Exención para tractores, remolques, semirremolques (con carga útil superior a 750kg) y maquinaria provistos de cartilla de inspección agrícola IVTM
Actualizado el 12 de agosto de 2020
Ver en la web de la administraciónDenominación
Exención para tractores, remolques, semirremolques (con carga útil superior a 750kg) y maquinaria provistos de cartilla de inspección agrícola IVTM
Descripción
Exención: 100% de carácter ROGADO.
Efectos de la exención: A partir del ejercicio siguiente a la fecha de la solicitud.
Destinatarios
Personas físicas o jurídicas interesadas que figuren como titulares del vehículo en el permiso de circulación
Medios de Presentación
Presencial
Telemático
Plazo de Presentación
Sin plazo
Documentación
- Solicitud exención impuestos locales
- Anexo 2 Exenciones IVTM
- Fotocopia del DNI del titular del vehículo que figure en el Permiso de Circulación.
- Fotocopia del Permiso de Circulación
- Fotocopia de la Cartilla de Inspección Agrícola
En caso de actuar mediante representante:
- Documento acreditativo de la representación
- Documento de identidad del Representante
Tasas
No procede
Información
- Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas - Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario
Órgano de Resolución
Coordinador General de Hacienda y Política Financiera
Plazo de Resolución
Seis meses
Efectos del Silencio
Desestimatorio
Normativa
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
- Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley reguladora de las Haciendas Locales
- Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre de 1990, Reglamento General de Recaudación (BOE de 27 de febrero de 1991)
- Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
Nivel de Administración Electrónica
Nivel 3. Presentación telemática
Observaciones
No están sujetos al impuesto los remolques y semirremolques arrastrados por vehículos de tracción mecánica cuya carga útil no sea superior a 750 kilogramos
Unidad Tramitadora
Servicio de Gestión Tributaria