Prueba de madurez sin requisitos académicos para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores (código 79)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Objeto
Convocar una prueba de madurez, para que los aspirantes, mayores de 18 años ó 16, en el caso de música y danza; que no posean los requisitos académicos, puedan realizar el acceso a las enseñanzas artísticas superiores.
Consulte la información referente a las fechas de las pruebas de madurez en el Anexo II Calendario de actuaciones.
Destinatarios
Ciudadanía.
Mayores de 18 años ó 16, en el caso de música y danza, que no posean los requisitos académicos exigidos, con carácter general, en los artículos 54 a 57 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores.
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Plazo de Presentación
Cerrado
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA Y ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (A14028758)
Requisitos de solicitud o iniciación
Podrán realizar la prueba de madurez los aspirantes que reúnan los siguientes requisitos:
a) Ser mayor de 18 años o tener una edad mínima de 16 años si se pretende acceder a los estudios superiores de música o danza.
b) No poseer el título de Bachiller ni haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
Prueba de madurez sin requisitos académicos para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores
- Certificado
(Obligatorio / Original)
IMPORTANTE: Para formalizar la inscripción en la prueba de madurez, los interesados deberán abonar la cantidad de 19,39 euros, correspondiente a la tasa T960 establecida en la Orden de 12 de marzo de 2018 de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se publican las tarifas de las tasas y precios públicos aplicables en el año 2018 y prorrogada para el ejercicio 2019 de acuerdo al artículo 58 de la Ley 14/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2019. - Acreditación de la condición de víctima de violencia de género
(Obligatorio / Original)
(Documentación acreditativa para bonificación y exención de tasas) - Justificante del pago de la tasa
(No obligatorio / No original)
IMPORTANTE: Para formalizar la inscripción en la prueba de madurez, los interesados deberán abonar la cantidad de 19,39 euros, correspondiente a la tasa T960 establecida en la Orden de 16 de febrero de 2017 de la Consejería de Economía y Administración Pública, por la que se publican las tarifas de las tasas y precios públicos aplicables en el año 2017 y prorrogada para el ejercicio 2019 de acuerdo al artículo 58 de la Ley 14/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2019. - Certificado de víctima del terrorismo expedido por el Ministerio del Interior
(No obligatorio / No original)
Certificación Acreditativa de la condición de Víctima del terrorismo (Documentación acreditativa para bonificación y exención de tasas)
- Consulta de Datos de Identidad (*)
- Documentación obrante en el fichero de personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
- Documentación acreditativa del título de familia numerosa reconocido y expedidopor la Administración de la Comunidad Autónoma de Murcia. (*)
- Consulta de Inscripción como demandante de empleo a Fecha Concreta (*)
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Modelos e información para solicitudes
- Anexo I. Solicitud de inscripción.
- Anexo II. Calendario de actuaciones
- Anexo III. Contenidos de referencia y criterios de evaluación.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Solicitar Presencialmente
- Cumplimentación manual
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
-
T960. Pruebas en las Enseñanzas de Idiomas, Dportivas y Artísticas
H00003 - Acceso a enseñanzas artísticas superiores >19 años s/Bachill
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL EVALUAC.EDUCATIVA Y FORM.PROF.
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio.
Normativa