Inscripción en el registro de empresas y organizaciones adheridas al sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales EMAS (Eco-Management and Audit Scheme, o Reglamento Comunitario de Ecogestión y Ecoauditoría) III (código 2070)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Objeto
Solicitar la inscripción en el registro de empresas y organizaciones adheridas al sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales, EMAS III.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
- SOLICITUD SEGÚN MODELO NORMALIZADO.
- DECLARACIÓN:
- DECLARACIÓN MEDIOAMBIENTAL VALIDADA. (Para primera solicitud y cada 3 años para renovaciones). Esta periodicidad pasará a ser de cuatro años para el caso de organizaciones pequeñas, de acuerdo con la excepción establecida en el artículo 7 del Reglamento (CE) nº 1221/2009.
- DECLARACIÓN MEDIOAMBIENTAL ACTUALIZADA VALIDADA. (Para los años intermedios). Esta periodicidad pasará a ser cada dos años para el caso de organizaciones pequeñas, de acuerdo con la excepción establecida en el artículo 7 del Reglamento (CE) nº 1221/2009.
- DECLARACIÓN MEDIOAMBIENTAL ACTUALIZADA NO VALIDADA. (Sólo aplicable a las organizaciones pequeñas de acuerdo con la excepción establecida en el artículo 7, su presentación debe ser cada año en el que la organización esté exenta de la obligación de tener una declaración medioambiental actualizada validada). -
DECLARACIÓN DE VERIFICADOR MEDIOAMBIENTAL, de acuerdo con el anexo VII del Reglamento (CE) nº 1221/2009.
-
FORMULARIO DE SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN/AUTORIZACIÓN ANUAL/RENOVACIÓN EN EL REGISTRO EMAS.
-
PROGRAMA DE AUDITORÍAS DE VERIFICACIÓN, establecido para el centro.
Destinatarios
Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.
Cualquier organización que se proponga mejorar su comportamiento medioambiental global.
Según la normativa de aplicación se entiende por organización: la compañía, sociedad, firma, empresa, autoridad o institución, o parte o combinación de ellas, tenga o no personalidad jurídica, sea pública o privada, que tiene sus propias funciones y administración.
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Continuo
Plazo de Presentación
AbiertoSe propone como fecha de presentación de la solicitud para la actualización anual como máximo el 30 de abril de cada año. Para la solicitud de renovación la fecha de presentación máxima será el 30 de abril del año que corresponda a la renovación.
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO AMBIENTE (A14028280)
Requisitos de solicitud o iniciación
Que la organización tenga aplicado un Sistema de Gestión Medioambiental (conforme a lo establecido en el del Reglamento (CE) nº 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2009 relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), y por el que se derogan el Reglamento (CE) nº 761/2001 y las Decisiones 2001/681/CE y 2006/193/CE de la Comisión), que elabore una Declaración Medioambiental correctamente validada por un verificador medioambiental acreditado y que presente la Declaración del verificador medioambiental debidamente firmada. Tener en cuenta el Reglamento (UE) 2017/1505 de la Comisión de 28 de agosto de 2017 por el que se modifican los anexos I, II, III del Reglamento (CE) nº 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la participación voluntaria de organizacines en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS) y el Real Decreto 239/2013, de 5 de abril, por el que se establecen las normas para la la aplicación del Reglamento (CE) nº 1221/20019 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la paticipación voluntaria de organizaciones en un sitema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), y por el que se derogan el Reglamento (CE) nº 761/2001 y las Decisiones 2001/681/CE y 2006/193/CE de la Comisión.
Solicitud de inscripción, actualización y renovación en el Registro EMAS
- Declaración
(Obligatorio / Original)
DECLARACIÓN DE VERIFICADOR MEDIOAMBIENTAL, de acuerdo con el anexo VII del Reglamento (CE) nº 1221/2009. - Declaración
(Obligatorio / Original)
- DECLARACIÓN MEDIOAMBIENTAL VALIDADA. (Para primera solicitud y cada 3 años para renovaciones. Esta periodicidad pasará a ser de cuatro años para el caso de organizaciones pequeñas, de acuerdo con la excepción establecida en el artículo 7del Reglamento (CE) nº 1221/2009. - DECLARACIÓN MEDIOAMBIENTAL ACTUALIZADA VALIDADA. (Para los años intermedios. Esta periodicidad pasará a ser cada dos años para el caso de organizaciones pequeñas, de acuerdo con la excepción establecida en el artículo 7 del Reglamento (CE) nº 1221/2009. - DECLARACIÓN MEDIOAMBIENTAL ACTUALIZADA NO VALIDADA. (Sólo aplicable a las organizaciones pequeñas de acuerdo con la excepción establecida en el artículo 7, su presentación debe ser cada año en el que la organización esté exenta de la obligación de tener una declaración medioambiental actualizada validada. - Plan
(Obligatorio / Original)
- PROGRAMA DE AUDITORÍAS DE VERIFICACIÓN, establecido para el centro. - Solicitud
(No obligatorio / No original)
SOLICITUD INSCRIPCIÓN-ACTUALIZACIÓN ANUAL-RENOVACIÓN REGISTRO EMAS
Modelos e información para solicitudes
- Formulario Solicitud Inscripción-Actualización Anual- Renovación Registro EMAS
- Programa de Auditorías de Verificación
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Solicitud de inscripción, actualización y renovación en el Registro EMAS
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Solicitar Presencialmente
- Cumplimentación manual
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE MEDIO AMBIENTE
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A. |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Normativa
- Real Decreto 239/2013, de 5 de abril, por el que se establecen las normas para la aplicación del Reglamento (CE) n.º 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.º 761/2001 y las Decisiones 2001/681/CE y 2006/193/CE de la Comisión.
- Reglamento (UE) 2017/1505 de la comisión de 28 de agosto de 2017 por el que se modifican los anexos I, II y III del Reglamento (CE) nº 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS)
- Reglamento (CE) nº 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2009 relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), y por el que se derogan el Reglamento (CE) nº 761/2001 y las Decisiones 2001/681/CE y 2006/193/CE de la Comisión