Declaración de la existencia de la plaga virus del rizado del Tomate Nueva Delhi y las medidas fitosanitarias obligatorias para combatirla (código 466)
Información Básica
Requisitos
Documentación
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012 y 968 362 000
Objeto
Adoptar medidas fitosanitarias obligatorias adecuadas para minimizar los efectos virus del rizado del tomate Nueva Delhi (Tomato Leaf Curl New Delhi Virus. ToLCNDV), evitar su propagación y reducir la población de insectos vectores de esta virosis.
La Orden de 7 de febrero de 2014, de la Consejería de Agricultura y Agua tiene por objeto declarar la existencia del «virus del rizado del tomate Nueva Delhi (Tomato Leaf Curl New Delhi Virus. ToLCNDV)» en todo el territorio de la Comunidad Autónoma y la adopción de medidas fitosanitarias obligatorias adecuadas para minimizar sus efectos, evitar su propagación y reducir la población de insectos vectores de esta virosis.
Destinatarios
Empresas y otras Entidades y Administración.
Titulares de las explotaciones agrícolas o de otras superficies con cubierta vegetal.
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Continuo
Plazo de Presentación
Abierto
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA, GANADERA Y DEL MEDIO MARINO (A14028782)
Requisitos de solicitud o iniciación
Las medidas fitosanitarias obligatorias establecidas en la presente Orden se aplicaran en las plantaciones de especies hospedantes al virus del rizado del tomate Nueva Delhi (Tomato leaf curl New Delhi virus. ToLCNDV), tanto de cucurbitáceas especialmente calabacín, calabaza, melón, sandia y pepino, como de solanáceas especialmente tomate, pimiento, berenjena y patata infectadas por la referida virosis, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Modelos e información para solicitudes
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Presentación de solicitud de inicio
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL PROD.AGRIC.GANAD Y MED. MARINO
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. De oficio: Caducidad
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A. |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |