. - Memoria descriptiva
(No obligatorio / No original)
de las materias primas y proceso productivo, adjuntando fotografías. - Certificación
(No obligatorio / No original)
de empadronamiento (antelación mínima de un año como residente en alguno de losmunicipios de la Región de Murcia), estar ejerciendo como artesano un mínimo deun año en el oficio por el que solicita inscripción e informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social,para los autónomos. - Proyecto
(No obligatorio / No original)
o receta tradicional o innovadora sobre el proceso artesano, indicando los ingredientes y condimentos, así como el proceso natural de elaboración, para los artesanos de la sección de Artesanía de Bienes de Consumo (Alimentación) - Licencia municipal de apertura
(No obligatorio / No original)
si procede. - Acreditación de la inscripción de la Entidad en el Registro legal correspondiente
(No obligatorio / No original)
Inscripción en el Registro General Sanitario de Alimentos de los artesanos de la sección de Artesanía de Bienes de Consumo (Alimentación) y/o en el Registro deIndustrias Agrarias, para los confiteros y panaderos en el caso en que vendan fuera de su establecimiento. - Fotografías donde se pretenda actuar
(No obligatorio / No original)
o Catálogos que ilustran claramente el/los producto/s que realiza. - Certificación e Informe favorable
(No obligatorio / No original)
de inocuidad los productos para la salud, expedido por la D. G. de Farmacia y Productos Sanitarios del Ministerio de Sanidad y Consumo;para los artesanos en eloficio de elaborador de cosméticos naturales, perfumista y herborista.
- Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
- Consultar los datos de situación de alta laboral (*)
- Consulta de Datos Catastrales (*)
- Descriptiva y Grafica del catastro (*)
- Consulta de Certificación de Titularidad del Catastro (*)
- Consulta de Datos de Identidad (*)
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Modelos e información para solicitudes
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Presentación de solicitud de inicio
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Solicitar Presencialmente
- Cumplimentación manual
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
Modelos para solicitudes
Lugares presentación
- Entidades establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 y Oficinas de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL COMERCIO,CONSUMO Y ARTESANIA
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI |
Normativa
- Orden de 4 de octubre de 2005 por la que se modifica la Orden de 15 de septiembre de 2004, de la Consejería de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se dispone la actualización del repertorio de Artesanía Regional, así como la definición y descripción de cada uno de los oficios del repertorio.
- Orden de 15 de septiembre de 2004, de la Consejería de Turismo, Comercio y Consumo por la que se dispone la actualización del Repertorio de Artesanía Regional, así como la definición y descripción de cada uno de los oficios del repertorio.
- Orden de 25 de enero de 2008 de la Consejería de Economía, Empresa e Innovación, por la que se regula la denominación "Artesanía de la Región de Murcia".
- Orden de 28 de abril de 2010 de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación, por la que se modifica la Orden de 25 de enero de 2008, que regula la denominación ?Artesanía de la Región de Murcia?.
- Decreto n.º 101/2002, de 14 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Desarrollo de la Ley de Artesanía.
- Ley 1/2014, de 13 de marzo, de Artesanía de la Región de Murcia.
- Ley 9/2015, de 24 de marzo, de modificación de la Ley 1/2014, de 13 de marzo, de Artesanía de la Región de Murcia.
En esta página
- Objeto
- Destinatarios
- Tramitación inmediata
- Periodicidad
- Plazo de Presentación
- Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
- Requisitos de solicitud o iniciación
- Requisitos posteriores
- Modelos e información para solicitudes
- Solicitar Electrónicamente.
- Solicitar Presencialmente
- Resolución
- Recursos
- Normativa
- Trámites relacionados