Declaración responsable para la inscripción y renovación voluntaria en el Registro Artesano (Asociaciones Artesanas sin ánimo de lucro) de la Región de Murcia (código 515)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Objeto
Inscribir o renovar en el Registro Artesano de la Región de Murcia, de carácter público, asociaciones de artesanos sin ánimo de lucro.
Destinatarios
Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.
Asociaciones de Artesanos sin ánimo de lucro de la Región de Murcia.
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Continuo
Plazo de Presentación
Abierto
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCÍA
DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO, CONSUMO Y ARTESANÍA (A14028273)
Requisitos de solicitud o iniciación
- Estar ubicada en la Región de Murcia.
- Que la asociación artesana se encuentra inscrita en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia y, que los estatutos están redactados conforme la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo de 2002, reguladora del Derecho de Asociaciones y la Ley 1/2014, de 13 de marzo, de Artesanía de la Región de Murcia.
- Que la asociación artesana agrupa a artesanos individuales, empresas artesanas o artesanos honoríficos debidamente inscritos en el Registro Artesano de la Región de Murcia.
- Que presentará durante el mes de enero del año corriente en la Dirección General competente en materia de artesanía una memoria donde describirá la programación de actividades realizadas en el año anterior, una memoria de actividades programadas para el año siguiente y el presupuesto aprobado de la Asociación.
- Que una vez finalizado el primer trimestre de cada año se presentará en la Dirección General competente en materia de artesanía Certificado del Secretario de la Asociación donde se refleje la celebración de la Asamblea General Ordinaria, y si es posible, la descripción de los acuerdos llegados.
- Que aproximadamente a los cuatro años (tiempo especificado en los Estatutos) se elegirá democráticamente a la Junta Directiva, presentándose en la Dirección General competente de artesanía Certificado firmado por el Secretario y el Presidente.
- Que la actividad sin ánimo de lucro de la asociación consistirá en alguna de las siguientes: relaciones de cooperación y colaboración a los efectos de desarrollar programas de actuación conjuntos entre los asociados que persigan, la mejora de la competitividad de los asociados a través de mejora de la eficiencia; la innovación y el desarrollo de nuevos productos o procesos artesanos; la mejora de la cualificación profesional, técnica y empresarial de los recursos humanos que permita la rápida adaptación de las empresas a los cambios económicos, organizativos y gerenciales; la adaptación estructural de las empresas y sectores artesanos a las exigencias del mercado y a los hábitos de consumo; la proyección nacional e internacional de la artesanía; la cooperación con otros sectores para impulsar y promocionar la artesanía; la conservación, recuperación y divulgación de las manifestaciones artesanales propias de la Región de Murcia; la creación de tejido empresarial y el autoempleo; la implantación de sistemas de gestión de seguridad, calidad, protección del medio ambiente y ecología; la coordinación con actividades medioambientales, turísticas y culturales; la divulgación de técnicas artesanales; o la creación de cauces de comercialización.
- Acta
(Obligatorio / Original)
Fundacional en la que se haga constar: nombre, apellidos, DNI/NIF/NIE y domicilio particular de los fundadores de la asociación, la denominación exacta, la aprobación de los estatutos y la designación de la junta directiva. (Ver modelo en Anexo 1). - Estatutos
(Obligatorio / Original)
firmados en todas las hojas por al menos el Presidente y Secretario de la Asociación (Ver modelo en Anexo 2).En caso de modificación de los Estatutos:- Nuevos estatutos según modelo Anexo 1 y diligencia firmada por presidente y secretario de modificación de Estatutos (Ver modelo final Anexo 1).Cada cuatro años, aproximadamente, según los Estatutos de la Asociación.- Certificado de modificación de la Junta Directiva elegida democráticamente (Ver modelo en Anexo 3).En caso de modificación de la Junta Directiva:- Certificado de modificación de la Junta Directiva (Ver modelo en Anexo 3).En caso de adaptación de los Estatutos a la Ley Orgánica 1/2002 y a la Ley de Artesanía de la Región de Murcia 1/2014:- Certificado de modificación de adaptación de los Estatutos a la Ley Orgánica 1/2002 y Ley 1/2014.(Ver modelo en Anexo 4). - Fotografía
(Obligatorio / Original)
o catálogo que ilustran claramente las actividades de la asociación. - Licencia
(Obligatorio / Original)
de apertura del local de la asociación, si procede. - Memoria
(Obligatorio / Original)
de las actividades que la asociación realiza.Cada mes de enero del año corriente deberá actualizarse dicha memoria con las actividades realizadas el año pasado, programación de las actividades a realizar el año siguiente y el presupuesto aprobado. - Código de identificación fiscal: CIF
(Obligatorio / Original)
de la Asociación y de los fundadores y miembros de la junta directiva. - Certificación de alta/baja en IAE.
(Obligatorio / Original)
si procede. - Boletín de cotización abonado por la Empresa a la Seguridad Social
(Obligatorio / Original)
Copia del último recibo (TC-1 y TC-2), si procede. - Certificado
(Obligatorio / Original)
del Secretario de la Asociación donde se refleje la celebración de la Asamblea General Ordinaria, y si es posible, la descripción de los acuerdos llegados, donde se refleje que los socios están al corriente de las cuotas.Deberá realizarse cada primer trimestre del año corriente. - Licencia municipal
(No obligatorio / No original)
de apertura del local de la asociación, si procede. - Memoria descriptiva
(No obligatorio / No original)
de las actividades que la asociación realiza.Cada mes de enero del año corriente deberá actualizarse dicha memoria con las actividades realizadas el año pasado, programación de las actividades a realizar el año siguiente y el presupuesto aprobado. - Certificación de estar al corriente de pago o exención en el IAE.
(No obligatorio / No original)
si procede.
Modelos e información para solicitudes
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Solicitar Presencialmente
- Cumplimentación manual
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL COMERCIO,CONSUMO Y ARTESANIA
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A EMPRESA, INDUSTRIA Y PORTAVOCI |