Autorización para la exclusión anual de carácter excepcional en la participación de los turnos de urgencia de las oficinas de farmacia (código 1894)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Información Básica

Requisitos

Documentación

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Resolución, Recursos y Normativa

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012 y 968 362 000

Objeto

Autorizar a las oficinas de farmacia la exclusión anual en la participación de los turnos de urgencia, en función de motivos geográficos y/o de las oficinas de farmacia que permanezcan con horario ampliado, por lo que la citada autorización se justifica por causa de imposibilidad y permuta en la realización de dichos turnos atendiendo a los siguientes supuestos:


1.- Estar garantizada en la zona o agrupación de zonas farmacéuticas la atención continuada a la población, en función del número de farmacias con régimen voluntario de ampliación horaria.
2.- En atención a las circunstancias geográficas, poblacionales y al número de oficinas de farmacia existentes, siempre que en la zona o agrupación de zonas farmacéuticas se asegure debidamente la prestación del servicio y exista acuerdo de la mitad más uno del resto de oficinas de farmacia de la zona o agrupación de zonas.

Destinatarios

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Farmacéuticos titulares de oficina de farmacia y herederos legales

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Sujeto a plazos

Plazo de Presentación

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE SALUD
DIRECCION GENERAL PLANIFICACIÓN,INVESTIGACIÓN,FARMACIA.Y ATENCIÓN CIUDADANO (A14013902)

Requisitos de solicitud o iniciación

Que se garantice la atención continua a la población en función del número de oficinas de farmacia con régimen voluntario de ampliación horaria, o que en atención a circunstancias geográficas, poblacionales y número de oficinas de farmacia, se asegure la prestación del servicio y exista acuerdo de la mitad más uno del resto de oficinas de farmacia.

Solicitud de autorización para la exclusión anual de carácter excepcional en la participación de los turnos de urgencia de las oficinas de farmacia

  • Informe
    (Obligatorio / Original)
    Informe que justifique la exclusión en la participación de los turnos de urgencia y en el que se acredite la continuidad del servicio.
  • Acreditación
    (Obligatorio / Original)
    Acreditación del acuerdo de la mitad más uno de los titulares de oficinas de oficinas de farmacia de la zona o agrupación de zonas farmacéuticas a la que pertenece el establecimiento farmacéutico del solicitante, solo en el caso de que la exclusión en la participación de los turnos de urgencia se haya solicitado en atención a circunstancias geográficas, poblacionales y número de oficinas de farmacia existentes en la citada zona o agrupación de zonas farmacéuticas. En el caso de que la exclusión en la participación de los turnos de urgencia se haya solicitado por quedar garantizada la atención continua a la población en función del número de oficinas de farmacia con régimen voluntario de ampliación horaria, NO es necesario entregar la acreditación del acuerdo de la mitad más uno de los titulares de oficinas de oficinas de farmacia de la zona o agrupación de zonas farmacéuticas a la que pertenece el establecimiento farmacéutico del solicitante
  • Documentación acreditativa
    (No obligatorio / No original)
    Acreditación del acuerdo de la mitad más uno de los titulares de oficinas de oficinas de farmacia de la zona o agrupación de zonas farmacéuticas a la que pertenece el establecimiento farmacéutico del solicitante, solo en el caso de que la exclusión en la participación de los turnos de urgencia se haya solicitado en atención a circunstancias geográficas, poblacionales y número de oficinas de farmacia existentes en la citada zona o agrupación de zonas farmacéuticas. En el caso de que la exclusión en la participación de los turnos de urgencia se haya solicitado por quedar garantizada la atención continua a la población en función del número de oficinas de farmacia con régimen voluntario de ampliación horaria, NO es necesario entregar la acreditación del acuerdo de la mitad más uno de los titulares de oficinas de oficinas de farmacia de la zona o agrupación de zonas farmacéuticas a la que pertenece el establecimiento farmacéutico del solicitante

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Solicitar Presencialmente

  • Cumplimentación manual

    La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL PLANIF.INVES.,FARMACIA Y A.C.

Plazo de resolución: 3 Mes/es

Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A SALUD
Recursos que proceden ante la Administración Justicia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Información adicional sobre recursos

Plazo de interposición de recursos:Si de alzada, un mes.Si contencioso administrativo dos meses, en ambos casos contados desde el día siguiente a la notificación de la resolución.

Normativa

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.