Ayudas al fomento de la contratación de mayores de 45 años desempleados (Programa Cheque Senior)
Concesión de las subvenciones relativas al programa de fomento del empleo para mayores de 45 años denominado Programa Cheque Sénior, con el fin de favorecer la contratación de estas personas mayores de 45 años y fomentar su incorporación al mercado de trabajo, incentivando a la empresa.
Requisitos
Beneficiarios
- Podrán solicitar y ser beneficiarios de las ayudas previstas en la presente norma las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, los autónomos, las comunidades de bienes y las entidades privadas sin ánimo de lucro que realicen una actividad económica.
- Todas ellas deberán tener ubicado en la Comunidad Autónoma de La Rioja el centro de trabajo en el que vaya a desarrollarse el puesto de trabajo objeto de subvención.
- Así mismo, deberán cumplir en el momento de la solicitud los requisitos previstos en el artículo 13 del Decreto 14/2006, de 26 de febrero, y los previstos en la presente orden.
Conceptos subvencionables
- Las subvenciones se destinarán a la contratación de desempleados mayores de 45 años inscritos en las oficinas de empleo de la Comunidad Autónoma de La Rioja que deberán haberse incorporado al Programa Cheque Sénior conforme a lo dispuesto en los artículos 6 y 7 de la presente orden.
- La cuantía anual de la subvención se determinará en función del grupo de cotización en el que resulte encuadrado el trabajador conforme a lo dispuesto en el Anexo I.
- Cuando los contratos se concierten a tiempo parcial, la citada cuantía máxima se reducirá proporcionalmente en función de la jornada realizada.
Requisitos para la contratación de los trabajadores
Los trabajadores por cuya contratación se solicite subvención deberán haberse incorporado al Programa Cheque Sénior, manteniendo las condiciones iniciales en el momento de ser contratados.
Podrán incorporarse al Programa Cheque Sénior todos aquellos desempleados mayores de 45 años en los que concurran las siguientes circunstancias, referidas al momento de solicitar su adscripción:
- Tener más de 45 años en el momento de solicitar su incorporación al Programa Cheque Sénior.
- Estar desempleado e inscrito en las oficinas de empleo de la Comunidad Autónoma de La Rioja durante los 6 meses inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
- Estar empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja durante los 365 días previos a la solicitud.
Documentación
- Solicitud, escrito o comunicación
La solicitud de subvención incluirá los siguientes puntos:
- Datos identificativos del solicitante.
- Datos del trabajador que se va a contratar (incluido en el Programa Cheque Sénior).
- Grupo de cotización en el que se encuadrará al trabajador y Código Nacional de Ocupación (CNO) con el que se formalizará el contrato de trabajo.
- Fecha prevista de contratación.
- Tiempo de duración del contrato para cuya financiación se solicita la subvención, haciendo mención a la jornada de trabajo o porcentaje de la misma en el caso de ser a tiempo parcial.
Si, conforme a lo dispuesto en el artículo 12 de la Orden reguladora, hubiese un contrato formalizado con un desempleado que estuviera ya incorporado al Programa Cheque Señor en el momento de presentar la solicitud de subvención, esta deberá presentarse en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente a la formalización del contrato.
La participación en el Programa Cheque Señor se acreditará con un certificado de inclusión en el mismo, que se podrá aportar junto con la solicitud de subvención. En este caso su aportación sustituirá a la información requerida en las letras b, c, d, y e de este apartado.
La solicitud deberá acompañarse de original y copia de la siguiente documentación
- NIF del solicitante.
- Poder de representación y DNI/NIE del representante, en el caso de personas jurídicas.
- DNI/NIE de la persona contratada.
- En el supuesto de que se haya formalizado, contrato de trabajo por el que se solicita la subvención, debidamente registrado y alta en la Seguridad Social del trabajador.
- Ficha de alta de terceros, salvo que ya se encuentre en poder de la Tesorería General de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Autorización, en su caso, a la Dirección General con competencia en materia de empleo, para solicitar y obtener de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de la Tesorería de la Seguridad Social y de la Dirección General de Tributos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, los correspondientes certificados acreditativos de que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias estatales y autonómicas, y demás recursos de naturaleza pública cuya recaudación corresponda a la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como de las que correspondan con la Seguridad Social. De acuerdo con el apartado 4 del artículo 23 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, la presentación de la solicitud lleva implícita la autorización a la Dirección General competente para recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, por la Tesorería General de la Seguridad Social y por la Dirección General de Tributos de la Consejería de Administración Pública y Hacienda.
- Autorización, a la Dirección General con competencia en materia de empleo, para consultar los datos necesarios tanto para la justificación de la subvención como para la obtención de la información que obre ya en poder de la Administración y pueda ser accesible de forma telemática, por los sistemas de aplicaciones informáticas y redes para las administraciones que existan o se establezcan.
La presentación de originales requeridos en las letras a, b, c y d del apartado anterior podrá ser sustituida por una declaración responsable.
Modelo de solicitud. Anexo III ( 991.1 Kb)
Ficha de terceros ( 105.7 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Justificación y solicitud de abono. Anexo IV ( 126 Kb)
Solicitud Incorporación Programa Cheque Senior ( 127.5 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Declaración Jurada de cumplimiento de requisitos del trabajador ( 80 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
- Plazo de resolución y notificación
El plazo máximo para dictar resolución y notificarla será de seis meses desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro del órgano competente. Transcurrido el plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución expresa, el interado podrá entender desestimada la solicitud presentada.
Más información
- Otros Impresos
- Normativa:
Orden 19/2016, de 27 de diciembre, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas al fomento de la contratación de mayores de 45 años (Programa Cheque Sénior) desempleados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Negativo
- Recurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Educación y Cultura
- Órgano competente: Dirección General de Formación Profesional y Empleo
- Unidad tramitadora: Servicio de Políticas Activas para el Empleo
- Cargo que resuelve: Consejero/a
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Félix Hurtado de Mendoza Martínez
- Sergio Jimenez Diaz
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
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