Renta garantizada de ciudadanía
Descripción
La renta garantizada de ciudadanía se configura como una prestación económica gestionada por la red pública de servicios sociales, de carácter universal, vinculada al compromiso de los destinatarios de promover de modo activo su inserción sociolaboral y cuya finalidad es prestar un apoyo económico que permita favorecer la inserción sociolaboral de las personas que carezcan de recursos suficientes para mantener su adecuado bienestar personal y familiar, atendiendo a los principios de igualdad, solidaridad, subsidiariedad y complementariedad.
La prestación se solicita en la Conselleria de Justicia y Bienestar Social que es la entidad que instruye el expediente y lo resuelve, concediendo o no la prestación.
El Ayuntamiento de Valencia colaborará en el trámite a través de sus técnicos de Servicios Sociales, y siempre previa petición de Conselleria, elaborando los informes pertinentes.
Quién lo puede solicitar
Personas que carezcan de recursos económicos suficientes para mantener un adecuado bienestar personal y familiar, cuyos ingresos no superen a la prestación económica de la Renta Garantizada de Ciudadanía que les corresponda por ley.
Requisitos
Las personas interesadas en solicitar estas ayudas deberán:
- Cumplir los requisitos establecidos en la Ley 9/2007, de 12 de marzo, de la Generalitat, de Renta Garantizada de Ciudadanía en la Comunitat Valenciana:
- Tener nacionalidad española o de cualquier Estado miembro de la Unión Europea. Así mismo, los nacionales de otros países tendrán derecho, siempre que todos los miembros de la unidad familiar acrediten su residencia legal en la Comunidad Valenciana.
- Que convivan en un hogar independiente o asimilado. Se asimila a hogar independiente la convivencia de los destinatarios/as en otro hogar, cuando estos hayan tenido que abandonar la residencia habitual por causa de violencia en el ámbito familiar o de género, fuerza mayor, tratamiento terapéutico o desahucio, aun cuando la nueva vivienda sea una residencia colectiva.
- Que se presente justificación acreditativa de haber solicitado previamente, de los organismos correspondientes, las pensiones y/o prestaciones a que tengan derecho.
- Solicitar la participación y admisión en los programas de inserción o capacitación laboral que establezcan tanto el Server como el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, cuando así lo establezca el Plan de Inserción Laboral.
- Podrán ser titulares de la prestación aquellas personas que tengan una edad igual o superior a 25 años e inferior a 65. Los menores de 25 años podrán ser titulares si acreditan tener a su cargo a otros menores de edad o discapacitados. También podrá ser titulares aquellos menores de 25 años y mayores de 18 que hayan estado sujetos al sistema de protección y al sistema judicial de reforma en la Comunitat Valenciana, que se acreditará mediante resolución administrativa o judicial.
Es incompatible con cualquier tipo de pensión o ayuda concedida por Organismo Público cuya finalidad sea atender las necesidades de subsistencia del beneficiario.
Cuándo solicitarlo
A lo largo de todo el año.
Documentación a presentar
La requerida en el impreso de solicitud de dicha prestación:
- Hoja domiciliación bancaria (impreso a tal efecto elaborado por Conselleria).
- Copia del libro de familia.
- Tarjeta de residencia para nacionales de países no comunitarios.
- Certificado de empadronamiento que acredite haber residido en la Comunidad Valenciana al menos durante 24 meses ininterrumpidos e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.
- Nómina del último mes trabajado, para autónomos declaración del IVA del último trimestre, anterior a la fecha de la solicitud.
Actuaciones a realizar por el solicitante
Presentar la solicitud ante la Dirección Territorial de Bienestar Social, avd. Barón de Carcer, 36, junto con la documentación acreditativa de reunir los requisitos indicada en la misma.
Información Complementaria
Dado que el Ayuntamiento de Valencia no tiene consideración de entidad colaboradora, la ordenación e instrucción del expediente corresponderá a la Generalitat, incluida la resolución del mismo. Igualmente la entrega y distribución de los fondos públicos.
La información sobre la prestación y su trámite puede recibirse de forma presencial a través del Centro Municipal de Servicios Sociales que por zona le corresponda al solicitante.
La Renta Garantizada de Ciudadanía se enmarca dentro de un proceso de intervención orientado a facilitar la inserción sociolaboral mediante la elaboración de un Plan Familiar de Inserción, Este Plan será elaborado por los técnicos municipales tras recibir petición del mismo de la Conselleria. Será suscrito y cumplido de modo vinculante y obligatorio por el titular y todos los beneficiarios de la unidad de convivencia. Ajustándose a las circunstancias y aptitudes de las personas y de los recursos de todo tipo disponibles. El incumplimiento de las medidas acordadas podrá suponer la suspensión de la prestación.
