Admisión y matriculación en la formación adicional conducente a la obtención del Título Superior de Diseño de alumnado con el Título de Diseño (código 256)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000

Objeto

Admitir al alumnado que desee cursar la formación adicional para la obtención del Título Superior de Diseño establecido en el Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores de acuerdo a la Ley Orgánica 2/2006 de Educación.

Puede consultar el calendario de admisión del alumnado en el Anexo II.

Las plazas vacantes disponibles están publicadas en el Anexo III. Oferta de plazas en la Escuela Superior de Diseño.

Puede consultar la temporalización de contenidos en el Anexo IV.

Destinatarios

Ciudadanía.

Estudiantes que, habiendo obtenido el Título de Diseño, según los currículos establecidos en ordenaciones anteriores a la entrada en vigor del Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, modificado parcialmente por el Real Decreto 21/2015, de 23 de enero, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores de acuerdo a la Ley Orgánica Ley Orgánica 2/2006 de Educación, estuviesen interesados en obtener el Título Superior de Diseño en la misma especialidad.

Tramitación inmediata

No

Plazo de Presentación

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA Y ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (A14028758)

Requisitos de solicitud o iniciación

Estar en posesión del Título de Diseño habiendo cursado los estudios regulados en la Orden de 25 de febrero de 2004 por la que se establece el currículo de los estudios Superiores de Diseño y se regula la Prueba de Acceso a los mismos en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

  • Certificado
    (Obligatorio / Original)
    académica en dónde figure la nota media de los estudios de Diseño y la calificación del Proyecto final de carrera.
  • Certificación
    (No obligatorio / No original)
    académica en dónde figure la nota media de los estudios de Diseño y la calificación del Proyecto final de carrera.

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Solicitar Presencialmente

  • Cumplimentación manual

    La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL EVALUAC.EDUCATIVA Y FORM.PROF.

Plazo de resolución: 0

Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A EDUCACION Y CULTURA
Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.