Concesión Etiqueta Ecológica Europea (código 1697)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Objeto
Conceder la Etiqueta Ecológica Europea a los bienes y servicios que tienen repercusión en el medio ambiente durante todo su ciclo de vida (excepto medicamentos y productos sanitarios).
Destinatarios
Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.
Consumidores, fabricantes, productores, mayoristas, proveedores de servicios, responsables de la adjudicación de contratos públicos, comerciantes, minoristas y el público en general. (Artículo 3, del Real Decreto 234/2013, de 5 de abril)
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Continuo
Plazo de Presentación
Abierto
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO AMBIENTE (A14028280)
Requisitos de solicitud o iniciación
Los establecidos en las correspondientes Decisiones Europeas para cada tipología de producto. Las decisiones europeas están disponibles en el siguiente enlace europeo: http://ec.europa.eu/environment/ecolabel/
Concesión Etiqueta Ecológica Europea
- Declaración responsable
(Obligatorio / Original)
Declaración responsable de que el producto o servicio va a ser destinado a la distribución, el consumo o la utilización en cualquier Estado miembro de la Unión Europea. - Declaración responsable
(Obligatorio / Original)
Declaración responsable de que no existe procedimiento de concesión de la etiqueta ecológica en curso sobre el mismo producto o servicio. - Declaración responsable
(Obligatorio / Original)
Declaración responsable de que no existe sanción grave o muy grave firme por incumplimiento de la normativa medioambiental. - Informe
(Obligatorio / Original)
Informes de ensayo: En caso de que los criterios ecológicos requieran la realización de comprobación o ensayos, informe del laboratorio de ensayo acreditado por ENAC demostrativo del cumplimiento de los criterios ecológicos formulados por la Comisión Europea para la categoría de productos pertinente. - Memoria
(Obligatorio / Original)
Memoria acreditativa de cumplimiento de criterios ecológicos: Memoria que incluya la explicación y justificación del cumplimiento de cada uno de los criterios ecológicos establecidos en la Decisión europea correspondiente para cada categoría de servicios o productos, y que incorpore la acreditación de los requisitos de evaluación y comprobación que resulten aplicables. - Certificado
(Obligatorio / Original)
Certificado del alcance de la acreditación del laboratorio: En caso de ser necesario, Certificado del alcance de la acreditación del laboratorio que ha efectuado los ensayos de cumplimiento de los criterios ecológicos, según la norma ISO 17025 u otra norma equivalente. - Documentación acreditativa
(Obligatorio / Original)
Documentación acreditativa de que la actividad se viene desarrollando conforme a lo establecido en la normativa vigente (Licencia de apertura, Comunicación previa, Autorización Ambiental Integrada, etc.). En caso de estar inscrita en el registro EMAS bastará con la declaración expresa de esta situación. - Documentación acreditativa
(Obligatorio / Original)
Documento acreditativo del pago de la tasa correspondiente por la solicitud de la etiqueta ecológica.
Modelos e información para solicitudes
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Concesión Etiqueta Ecológica Europea
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Solicitar Presencialmente
- Cumplimentación manual
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
-
T230. Tasa por actuaciones relativas a la etiqueta ecológica.
H00001 - Concesión, renovación o modif. Sust. Etiqueta Ecológica.
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE MEDIO AMBIENTE
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A. |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Normativa
- Real Decreto 234/2013, de 5 de abril, por el que se establecen normas para la aplicación del Reglamento (CE) n.º 66/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la etiqueta ecológica de la Unión Europea.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Reglamento (CE) nº 66/2010 del Parlamento europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2009 relativo a la etiqueta ecológica de la UE.