Autorización para el traslado de cadáveres.
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¿Qué se puede solicitar?
Nombre del trámite
Autorización para el traslado de cadáveres.
Objeto del trámite
Es preceptiva la autorización sanitaria de traslado de la Dirección Territorial de Sanidad de la provincia en que se origine el mismo tanto para traslado de cadáveres como de restos cadavéricos, criaturas abortivas y miembros procedentes de amputaciones.
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¿Quién puede iniciarlo?
Interesados/Solicitantes
Los interesados esto es, familiares del difunto, los que tienen esa facultad, bien por si mismos bien a través de representante legal (empresa funeraria, titulares de cementerios o tanatorios).
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¿Qué tasas se deben pagar y cómo hacer su pago?
Tasas 2017
9782 - Tasa por servicios sanitarios. Policía funerariaEnlace relacionado con el pago de las tasas
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¿Cuándo solicitarlo?
Plazo de presentación
Durante todo el año
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¿Dónde dirigirse?
Presencial
- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.
- Y, preferentemente, en:REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE SANIDAD UNIVERSAL Y SALUD PÚBLICA - CASTELLÓN
PL. HORT DELS CORDERS, 12
12001 Castelló de la Plana
Tel: 012
REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE SANIDAD UNIVERSAL Y SALUD PÚBLICA - ALICANTE
C/ GIRONA, 26
03001 Alacant/Alicante
Tel: 012 -
¿Qué documentación se debe presentar?
a) Se debe cumplimentar el modelo de solicitud normalizado.
b) Se debe acompañar: copia del certificado de defunción y, cuando se realice alguna práctica sanitaria, la certificación del artículo 36 del Reglamento (esto es el certificado del acta de la práctica mortuoria realizada que los médicos o personal acreditado debe remitir a la Dirección Territorial de Sanidad).Impresos asociados
[ANEXO II] SOLICITUD GENERAL EN MATERIA DE POLICÍA SANITARIA MORTUORIA
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¿Cómo se tramita?
Pasos
- Presentación de solicitudes.
- Comprobación de datos.
- La autorización la concede o deniega la Dirección Territorial de Sanidad.Recursos que proceden contra la resolución
No cabe recursos.
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Información complementaria
Sanciones
Hay que estar a lo dispuesto en el artículo 58, 59 y 60 del Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria y subsidiariamente a la Ley 30/1992 y la coletilla de salvo que las infracciones constituyan delito o falta.
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Fuentes jurídicas y/o documentales
Normativa
- Decreto 2263/1974, de 20 de julio, del Ministerio de la Gobernación, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria (BOE nº 196, de 17/8/74).
- Decreto 39/2005, de 25 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las prácticas de policía sanitaria mortuoria en el ámbito de la Comunidad Valenciana (DOGV nº 4961, de 8/03/05).
- Decreto 195/2009, de 30 de octubre, del Consell, por el que se aprueba la modificación del reglamento por el que se regulan las prácticas de policía sanitaria mortuoria en el ámbito de la Comunitat Valenciana, aprobado por el Decreto 39/2005, de 25 de febrero, del Consell (DOCV nº 6138, de 05/11/09).
- Corrección de errores del Decreto 195/2009, de 30 de octubre, del Consell, por el que se aprueba la modificación del reglamento por el que se regulan las prácticas de policía sanitaria mortuoria en el ámbito de la Comunitat Valenciana, aprobado por el Decreto 39/2005, de 25 de febrero, del Consell (DOCV nº 6209, de 18/02/10).Lista de normativa
Ver Decreto 2263/1974, de 20 de julio
Oficinas de la administración
Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica de la Comunitat Valenciana
Avenida Cataluña 21, 46020, Valencia
Tel. 961925700
Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo
Calle C/ CASTÁN TOBEÑAS, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 2 77, 46018, Valencia
Tel. 961209322
Dirección General de Administración Local
Plaza PL. MANISES, 1 1, 46003, Valencia
Tel. 963868061
Subdirección General del Instituto Valenciano de Administración Pública (IVAP)
Plaza PL. CARMEN, 4 4, 46003, Valencia
Tel. 963108802
Secretaría General Administrativa - Presidencia de la Generalitat
Calle C/ en Bou, 9 - 11 9, 46001, Valencia
Tel. 963131000
Intervención Delegada en Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas
Calle C/ Castán Tobeñas,77. Ciudad Administrativa 9 de Octubre-Torre 4 77, 46018, Valencia
Tel. 961209003
Departamento de Salud de la Ribera
Carretera Corbera Km. 1, 46600, Alzira
Tel. 962458100
Departamento de Salud de Gandia
Avinguda de la Medicina 6, 46702, Gandia
Tel. 962849500
Entidad de Infraestructuras de la Generalitat
Calle Vinatea 14, 46001, Valencia
Tel. 961964700
Departamento de Salud de Alicante - Hospital General
Calle pintor baeza 12, 03010, Alicante/Alacant
Tel. 965933000
Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Valenciana
Calle C/ CRONISTA RIVELLES, 1 1, 46009, Valencia
Tel. 963175400
Centro Territorial de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) - Alicante
Calle C/ HONDÓN DE LOS FRAILES, 1 1, 03005, Alicante/Alacant
Tel. 965934922