Autorizaciones de usos y obras en la servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre (100 o 20 metros desde el límite interior de la ribera del mar) (código 1731)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Objeto
Autorizar usos, obras, actividades e instalaciones en zonas de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre.
Destinatarios
Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.
Personas físicas o jurídicas que soliciten las obras o usos.
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Continuo
Plazo de Presentación
Abierto
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD Y LITORAL (A14028863)
Requisitos de solicitud o iniciación
El uso o la obra debe ubicarse en la servidumbre de protección.
La extensión de la servidumbre es de 20 o 100 metros contados desde el límite interior de la ribera del mar.
Informe preceptivo por la Demarcación de Costas del Estado (artículo 49 del Reglamento de Costas); este Informe será también vinculante si la obra o instalación afecta a la servidumbre de tránsito.
- Proyecto Técnico
(Obligatorio / Original)
Dos ejemplares de Proyecto Básico visado por el colegio profesional correspondiente que contiene:- Plano referido al Dominio Público Marítimo-Terrestre.- Plano de situación y emplazamiento.- Plano topográfico.- Plano de plantas.- Plano de alzado y secciones.- Información fotográfica de la zona (edificio, parcelay manzana).- Presupuesto con valoración de las obras a realizar.En el caso detratarse de obras menores, el proyecto básico podrá sustituirse por memoria explicativa, de las obras y presupuesto detallado por partidas, acompañado por planos de emplazamiento, de planta, alzados e información fotográfica, siempre por duplicado. - Designación
(Obligatorio / Original)
Acreditación de la representación, en caso de actuar en nombre de otra persona.Por duplicado. - Proyecto
(No obligatorio / No original)
Dos ejemplares de Proyecto Básico visado por el colegio profesional correspondiente que contiene:- Plano referido al Dominio Público Marítimo-Terrestre.- Plano de situación y emplazamiento.- Plano topográfico.- Plano de plantas.- Plano de alzado y secciones.- Información fotográfica de la zona (edificio, parcelay manzana).- Presupuesto con valoración de las obras a realizar.En el caso detratarse de obras menores, el proyecto básico podrá sustituirse por memoria explicativa, de las obras y presupuesto detallado por partidas, acompañado por planos de emplazamiento, de planta, alzados e información fotográfica, siempre por duplicado. - Designación/autorización de representación
(No obligatorio / No original)
Acreditación de la representación, en caso de actuar en nombre de otra persona.Por duplicado.
- Consulta de Datos de Identidad (*)
- Consulta de Certificación de Titularidad del Catastro (*)
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Modelos e información para solicitudes
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Presentación de solicitud de inicio
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Solicitar Presencialmente
- Cumplimentación manual
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
-
T480. Tasa en materia de servidumbre protec.dominio público maríti
H00002 - Por la Tramitación administrativa de la solicitud
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE MOVILIDAD Y LITORAL
Plazo de resolución: 4 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS |