Programa de ayuda a la Investigación y Desarrollo Tecnológico (código 1270)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

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012 y 968 362 000

Objeto

Desarrollar por parte de las PYMES de la Región de Murcia proyectos de carácter tecnológico, en el marco de la Estrategia de Especialización Inteligente (RIS3Mur, www.carm.es/ris3), con el objetivo de establecer una clara mejora competitiva de la empresa con actuaciones de investigación industrial y desarrollo experimental.

No incluye las modificaciones habituales o periódicas efectuadas en los productos, líneas de producción, procesos de fabricación, servicios existentes y otras actividades en curso, aun cuando dichas modificaciones puedan representar mejoras.

Este programa no financiará proyectos de innovación de producto basados en tecnologías 4.0, con bajo riesgo tecnológico, que serán atendidos, en su caso, a través del Programa de “Apoyo a empresas habilitadoras de tecnologías industria 4.0 (HI40)”.

Subvención a fondo perdido:

Para actividades de investigación industrial el importe máximo de la ayuda será del 70 % de los costes subvencionables, y en el caso de actividades de desarrollo experimental el 45 %, teniendo en cuenta para la graduación y prelación de las solicitudes las siguientes circunstancias:

  • Calidad científico-técnica del proyecto y grado de innovación
  • Riesgo Tecnológico
  • Impacto económico/social/medioambiental
  • Caracter de Pequeña/Mediana empresa

Las intensidades resultantes tras la aplicación del baremo podrán aumentarse con un 15% de los costes subvencionables, y siempre que no se superen las intensidades de ayuda del 70% y el 45% para actividades de investigación industrial y de desarrollo experimental, respectivamente, si el beneficiario o proyecto se encuentra en alguna de las siguientes situaciones:

a) Contratación de personal altamente cualificado con participación activa en el desarrollo del proyecto y sin vinculación contractual de carácter laboral durante los seis meses previos a la formalización del contrato.

b) Proyectos de I+D Cooperativa entre PYMEs (colaboración efectiva según el Reglamento (UE) Nº 651/2014), en los que ninguna empresa corra por sí sola con más del 70% de los costes subvencionables.

En el caso de que el proyecto forme parte de una ERA-NET (proyectos europeos cooperativos) en la que participe el Instituto de Fomento, la subvención alcanzará, con carácter mínimo, el 50 % de los costes subvencionables en actividades calificadas como de investigación industrial, y el 25 % en el caso de actividades de desarrollo experimental, más un incremento de 10 % en el caso de las medianas empresas, y del 20 % en el caso de las pequeñas empresas.

Los costes elegibles del proyecto deberán estar comprendidos entre un mínimo de CINCUENTA MIL EUROS (50.000,00 €) y un máximo de CIENTO CINCUENTA MIL EUROS (150.000,00 €) que podrá llegar hasta TRESCIENTOS MIL EUROS (300.000,00 €) en casos de proyectos en cooperación (dos o más empresas).

La cuantía máxima de subvención a aportar por el Instituto de Fomento a un beneficiario no podrá exceder de CIEN MIL EUROS (100.000,00 €), por proyecto en cada convocatoria, sin que un beneficiario pueda obtener subvención a más de un proyecto por convocatoria.

Destinatarios

Empresas y otras Entidades.

-Las PYMEs cuya actividad se localice en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica comprendida en alguna de las áreas de desarrollo económico, basadas en la innovación y el conocimiento y en los sectores existentes y potenciales de la Región de Murcia, reflejados en la Estrategia de Especialización Inteligente (RIS3Mur) y que estén válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud de ayuda.
-Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aun careciendo de personalidad jurídica, siempre que se haga constar expresamente tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos.

Tramitación inmediata

No

Plazo de Presentación

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCÍA
INSTITUTO DE FOMENTO DE LA REGION DE MURCIA (INFO) (A14005437)

Requisitos de solicitud o iniciación

No haber iniciado el proyecto antes de la fecha de presentación de la solicitud.

Que el proyecto presente una componente innovadora y/o tecnológica predominante o un incremento de la competitividad de la empresa.

Los objetivos del proyecto deben estar ligados a objetivos industriales y comerciales de la empresa, debiendo justificarse su orientación a mercado en la memoria presentada.

Los trabajos realizados por el personal investigador, técnicos y demás personal auxiliar de laboratorio o del departamento de I+D deberán realizarse en el Centro de Trabajo ubicado en la Región de Murcia y el personal deberá estar dado de alta en la cuenta de cotización correspondiente a dicho centro, lo cual deberá acreditarse en el momento de la solicitud.

En caso de prototipos que vayan a destinarse a uso industrial, sus costes de ejecución o fabricación no serán subvencionables en ningún caso.

En el supuesto de actividades de desarrollo experimental, los prototipos o proyectos piloto que se destinen a usos comerciales y que resulten demasiado costosos producirlos para utilizarlos solamente a efectos de demostración y validación, todo ingreso derivado de la venta de dicho prototipo, deberá deducirse del total de la inversión subvencionable.

En el caso de empresas cuya actividad habitual sea la realización de proyectos de investigación o desarrollo tecnológico y que, en consecuencia, la actividad comercial de la misma consista en la venta de estos proyectos a terceros, no se admitirán dichos proyectos. Esta objeción se realiza sin perjuicio de que estas empresas puedan presentar proyectos de I+D para la mejora de sus procesos internos y para el desarrollo de prototipos y nuevos productos en los que el coste de desarrollo no constituya también el coste interno de producción.

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

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