Convocatoria de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para Programas comunitarios de interés social a favor de personas desempleadas 2017

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Plazo

Del 11-03-2017 al 30-03-2017

Presentación

Dirigido a

Entidades sin ánimo de lucro que tengan como fines expresos en sus estatutos la intervención social en el ámbito de la inclusión social y que desarrollen durante el año proyectos dirigidos a personas que simultáneamente estén en situación de exclusión social y se encuentren desempleadas

Más información

La convocatoria cuenta con un importe de 881.457,00 euros. Esta cuantía se distribuirá en función de las siguientes modalidades de actuación:

  • Modalidad 1. Proyectos integrales de incorporación laboral, dirigidos prioritariamente a aquellas personas que debido a carencias formativas o insuficiencia de las mismas, déficit de competencias personales, situación administrativa irregular, etc. no tienen acceso a los recursos ordinarios en materia de formación y/o empleo.
    Los proyectos presentados al amparo de esta modalidad podrán incluir:
    1. Itinerarios personalizados de inserción-sociolaboral
    2. Acciones ocupacionales de carácter pre-laboral
    3. Acciones de capacitación personal
    4. Formación ocupacional y prácticas en empresas

Para esta modalidad se reservarán 352.583,00 euros, siendo la cuantía máxima solicitada por proyecto de 60.000 euros.

  • Modalidad 2. Proyectos que contemplen prioritariamente la contratación de personas beneficiarias de Renta de Inclusión Social/Renta Garantizada, jóvenes menores de 30 años en situación o riesgo de exclusión social.

Para esta modalidad se reservarán 528.874,00 euros.

Cada entidad solicitante podrá presentar una única solicitud de subvención para cada modalidad de proyecto

Documentación y tramitación

Documentación

Documentación obligatoria

1. Solicitud técnica

2. Solicitud económica

  • A) Documentación de la entidad solicitante:
    1. Estatutos de la entidad.
    2. Certificados u otro documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el Registro que reglamentariamente le corresponda. En caso de que la entidad tenga su domicilio social fuera de Navarra, Certificado que haga expresa mención a la apertura de delegación en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra; la mención podrá ser sustituida por un certificado complementario de otro Registro Administrativo que avale la existencia de tal delegación o en el caso de Fundaciones de documento notarial. Dicho certificado o certificados habrán sido expedidos con menos de un año de antigüedad contado desde la fecha de publicación de esta convocatoria.
    3. Tarjeta de identificación fiscal.
    4. Declaración responsable, otorgada por el representante de la entidad, haciendo constar que ni ésta, ni sus administradores o representantes, se encuentran incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, previstas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
    5. Certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativo de hallarse al corriente en el pago de las obligaciones de la Seguridad Social que le imponen las disposiciones vigentes, expedido con una antelación no superior a un mes.
    6. Certificado expedido por el Gobierno de Navarra y/o Agencia Tributaria Española acreditativo de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, expedido con una antelación no superior a un mes.
    7. Documento que acredite la representación de quien firma la solicitud de subvención, así como Documento Nacional de Identidad de dicha persona.
    8. Solicitud de abono por transferencia si fuese la primera vez que se solicitan subvenciones al Gobierno de Navarra o se modificase la cuenta bancaria en la que se han consignado subvenciones anteriores.

B) Documentación para la valoración:

  1. Memoria del proyecto en formulario oficial, en soporte papel y en soporte informático, que estará a disposición de las mismas en las oficinas centrales de la Dirección General de Inclusión y Protección Social
  2. Cuanta documentación gráfica, técnica, económica (facturas pro forma, presupuestos profesionales, etc.) y de otra índole que se estime necesaria para la correcta comprensión del proyecto. Toda esta documentación tendrá la consideración de Anexos a la memoria.

Documentación opcional

  • En su caso, y en relación con lo dispuesto en la Base 14ª, informe justificativo de la necesidad de provisión anticipada de fondos para el cumplimiento de los fines de la subvención, así como en lo dispuesto en la base sexta punto a.7 "gastos financieros".
  • Con carácter voluntario, las entidades solicitantes podrán presentar, junto con la solicitud de subvención, la información requerida para dar cumplimiento a la obligación de transparencia regulada en la base decimoctava de la presente convocatoria. En caso de no optar por presentar la referida información junto con la solicitud, las entidades que resulten beneficiarias de la subvención procederán según lo dispuesto en la citada base, debiendo presentar la información en el plazo de un mes contado desde la notificación o, en su caso, fecha de publicación de la resolución de concesión de la subvención.

Normativa

ORDEN FORAL 5E/2017, de 16 de febrero (BON nº 49, 10 de marzo de 2017)

Contacto

Servicio de Atención Primaria e Inclusión Social
González Tablas 7-31005 Pamplona
Tel.: 848 425 491

Organismo responsable - convocante
Servicio de Atención Primaria e Inclusión Social



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