Consejos para mejorar la seguridad vial

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

      ¿Qué es? >


    • Recomendaciones para conductores y ciclistas con el fin de prevenir accidentes de tráfico y/o disminuir daños en los mismos y en general, mejorar y preservar la seguridad vial de los ciudadanos de la región.
    • None
      Recomendaciones


      Periódicamente se editan distintos folletos informativos con consejos de conducción segura y recomendaciones para concienciar a los conductores en épocas de especial afluencia de tráfico y/o condiciones climáticas adversas, con el fin de evitar riesgos en los desplazamientos por carretera.
      A continuación podrá encontrar enlaces para acceder a las distintas informaciones:
      . Conducción en inviernoConsejos Conducción Segura
      . Operaciones salidaConsejos de seguridad vial para Operación salida
      . MotoristasConsejos de seguridad para motoristas
      . CiclistasConsejos de seguridad vial para ciclistas

      Información Complementaria >


    • .

      Teléfono de información sobre el estado de las carreteras de la Comunidad de Madrid: 91 580 29 92

      Plazos y efectos del silencio administrativo >

    • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

      Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.

      Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.

      RECURSO DE ALZADA:

      Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

      Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:

      Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

      RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

      Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo  fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

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      • Recomendaciones para conductores y ciclistas con el fin de prevenir accidentes de tráfico y/o disminuir daños en los mismos y en general, mejorar y preservar la seguridad vial de los ciudadanos de la región.
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        Periódicamente se editan distintos folletos informativos con consejos de conducción segura y recomendaciones para concienciar a los conductores en épocas de especial afluencia de tráfico y/o condiciones climáticas adversas, con el fin de evitar riesgos en los desplazamientos por carretera.
        A continuación podrá encontrar enlaces para acceder a las distintas informaciones:
        . Conducción en inviernoConsejos Conducción Segura
        . Operaciones salidaConsejos de seguridad vial para Operación salida
        . MotoristasConsejos de seguridad para motoristas
        . CiclistasConsejos de seguridad vial para ciclistas

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      • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

        Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.

        Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.

        RECURSO DE ALZADA:

        Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

        Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

        RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

        Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

        Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

        POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:

        Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

        Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

        RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

        Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo  fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

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          Periódicamente se editan distintos folletos informativos con consejos de conducción segura y recomendaciones para concienciar a los conductores en épocas de especial afluencia de tráfico y/o condiciones climáticas adversas, con el fin de evitar riesgos en los desplazamientos por carretera.
          A continuación podrá encontrar enlaces para acceder a las distintas informaciones:
          . Conducción en inviernoConsejos Conducción Segura
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        • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

          Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.

          Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.

          RECURSO DE ALZADA:

          Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

          Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

          RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

          Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

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        Oficinas de la administración

        Intervención Delegada de la C. de Medio Ambiente, Admon. Local y Ord. del Territorio

        Calle Alcala 16, 3ª PLANTA, 28014, Madrid

        Tel. 914382275

        D.G. de Industria, Energía y Minas

        Calle Cardenal Marcelo Spinola 14, 28016, Madrid

        Tel. 915802100

        Consejería de Cultura, Turismo y Deportes

        Calle Caballero de Gracia 32, 28013, Madrid

        Tel. 917208002

        Intervención Delegada de Políticas Sociales y Familia

        Calle O'Donnell 50, 28009, Madrid

        Tel. 913925526

        D.G. de Trabajo

        Calle Princesa 5, 28008, Madrid

        D.G. de Administración Local (CABRERA)

        Avenida De la Cabrera 36, 28751, Cabrera, La

        Centros Docentes del Area Territorial Madrid Oeste

        Carretera De la Granja 4, 28400, Collado Villalba

        D.G. de Vivienda y Rehabilitación

        Calle Braganza S/N, 28025, Madrid

        Tel. 915804474

        D.G. de Transportes

        Calle Orense 60, 28020, Madrid

        Tel. 915802898

        D.G. de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano

        Calle Gran Vía 43, 28013, Madrid

        D.G. de Función Pública

        Plaza Conde de Valle de Suchill 20, 28015, Madrid

        D.G. de Emergencias

        Avenida De los Bomberos 2, 28232, Rozas de Madrid, Las

        Tel. 914207642

        Cinco Días
        Expansión
        EFE Emprende
        CuatroCasas Telefonica

        Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.