Autorización para impartir cursos para la obtención del carné de cuidador de piscinas de uso público

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

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012 y 968 362 000

Objeto

Operaciones que se pueden realizar :

1º.-Autorizar o renovar la autorización a las entidades interesadas en impartir cursos para la obtención o renovación del carné de cuidador de piscinas de uso público

2º.- Autorizar a nuevos profesores.

3º.-Solicitar modificación respecto a las condiciones con las que se concedió la autorización para impartir cursos.

La autorización para impartir programas de formación de mantenimiento de piscinas de uso colectivo deberá ser renovada cada cuatro años.

Las entidades estarán obligadas a comunicar a la Dirección General de Salud Pública, con una antelación de al menos 15 días, la programación de los cursos que vayan a impartir, especificando fechas, horario, lugar de impartición y relación de asistentes, así como el lugar, fecha y hora del examen.

El titular de la entidad y el director del curso serán los responsables de mantener las condiciones que dieron lugar a la autorización. Cualquier modificación deberá solicitarse a la Dirección General de Salud Pública y Adicciones.

En caso de cese de la actividad el titular de la entidad y/o director del curso deberá comunicarlo a la Dirección General de Salud Pública y Adicciones.

En la Carta de servicios de la Dirección General de Salud Pública y Drogodependencias figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:
“3. Los procedimientos solicitados incluidos en la guía de servicios serán resueltos y comunicados al interesado en un plazo inferior del 10% del que tengan legalmente establecido en el 100 % de los casos”.

Destinatarios

Empresas y otras Entidades y Administración.

Centros docentes de carácter público o privado, organizaciones, asociaciones profesionales y administraciones públicas que deseen impartir cursos para la obtención o renovación del carné de cuidador de piscinas de uso público.

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Continuo

Plazo de Presentación

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE SALUD
DIRECCION GENERAL SALUD PUBLICA Y ADICCIONES (A14013905)

Requisitos de solicitud o iniciación

a.-Disponer de local y de material pedagógico, audiovisual, y de prácticas adecuado.

b.-Contar con profesorado, con titulación académica relacionada con la materia a impartir de la que al menos una, debe pertenecer al ámbito de ciencias de la salud, y otra a las ingenierías (industrial o química) o licenciatura en químicas y experiencia profesional o docente en la materia.

c.-Justificante de haber abonado la tasa correspondiente.

Requisitos posteriores

Una vez autorizada la entidad, cada vez que quiera impartir una nueva edición del curso; sin modificación respecto a la autorización inicial, deberá comunicarlo a la Dirección General de salud Pública y Adicciones. Con al menos quince días al inicio del curso, y tres meses si pretende realizar alguna modificación.

Autorización o renovación de autorización para impartir cursos para la obtención o renovación del carné de cuidador de piscinas de uso público

  • Certificación de título universitario (Universidad de Murcia)
    (No obligatorio / No original)
    Del profesorado propuesto.
  • Currículo (currículum)
    (Obligatorio / Original)
    Del profesorado detallando la experiencia docente y/o laboral en la materia a impartir.
  • Solicitud
    (Obligatorio / No original)
    Modelo Normalizado de solicitud de autorización o de renovación de la autorización para impartir cursos.
  • Justificante del pago de la tasa
    (Obligatorio / Original)
  • Memoria descriptiva
    (Obligatorio / Original)
    En la que se debe aportar información sobre nombre centro docente, del coordinador/director del curso, manual de curso que se va a entregar a los alumnos, guía didáctica, datos del local en donde se va a impartir, instalación que se va a visitar, normas de la convocatoria de examen, así como una batería de preguntas con al menos 10 preguntas tipo test con cuatro posibles respuestas y 2 supuestos prácticos, de cada uno de los temas de que conste el curso, con las que la entidad elabora 10 modelos de examen con 25 preguntas tipo test y 10 modelos de examen prácticos, con sus plantillas de corrección correspondientes.
  • Certificación
    (Obligatorio / Original)
    Certificaciones o titulaciones No universitarias
  • Titulaciones académicas, expedidas por CCAA distintas de la de Murcia
    (No obligatorio / No original)
    Del profesorado propuesto.
  • Programación actividad a desarrollar
    (Obligatorio / Original)
    Especificando temario, profesorado. Se dispone de modelo normalizado.
  • Certificados de Títulos No Universitarios (*)
  • Certificados de Títulos Universitarios (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

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Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL SALUD PUBLICA Y ADICCIONES

Plazo de resolución: 3 Mes/es

Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A SALUD

Normativa

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.