El Plan Familiar estará centrado tanto en aspectos sociales como a la búsqueda de empleo mediante:
- La formación, reciclaje o cualificación profesional.
- Atención adecuada de las necesidades de los menores a su cargo.
- La participación en los programas ocupacionales, de convivencia o de rehabilitación.
La prestación se concederá por periodos de uno a seis meses, pudiéndose volver a solicitar hasta que las mensualidades concedidas alcancen la cifra de treinta y seis.
El derecho a percibir estas Prestaciones estará condicionado a las disponibilidades presupuestarias de acuerdo con las dotaciones aprobadas por las Cortes Valencianas en las correspondientes Leyes de Presupuestos.
Hacer en web
Puede obtenerse más información en la página web de Bienestar Social
Atención telefónica
El número de información telefónica de Conselleria 012
Legislación
- Ley 9/2007, de 12 de marzo de la Generalitat de Renta Garantizada de Ciudadanía de la Comunitat Valenciana.
- Decreto 93/208, de 4 de julio, del Consell, por el que se desarrolla la Ley de Renta Garantizada de Ciudadanía de la Comunidad Valenciana.
- Orden de 31 de julio de 2008, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regulan las bases de convocatoria de la prestación Renta Garantizada de Ciudadanía.
- Orden 7/2012, de 20 de febrero, de la Conselleria de Justicia y Bienestar Social, por la que se modifica la Orden de 31 de julio de 2008, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regulan las bases de la convocatoria de la prestación Renta Garantizada de Ciudadanía.
Dónde dirigirse
El trámite se inicia con la presentación de la solicitud y la documentación pertinente en el Registro de Entrada de la Dirección Territorial de Bienestar Social, avd. Barón de Carcer, 36.
Oficinas de información
- CMSS BENIMACLET
- CMSS CAMPANAR
- CMSS CIUTAT VELLA
- CMSS PATRAIX
- CMSS MALVARROSA
- CMSS NAZARET
- CMSS OLIVERETA - NOU MOLES
- CMSS QUATRE CARRERES
- CMSS SALVADOR ALLENDE
- CMSS SANT MARCEL.LÍ
- CMSS TRAFALGAR
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Oficinas para presentar
- CMSS BENIMACLET
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- CMSS NAZARET
- CMSS OLIVERETA - NOU MOLES
- CMSS QUATRE CARRERES
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Oficinas de la administración
JUNTA MUNICIPAL DE TRÁNSITOS
C/ Conde Lumiares, 5, Valencia
Tel. 96.352.54.78
Horario: De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes
ALCALDÍA DE BARRIO EL PALMAR
C/ Caudete, 15, Valencia
Tel. 96.162.00.66
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX
C/. Beato Nicolás Factor, 1, Valencia
Tel. 96.352.54.78
Horario: De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
ALCALDÍA DE BARRIO EL SALER
Av. de los Pinares, 1, Valencia
Tel. 96.183.02.95
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas
ALCALDÍA DE BARRIO CARPESA
C/ Apóstol San Pedro, 21, Valencia
Tel. 96.185.71.94
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h. Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
JUNTA MUNICIPAL DE EXPOSICIÓN
C/. Guardia Civil, 19, Valencia
Tel. 96.352.54.78
Horario: De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
ALCALDÍA DE BARRIO BORBOTÓ
Pl. Moreral, 8, Valencia
Tel. 96.390.17.47
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas
ALCALDÍA DE BARRIO PINEDO
Carrera del Riu, 263, Valencia
Tel. 96.324.89.64
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
ALCALDÍA DE BARRIO CASTELLAR-OLIVERAL
C/ Comandante Franco esquina con C/ Escultor Federico Siurana, Valencia
Tel. 96.344.76.47
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.
ALCALDÍA DE BARRIO EL PERELLONET
Av. de las Gaviotas s/n, Valencia
Tel. 96.177.78.89
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - TABACALERA
Amadeo de Saboya, 11. Nave Oeste, Valencia
Tel. 96.352.54.78 - ext: 2036
Horario: De 8:30 a 14:00 de lunes a viernes
ALCALDÍA DE BARRIO LA TORRE
C/ Benidoleig s/n, Valencia
Tel. 96.396.33.17
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas