Autorización de ampliación voluntaria de los horarios mínimos de las oficinas de farmacia (código 1885)
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012 y 968 362 000
Objeto
Autorizar a las oficinas de farmacia la ampliación voluntaria del horario mínimo establecido
IMPORTANTE: las solicitudes de ampliación de horario de nueva autorización (no prorrogas) el plazo terminará el 31 de agosto.
Destinatarios
Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.
Farmacéuticos titulares de oficinas de farmacia y herederos legales
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Sujeto a plazos
Plazo de Presentación
Cerrado
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE SALUD
DIRECCION GENERAL PLANIFICACIÓN,INVESTIGACIÓN,FARMACIA.Y ATENCIÓN CIUDADANO (A14013902)
Requisitos de solicitud o iniciación
Acogerse a uno de los cuatro módulos establecidos legalmente.
Mantener el horario hasta el 31 de diciembre de cada año.
Disponer de medios personales suficientes para el mantenimiento del horario, esto es, al menos un farmacéutico adjunto si el horario practicado supera las 50 horas semanales o al menos dos farmacéuticos adjuntos en caso de superar las 90 horas semanales. Ello con independencia del número de farmacéuticos adjuntos con que reglamentariamente deba contar la farmacia por razón del volumen, tipo de actividad, facturación y edad del titular.
Requisitos posteriores
En el plazo de quince días desde la notificación de la Resolución que autorizará, si procede, la ampliación de horario solicitada, el titular de la oficina de farmacia tendrá la obligación de remitir copia autenticada de los contratos laborales firmados, así como de sus sucesivas modificaciones, de los farmacéuticos que haya indicado para cubrir la ampliación de horario.
Solicitud de ampliación de horario mínimo de oficina de farmacia
- Acreditación
(Obligatorio / Original)
Contratos del personal farmacéutico con que el titular de la oficina de farmacia cuenta para cubrir la ampliación de horario solicitada. Esta documentación solo será obligatoria entregarla en el plazo de quince días desde la notificaciónde la Resolución que autorizará, si procede, la ampliación de horario solicitada.? A fin de que los contratos laborales que se remitan acrediten que la oficina de farmacia cuenta con los medios personales adecuados para la prestación del servicio, se revisarán los siguientes aspectos:- Estará identificado elcontratado.- Número de horas semanales contratado. (Cubrirán todo el horario de apertura al público de la oficina de farmacia, tras sumarle las horas del titular o sustituto en su caso, que realicen el horario mínimo).- Periodo de duración de los contratos laborales. (Cubrirá el periodo solicitado de ampliación, hasta fin del año siguiente a la solicitud).? En el caso de que el personal farmacéutico contratado sea autónomo será necesario presentar:- Alta en el régimen de autónomos. (sólo para la primera vez que se comunique que es autónomo)- Último pago del recibo de autónomos.- Contrato privado y firmado entre ambas partes que acredite el número de horas semanales contratado así como el periodo de duración del contrato.SI EL PERSONAL CONTRATADO YA LO ESTUVO EL AÑO ANTERIOR Y SIGUE EN VIGENCIA EL CONTRATO ENTREGADO EN ESTA CONSEJERÍA, SÓLO SERÁ NECESARIA COMUNICACIÓN POR ESCRITO DE TAL SITUACIÓN A ESTE SERVICIO. - Documentación acreditativa
(No obligatorio / No original)
Contratos del personal farmacéutico con que el titular de la oficina de farmacia cuenta para cubrir la ampliación de horario solicitada. Esta documentación solo será obligatoria entregarla en el plazo de quince días desde la notificaciónde la Resolución que autorizará, si procede, la ampliación de horario solicitada.? A fin de que los contratos laborales que se remitan acrediten que la oficina de farmacia cuenta con los medios personales adecuados para la prestación del servicio, se revisarán los siguientes aspectos:- Estará identificado elcontratado.- Número de horas semanales contratado. (Cubrirán todo el horario de apertura al público de la oficina de farmacia, tras sumarle las horas del titular o sustituto en su caso, que realicen el horario mínimo).- Periodo de duración de los contratos laborales. (Cubrirá el periodo solicitado de ampliación, hasta fin del año siguiente a la solicitud).? En el caso de que el personal farmacéutico contratado sea autónomo será necesario presentar:- Alta en el régimen de autónomos. (sólo para la primera vez que se comunique que es autónomo)- Último pago del recibo de autónomos.- Contrato privado y firmado entre ambas partes que acredite el número de horas semanales contratado así como el periodo de duración del contrato.SI EL PERSONAL CONTRATADO YA LO ESTUVO EL AÑO ANTERIOR Y SIGUE EN VIGENCIA EL CONTRATO ENTREGADO EN ESTA CONSEJERÍA, SÓLO SERÁ NECESARIA COMUNICACIÓN POR ESCRITO DE TAL SITUACIÓN A ESTE SERVICIO.
Modelos e información para solicitudes
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Solicitar Presencialmente
- Cumplimentación manual
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL PLANIF.INVES.,FARMACIA Y A.C.
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A SALUD |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Información adicional sobre recursos
Plazo de interposición de los recursos:Si alzada un mes.Si contencios-administrativo dos meses, en ambos casos contados desde el dia siguiente a la notificación de la resolución.
Normativa
Trámites relacionados
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- Objeto
- Destinatarios
- Tramitación inmediata
- Periodicidad
- Plazo de Presentación
- Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
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- Requisitos posteriores
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