Ayudas por paralización definitiva de buques pesqueros

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Convocatoria cerrada.

Información general

Unidad orgánica responsable

Teléfonos de Información

012 desde la Región de Murcia

968 362 000

  • Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
    • Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente
      • Dirección General de Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura

Código y denominación

1866 - Ayudas por paralización definitiva de buques pesqueros

Objeto

Conceder ayuda por paralización definitiva de buques pesqueros.

Destinatarios

Ciudadanía y Empresas.

Documentación

Solicitud según modelo normalizado


La solicitud del interesado se presentará por duplicado.

Certificado de Capitanía de Puerto acreditativo de haber realizado la actividad pesquera al menos 75 días de marea durante cada uno de los periodos de doce meses anteriores a la fecha de la solicitud.

Hoja de Asiento del buque actualizada, completa, literal y certificada en todas sus páginas, expedida para paralización definitiva.

Certificación de registro mercantil en la que conste la titularidad del buque y la carencia de cargas y gravámenes.

Cuando sean varios los propietarios, poder notarial a favor de cada uno de ellos.

Compromiso de suprimir toda actividad pesquera, hundimiento o desguace, que deberá realizarse en el plazo de seis meses a partir de la resolución del expediente, prorrogables por otros tres meses en casos de fuerza mayor.

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